Convencionalismos Sociales
Enviado por RicardoMotaL • 4 de Junio de 2013 • 545 Palabras (3 Páginas) • 605 Visitas
Convencionalismos sociales
Los convencionalismos sociales son reglas que aparecen basadas en la costumbre, donde es una especie de mandatos que surgen de la colectividad y que son necesarios llevar a cabo dentro de la sociedad. Las características principales son exterioridad, porque regulan aspectos externos de la conducta, es heterónoma, ya que se presentan por ser reglas de conducta que la sociedad ha establecido para la acatamiento de sus miembros, estos elementos los hace variables de país en país, de estado en estado, dentro de cada sociedad, son unilaterales, frente al sujeto obligado no va a existir otra persona facultada para reclamarle la obediencia de lo establecido en la norma.
Constitución como fuente directa del derecho venezolano
La Constitución es la fuente directa por excelencia del Derecho y este instrumento organizativo del Estado goza de supremacía que la eleva dentro de la concepción Kelseniana al nivel más alto dentro del derecho nacional, significando con ello que el derecho restante encuentra fundamento en la Constitución.
Dentro de esta concepción, La Constitución, como Ley Marco de la estructura organizativa del Estado, como Ley Fundamental dentro de una jerarquía normativa que la coloca por encima de las restantes normas que conforman el ordenamiento jurídico de un Estado, es la vía más expedita para nutrir el Derecho u Derecho Constitucional. Es en la Constitución Escrita y en especial la del tipo rígida donde además de plasmarse el diseño organizativo del Estado, se incorporan los dispositivos pertinentes para la defensa y valor jerárquico que ella ostenta, y por tanto el estudio de las Instituciones del Estado, los derechos consagrados en la ley Fundamental y toda la normativa en ella establecida es la fuente que se brinda en forma directa o inmediata a nuestra disciplina jurídica.
Estructura de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela
Nuestra Constitución Contiene una parte dogmatica y otra Organica, Consta de preámbulo, 350 artículos, más la disposición derogatoria, 18 transitorias y una disposición final, además de la exposición de motivos. A su vez se divide en dos partes fundamentales: la primera, dedicada a los ciudadanos, sus derechos humanos y civiles incluyendo a los indígenas; esta sección comprende desde el artículo 19 hasta el 130. La segunda parte está dedicada a los poderes Públicos, la Asamblea Nacional, el Presidente, y se presenta desde los artículos 136 al 339. Los restantes artículos están dedicados a las disposiciones fundamentales, nacionalidad, reforma de la Constitución y dispocisiones transitorias.
Posee 9 títulos, cada uno de los cuales engloba varios asuntos con cierta relación entre si
Principio de Superlegalidad Constitucional
El principio de la superlegalidad constitucional deriva del concepto de
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