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Código de Comercio de la República Bolivariana de Venezuela


Enviado por   •  12 de Noviembre de 2014  •  Trabajo  •  1.318 Palabras (6 Páginas)  •  777 Visitas

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ANALISIS DE LAS BASES LEGALES

PARA LA PRESENTACIÓN DE INFORMACIÓN

FINANCIERA EN VENEZUELA

Legislación Venezolana relacionada a la presentación

de Información Financiera

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela expone en los artículos 141, 143, 311 y 318, las normas fundamentales acordadas por la nación para ser consideradas y aplicadas, en cuanto a la información financiera, presentada por la Administración Pública, se refiere.

Dentro de la Constitución, ésta manifiesta la honestidad y la transparencia de los datos registrados y presentados, siempre y cuando se mantengan presentes ciertos principios que conllevan a lograr una información precisa, veraz y oportuna.

Por tanto estos artículos pueden considerarse como base principal para comenzar con el análisis de la presentación de información financiera tanto en el ámbito público y privado, este último reflejando el enfoque de esta investigación.

Cuadro 3

Aspectos contables expuestos en Constitución de la República Bolivariana de Venezuela

CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

REGISTRO PRESENTACION REVELACION

o La información registrada se debe llevar de forma oportuna

o Exige que la moneda de presentación de la información financiera ser el Bolívar (Bs.)

N/A

Fuente: Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (2000).

Código de Comercio

El Código de Comercio establece la normativa a seguir por los comerciantes, en nuestro país, para llevar la información financiera de las entidades, de manera que exista control y orden de cada una de las transacciones que se realizan a diario. Este Código explica la forma correcta de llevar el registro de las operaciones o transacciones llevadas a cabo en cualquier entidad. Es entonces, que el comerciante en Venezuela debe regirse por el Código de Comercio, a la hora de decidir formar una sociedad.

El Código de Comercio es preciso al establecer las obligaciones que todo comerciante debe recurrir para llevar a cabo la presentación de la información contable de la empresa. En sus artículos del 32 al 36, el código explica que todo comerciante debe llevar el libro Diario, el libro Mayor, y el de Inventarios, así como todos los libros auxiliares que considere conveniente, los cuales deberán ser previamente presentados al Tribunal o Registrador Mercantil, con el fin de colocar en el primer folio de cada libro una nota de los que éste tuviere, fechada y firmada por el Juez o Registrador Mercantil, y las hojas subsiguientes el sello de la oficina. Sin esta nota y sello, los libros no podrán ser usados, y por consecuencia no serán de uso legal.

Asimismo, el registro de la información financiera en dichos libros deberá ser en idioma castellano, de esta manera se logrará mayor orden y claridad de sus operaciones.

En el libro Diario se registrarán todas las transacciones que haga el comerciante, expresando de forma clara quien es el acreedor y quien el deudor a través de las partidas contables a las que se refiere cada operación, las cuales serán asentadas día a día o resumidas de forma mensual, siempre y cuando se conserven todos los documentos que permitan comprobar tales operaciones. Asi pues, el registro de la información debe ser llevada en un orden correlativo por fechas y sin ningún tipo de tachaduras

En el Libro de Inventarios, el comerciante asentará, de forma anual, una descripción estimada de todos sus bienes, tanto muebles como inmuebles así como de todos sus créditos, activos y pasivos, vinculados o no a su comercio.

De igual forma el Código de Comercio en su artículo 304, establece que los administradores de las entidades deben presentar a los comisarios, el balance respectivo del año culminado, junto con los documentos justificativos al mismo, mostrando con evidencia y exactitud los beneficios obtenidos y las pérdidas experimentadas.

Y en el artículo 329 el Código de Comercio exige la presentación a parte del Balance General, la cuenta de ganancias y pérdidas así como la distribución de los beneficios de la empresa.

Cuadro 4

Aspectos

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