DERECHO LABORAL 2
Enviado por Isela Muro Infante • 26 de Octubre de 2022 • Apuntes • 369 Palabras (2 Páginas) • 161 Visitas
DERECHO LABORAL 2
Punto de vista de trabajador
Libertad sindical negativa individual, decisión de formar parte del sindicato
Positiva, aspecto individual; puedo afiliarme a un sindicato.
Organización: conformar federaciones o disolver sindicatos
Sindical de actividad: gestión que desarrolla el sindicato de manera interna.
- Orga. Libertad sindical positiva: libertad de incluir o formar parte de una federación más grande de sindicatos
- Negativa: El no formar parte de estas federaciones, mayor en la entidad.
Autonomía sindical:
Estructura interna del sindicato, el empleador no puede ejercer órdenes dentro del sindicato.
Principios bases del derecho colectivo del trabajo…
TRILOGÍA:
Presencia del estado, forma de organización política, económica y coercitiva; forma parte de dar solución a los conflictos colectivos.
Empleador: como ente natural o jurídico q provee puestos de trabajo. Es a quien se recurre para llegar a los acuerdos y pactar un equilibrio.
TRABAJADOR: prestador de servicio bajo a condiciones.
Los tres están sujetas a la negociación colectiva, esta referida entorno a los factores fundamentales, quienes ingresan a tallar en la negociación.
- SINDICATO (mejoramiento de su situación profesional de la agrupación organizada de trabajadores o empleadores), NEGOCIACIÓN COLECTIVA, HUELGA
CONSTITUCIÓN DEL 1933
Art. 43: se refería al contrato colectivo de trabajo, haciendo alusión al derecho sindical o a la huelga… (ver ppt)
- No se reconocía el derecho sindical en sí
Const. 1979:
Hay una mejora de protección al derecho trabajo tanto individual y colectivo, sobre todo se plasma una libertad sindical individual. Asimismo, había una libertad sindical colectiva (se reconocían ya en esta constitución los principios sindicales (positiva y negativa)). Art, 51
Tienen carácter de ley los convenios colectivos, de acuerdo al art 54; se reconoce ña negociación colectiva y laudos arbitrales.
Art. 55, reconocen la huelga
CONSTI. 1993
Reconocimiento del derecho de negociación colectiva, huelga y garantizarían la libertad sindical. Sobre todo, la convención colectiva tiene fuerza vinculante (los acuerdos colectivo es un acto normativo, forma parte de la fuente del derecho). (art. 28)
CONVENIOS DE LA OIT:
Convenio 87, Convenio 98 (que trabajaremos)
CONVENIO SOBRE LA LIBERTAD SINDICAL Y PORTECCIÓN DEL DERECHO DE SINDICACIÓN C.87
Art 2, indica que los trabajadores tienen derecho a constituirse o afiliarse organizaciones,
Art. 3 tiene derechos las organizaciones de trabajadores
Se prima la libertad sindical
Art. 11
CONVENIO 98
Art. 1
DERECHOS COLECTIVOS Y HERRAMIENTAS VIRTUALES:
Teletrabajo (no necesito estar dentro de la geografía) –> deslocalización –> negociación colectiva.
- Derecho de la desconexión digital
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