Codigo Penal Federal Mexicano
Enviado por squat.bp • 9 de Abril de 2021 • Ensayo • 1.694 Palabras (7 Páginas) • 127 Visitas
INTRODUCCIÓN.
En este trabajo hablare sobre los autores del delito, estos son todos aquellos que son participes de un delito por sí solos, conjuntamente o por medio de otro del que sirven, existen varios tipos de autores como son; el autor intelectual, el autor material, coautores y autores inmediatos. En este trabajo me inclinare sobre el actor intelectual y autor material, los cuales la doctrina los define cómo; “autor intelectual, los que planeen o preparen su realización” (cursos.aiu.edu/DerechoPenal/PDF/Tema3.PDF, pág. 1) y al autor material como; “los que lo realicen por si mismos” (cursos.aiu.edu/DerechoPenal/PDF/Tema3.PDF).
Para poder hablar sobre si el autor intelectual debe tener una pena mayor o no a la del autor intelectual tenemos que hablar y entender que hemos pasado por una serie de fases de desarrollo de la teoría del delito y cambios en la legislación penal, donde podemos ver que a lo largo de estos cambios el punto de vista doctrinal sobre la culpabilidad que puede tener el autor material ha ido cambiando ya que en el año 1945 y 1994 vemos que se habla de un modelo de autor único, donde vemos que todo aquel que intervenga en un delito debe actuar como responsable del delito y ser castigado de igual manera ya que todos tienen culpa y no importa de qué manera haya actuado si directamente o indirectamente, lo cual estoy de acuerdo ya que no se puede castigar por menos a aquella persona de la cual surgió la idea de poder dañar física o psicológicamente a una persona o sobre su patrimonio de la misma, ya que si el llamado autor intelectual no hubiese tenido la idea de tal delito los autores materiales no tuvieran que haber actuado bajo el plan y preparación del autor intelectual.
Podemos ver que existe una diferencia entre autor y participe del delito y confirmando al autor es que “el primero tiene el dominio del hecho típico; esto es, quien dirige el curso causal del hecho hacia la producción de una mutación determinada del mundo físico; a saber; la lesión del bien jurídico” (Solorzano, pág. 16)
Como afirma el autor Diaz Aranda “lamentablemente, la doctrina mayoritaria mexicana sigue los postulados del sitema neoclasico para el analisis del delito, y solo hasta fechas muy recientes ha tenido recepcion la doctrina finalista” (pág. 494).
Podemos ver que en nuestro actual sitema penal obtuvo una adopción, la cual es la del criterio final objetivo del dominio realizado con el fin de poder diferenciar sobre la responsanilidad que tiene el autor y la responsabilidad que podra recaer entre participe, con esto podemos ver un poco sobre el desarrollo que ha llevado nuestra legislación penal llegando a el acuerdo previo entre quienes intervinen en el delito respecto a la responsabilidad del autor y participe.
DESARROLLO.
Conforme a lo anteriror hablaremos sobre los antecedentes y desarrollo que a lo largo del tiempo ha ido teniendo nuestro sistema penal mediante un método hablando de autores o participes de un delito.
El Articulo 13 del Codigo Penal Federal Mexicano nos dice; “Son autores o partícipes del delito: a) Los que acuerden o preparen su realización, b) Los que los realicen por sí; c) Los que lo realicen conjuntamente; d) Los que lo lleven a cabo sirviéndose de otro; e) Los que determinen dolosamente a otro a cometerlo; f) Los que dolosamente presten ayuda o auxilien a otro para su comisión; g) Los que con posterioridad a su ejecución auxilien al delincuente, en cumplimiento de una promesa anterior al delito y h) los que sin acuerdo previo, intervengan con otros en su comisión, cuando no se pueda precisar el resultado que cada quien produjo.Los autores o partícipes a que se refiere el presente artículo responderán cada uno en la medida de su propia culpabilidad” (Codigo Penal Federal Mexicano, 2018, págs. 6,7)
Sabemos que el derecho romano es el primero que tuvo rigor en la vida jurídica del ser humano y que de este se fueron adoptando y modificando los demas países hablando de derecho, en este derecho romano sabemos que el castigo de un autor en cualquier delito podria desde ser pricionero hasta la pena de muerte. De lo cual partiendo de este sistema se fue modificando con el tiempo y evolución social el sistema jurídico de cada uno los países, a lo cual en estre trabajo el que nos importa es el sistema mexicano y sobre el cual nos declinaremos para poder ver su desarrollo en su legislación penal.
Llevaremos un analisis histórico de la formación del derecho mexicano analizando diferentes etapas las cuales analizaremos a continuación, prodemos ver varios cambios de importantes de las elites gobernantes y su modelo de la nación, asi como el juego de los diferentes grupos sociales. De ahí el interes de valorar estas transformaciones y la vigencia de la reforma legislativa en el ramo criminal.
Tomare la división que propone Francisco Xavier Guerra:
“1876 1895 (la construcción): Porfirio Díaz se preocupó por cohesionar a las fuerzas sociales y políticas (la propia elite liberal, grupos regionales), por conciliar intereses granjearse simpatías (con los pueblos y la Iglesia), y por generar lazos personales a diversos niveles de la estructura social.
1896 1908: una nueva generación (los llamados científicos) tomó las riendas del gobierno y actuó como contrapeso respecto a los viejos liberales, el Ejecutivo ganó
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