DELITOS ADUANEROS
Enviado por ZIBIA LOYDA VALENCIA MEZA • 11 de Septiembre de 2022 • Apuntes • 610 Palabras (3 Páginas) • 198 Visitas
Ley General de Aduanas, aprobada por Decreto Legislativo 1053 y su Reglamento, vigente desde JUNIO del 2010.
DELITOS ADUANERO
Consiste en el acto ilícito, clandestino del tráfico internacional de mercancía, o en toda acción de simulación, ocultando a la autoridad aduanera, evadiendo el pago parcial o total de los impuestos incumpliendo las normas aduaneras, a pesar de que las mercancías no sean objeto de tributación.
DESCRIPCIÓN DE LOS DELITOS
Art. 1 CONTRABANDO
La persona que sustrae, elude o burla el control aduanero ingresando mercancías del extranjero o las extrae del territorio nacional será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de 5 ni mayor de 8 años, y con 365 a 730 días de multa.
ART. 4 DEFRAUDACIÓN DE RENTAS DE ADUANA
La persona que realice un trámite aduanero, valiéndose de engaño u otra forma fraudulenta deje de pagar todo o parte los tributos u otro gravamen o los derechos de la importación o se aproveche ilícitamente una franquicia o beneficio tributario, será reprimida con una pena privativa de libertad no menor de 5 ni mayor de 8 años y con 365 a 730 días de multa.
ART. 6 RECEPTACIÓN ADUANERA
El que adquiere o recibe en donación, almacena, oculta, vendé o ayuda a comercializar mercancías cuyo valor sea superior a 2 UIT será reprimido con pena privativa de libertad no menor a 3 ni mayor de 6 años y con 180 a 365 días de multa.
ART. 7 FINANCIAMIENTO
El que financie por cuenta propia o ajena la comisión de los delitos tipificados en la presente Ley, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de 8 ni mayor de 12 años y con 365 a 730 días multa.
ART. 8 TRÁFICO DE MERCANCÍAS PROHIBIDAS O RESTRINGIDAS
El que haya utilizado cualquier medio o artificio o infringiendo normas específicas, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de 8 ni mayor de 12 años y con 730 a 1470 días de multa.
ART. 9 TENTATIVA
Es una forma imperfecta de la realización del delito porque se detiene en un punto de desarrollo antes realizar la acción.
- En el Perú, en los últimos 10 años el contrabando ha generado pérdidas económicas de más de US$ 5 mil millones, mostrando las cifras una tendencia creciente. Solo en el 2019, SUNAT estima que se perdieron 601 millones de dólares por este problema.
QUE FACTORES DETERMINAN ESTE FENÓMENO:
COSTO DE LLEVAR A CABO EL CONTRABANDO: Transportar y revender los productos y la posibilidad de ser atrapados.
GRADO DE CORRUPCIÓN: A mayor nivel de corrupción, más posibilidad de que la actividad aumente.
POBREZA: Es sector de la población con menor ingreso es el más propensos a adquirir productos de contrabando. Por la falta de empleo ya que es un incentivo para ingresar a este tipo de actividad.
EXISTENCIA DE CULTURA DE INFORMALIDAD: Existen segmentos de la población que no consideran como falta, el consumir bienes de contrabando, y otros sectores que no lo consideran contrario a la ley, pues lo consideran como una estrategia de sobrevivencia.
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