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DERECHO LABORAL


Enviado por   •  18 de Junio de 2015  •  389 Palabras (2 Páginas)  •  2.342 Visitas

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EL TRABAJO COMO OBJETO DE REGULACION JURIDICA Y TERMINOLOGIA

 

DENOMINACIONES CON UN VALOR HISTORICO

LOS ANTECEDENTES HISTÓRICOS QUE HICIERON POSIBLE EL SURGIMIENTO DE UNA LEGISLACIÓN PROTECTORA DEL TRABAJO, EN EL SENTIDO EN QUE LA ENTENDEMOS ACTUALMENTE, SE REMONTAN A LA REVOLUCIÓN INDUSTRIAL QUE ES UN "PROCESO DE EVOLUCIÓN QUE CONDUCE A LA SOCIEDAD DESDE UNA ECONOMÍA AGRÍCOLA TRADICIONAL HASTA OTRA CARACTERIZADA POR PROCESOS DE PRODUCCIÓN MECANIZADOS PARA FABRICAR BIENES A GRAN ESCALA." LA REVOLUCIÓN INDUSTRIAL TUVO LUGAR EN REINO UNIDO A FINALES DEL SIGLO XVIII; SUPUSO UNA PROFUNDA TRANSFORMACIÓN EN LA ECONOMÍA Y SOCIEDAD BRITÁNICAS. LOS CAMBIOS MÁS INMEDIATOS SE PRODUJERON EN LOS PROCESOS DE PRODUCCIÓN, ES DECIR, QUÉ, CÓMO Y DÓNDE SE PRODUCÍA. EL TRABAJO SE TRASLADÓ DE LA FABRICACIÓN DE PRODUCTOS PRIMARIOS A LA DE BIENES MANUFACTURADOS Y SERVICIOS. ASIMISMO, EL NÚMERO DE PRODUCTOS MANUFACTURADOS CRECIÓ DE FORMA ESPECTACULAR GRACIAS AL AUMENTO DE LA EFICACIA TÉCNICA. UN CLARO EJEMPLO DE ELLO ES LA INDUSTRIA TEXTIL, GRACIAS AL DESARROLLO DE LA MAQUINARIA A VAPOR. 

SIN PERJUICIO DE LO ANTERIOR, HAY QUE CONSIDERAR QUE EL CRECIMIENTO DE LA PRODUCTIVIDAD SE PRODUJO POR LA APLICACIÓN SISTEMÁTICA DE NUEVOS CONOCIMIENTOS TECNOLÓGICOS Y GRACIAS A UNA MAYOR EXPERIENCIA PRODUCTIVA, QUE TAMBIÉN FAVORECIÓ LA CREACIÓN DE GRANDES EMPRESAS EN UNAS ÁREAS GEOGRÁFICAS REDUCIDAS. ASÍ, LA REVOLUCIÓN INDUSTRIAL TUVO COMO CONSECUENCIA UNA MAYOR URBANIZACIÓN Y, POR TANTO, PROCESOS MIGRATORIOS DESDE LAS ZONAS RURALES A LAS ZONAS URBANAS.

  

DENOMINACIÓN ACEPTADA EN LA LEGISLACIÓN POSITIVA MEXICANA 

EL OBJETIVO DE LA REGULACIÓN JURÍDICA INTERNACIONAL LABORAL ES LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES Y SUS ORGANIZACIONES PROFESIONALES, PARA MEJORAR LAS CONDICIONES DE TRABAJO Y EL BIENESTAR DE LOS TRABAJADORES MEDIANTE DEL ESTABLECIMIENTO DE LAS GARANTÍAS JURÍDICAS Y AUTÉNTICAS DE ESTOS DERECHOS. 

ESTA REGULACIÓN DEBE SER CONSIDERADA COMO VOLUNTARIA-OBLIGATORIA Y ES ADICIONAL A LA LEGISLACIÓN NACIONAL EN EL ÁMBITO DE LAS RELACIONES LABORALES. SE BASA EN LA RATIFICACIÓN DE LAS CONVENCIONES Y OTROS INSTRUMENTOS DE LAS ORGANIZACIONES INTERNACIONALES. ESTO ESTÁ PRINCIPALMENTE RELACIONADO CON LAS NACIONES UNIDAS (ONU), ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO (OIT). 

LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE TODO SER HUMANO SON: EL DERECHO AL TRABAJO, EL DERECHO DE ASOCIACIÓN, EL DERECHO A LA LIBERTAD DE DISCRIMINACIÓN EN EL EMPLEO, EL DERECHO A LA LIBERTAD DE TRABAJO FORZADO Y ALGUNOS OTROS. ESTOS DERECHOS SE EXPRESAN EN INSTRUMENTOS JURÍDICOS COMO LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS Y EL PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES.

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