Código Penal Federal
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CODIGO PENAL FEDERAL
LIBRO SEGUNDO
TITULO DECIMO DELITOS COMETIDOS POR SERVIDORES PUBLICOS
CAPITULO III ABUSO DE AUTORIDAD
ARTICULO 215
COMETEN EL DELITO DE ABUSO DE AUTORIDAD LOS SERVIDORES PUBLICOS QUE INCURRAN EN ALGUNA DE LAS CONDUCTAS SIGUIENTES:
I.- CUANDO PARA IMPEDIR LA EJECUCION DE UNA LEY, DECRETO O REGLAMENTO, EL COBRO DE UN IMPUESTO O EL CUMPLIMIENTO DE UNA RESOLUCION JUDICIAL, PIDA AUXILIO A LA FUERZA PUBLICA O LA EMPLEE CON ESE OBJETO;
II.- CUANDO EJERCIENDO SUS FUNCIONES O CON MOTIVO DE ELLAS HICIERE VIOLENCIA A UNA PERSONA SIN CAUSA LEGITIMA O LA VEJARE O LA INSULTARE;
III.- CUANDO INDEBIDAMENTE RETARDE O NIEGUE A LOS PARTICULARES LA PROTECCION O SERVICIO QUE TENGA OBLIGACION DE OTORGARLES O IMPIDA LA PRESENTACION O EL CURSO DE UNA SOLICITUD;
IV.- CUANDO ESTANDO ENCARGADO DE ADMINISTRAR JUSTICIA, BAJO CUALQUIER PRETEXTO, AUNQUE SEA EL DE OBSCURIDAD O SILENCIO DE LA LEY, SE NIEGUE INJUSTIFICADAMENTE A DESPACHAR UN NEGOCIO PENDIENTE ANTE EL, DENTRO DE LOS TERMINOS ESTABLECIDOS POR LA LEY;
V.- CUANDO EL ENCARGADO DE UNA FUERZA PUBLICA, REQUERIDA LEGALMENTE POR UNA AUTORIDAD COMPETENTE PARA QUE LE PRESTE AUXILIO, SE NIEGUE INDEBIDAMENTE A DARSELO;
VI.- CUANDO ESTANDO ENCARGADO DE CUALQUIER ESTABLECIMIENTO DESTINADO A LA EJECUCION DE LAS SANCIONES PRIVATIVAS DE LIBERTAD, DE INSTITUCIONES DE READAPTACION SOCIAL O DE CUSTODIA Y REHABILITACION DE MENORES Y DE RECLUSORIOS PREVENTIVOS O ADMINISTRATIVOS QUE, SIN LOS REQUISITOS LEGALES, RECIBA COMO PRESA, DETENIDA, ARRESTADA O INTERNA A UNA PERSONA O LA MANTENGA PRIVADA DE SU LIBERTAD, SIN DAR PARTE DEL HECHO A LA AUTORIDAD CORRESPONDIENTE; NIEGUE QUE ESTA DETENIDA, SI LO ESTUVIERE; O NO CUMPLA LA ORDEN DE LIBERTAD GIRADA POR LA AUTORIDAD COMPETENTE;
VII.- CUANDO TENIENDO CONOCIMIENTO DE UNA PRIVACION ILEGAL DE LA LIBERTAD NO LA DENUNCIASE INMEDIATAMENTE A LA AUTORIDAD COMPETENTE O NO LA HAGA CESAR, TAMBIEN INMEDIATAMENTE, SI ESTO ESTUVIERE EN SUS ATRIBUCIONES;
VIII.- CUANDO HAGA QUE SE LE ENTREGUEN FONDOS, VALORES U OTRA COSA QUE NO SE LE HAYA CONFIADO A EL Y SE LOS APROPIE O DISPONGA DE ELLOS INDEBIDAMENTE.
IX.- CUANDO, CON CUALQUIER PRETEXTO, OBTENGA DE UN SUBALTERNO PARTE DE LOS SUELDOS DE ESTE, DADIVAS U OTRO SERVICIO;
X.- CUANDO EN EL EJERCICIO DE SUS FUNCIONES O CON MOTIVO DE ELLAS, OTORGUE EMPLEO, CARGO O COMISION PUBLICOS, O CONTRATOS DE PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES O MERCANTILES O DE CUALQUIER OTRA NATURALEZA, QUE SEAN REMUNERADOS, A SABIENDAS DE QUE NO SE PRESTARA EL SERVICIO PARA EL QUE SE LES NOMBRO, O NO SE CUMPLIRA EL CONTRATO OTORGADO;
XI.- CUANDO AUTORICE O CONTRATE A QUIEN SE ENCUENTRE INHABILITADO POR RESOLUCION FIRME DE AUTORIDAD COMPETENTE PARA DESEMPEÑAR UN EMPLEO, CARGO O COMISION EN EL SERVICIO PUBLICO, SIEMPRE QUE LO HAGA CON CONOCIMIENTO DE TAL SITUACION; Y
XII.- CUANDO OTORGUE CUALQUIER IDENTIFICACION EN QUE SE
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