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DERECHO PENAL


Enviado por   •  14 de Noviembre de 2014  •  5.608 Palabras (23 Páginas)  •  341 Visitas

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INTRODUCCIÓN

Los estudiosos del derecho mencionan que no hay un acuerdo acerca de cómo dividir la trayectoria histórica de las ideas punitivas; pero distinguen diversos periodos en la evolución histórica del derecho penal: Se habla de cuatro periodos aunque no todas las culturas pasaron estos: la venganza privada, la venganza religiosa o divina, la venganza pública y el periodo humanitario (escuelas clásica y positivista).

LAS IDEAS PENALES

Los periodos más importantes que se comprenden estas son.

1. La venganza Privada,

2. La Venganza Divina,

3. La venganza pública,

4. El Periodo Humanitario.

5. Científica.

1. LA VENGANZA PRIVADA: A esta etapa se le conoce como venganza de la sangre o época bárbara en el periodo de formación del derecho penal, fue el impulso de la venganza la ratio essendi de todas las actividades provocadas por un ataque injusto.

La venganza privada se le conoce también conoce también como la venganza de la sangre por que sin duda se originó por el homicidio y las lesiones, delitos por su naturaleza denominados de sangre.

Como los vengadores al ejercitar su reacción se excedían apareció al formula del talión ojo por ojo diente por diente para significar que el ofendido era el único con derecho de causar el mal de igual intensidad al sufrido.

2. DE LA VENGANZA DIVINA. Se estima el delito una de las causas del descontento de los dioses; por eso los jueces y tribunales juzgan en nombre de la divinidad ofendida pronunciando sus sentencias imponiendo las penas para satisfacer su ira logrando el desistimiento de su justa indignación. En esta etapa evolutiva del derecho penal, la justicia represiva es manejada generalmente por la clase sacerdotal.

3. DE LA VENGANZA PÚBLICA. A medida que los estados adquieren una mayor solidez principia a hacerse la distinción entre delitos privados y públicos, según el hecho, lesione de manea directa a los interese de los particulares y el orden público es entonces cuando aparece la etapa llamada venganza pública o "Concepción Política"; los tribunales juzgan en nombre de la colectividad para la supuesta salvaguarda de esta se imponen penas cada vez más crueles e inhumanas.

En este período la humanidad, puntualiza Carranza y Trujillo agudizo su ingenio para inventar suplicios, para vengarse con refinado encarnizamiento; la tortura era una cuestión preparatoria durante la instrucción y una cuestión previa antes de la ejecución, a fin de obtener revelaciones o confecciones. Nacieron los calabozos ("Oubliettes" de oublier, olvidar, donde las víctimas sufrían prisión perpetua en subterráneos); la jaula, de hierro o de madera; la argolla pesada, pieza de madera cerrada al cuello; el "pilori", rrollo o picota en que cabeza y manos quedaban sujetas y la víctima de pie.

4. PERIODO HUMANITARIO. Es una ley física que a toda acción corresponde una reacción de igual intensidad, pero en sentido contrario la excesiva crueldad siguió un movimiento humanizador de las penas y, en general, de los sistemas penales la tendencia humanitaria, de antecedentes muy remotos, tomó cuerpo hasta la mitad del segundo siglo XIIII con César Bonnesana, Marques de Brecaria, aun cuando no debe desconocerse que también propugnaba por este movimiento, Montesquieu, Dalembert, Voltaire, Rousseau y muchos más

a) El derecho a castigar se basa en contrato social y por tanto la justicia humana y la divina son independientes:

b) Las penas únicamente pueden ser establecidas por las leyes estas deberán de ser generales y solo los jueces pueden declarar que han sido violadas.

c) Las penas deben ser públicas, prontas y necesarias proporcionadas al delito y las mínimas posibles nunca deben ser atroces.

a. Los jueces por no ser legisladores, carecen de la facultad de interpretar la ley para Becaria nada hay tan peligroso como la máxima común que proclama la necesidad de consultar el espíritu de la ley.

b. El fin de pena es evitar que el autor cometa nuevos delitos, así como la ejemplaridad respecto a los demás hombres.

c. La pena de muerte debe ser Proscrita por injusta; el contrario social no la autoriza, dado que el hombre no puede ceder el derecho a ser privado de la vida, de la cual el mismo no puede disponer por no pertenecerle.

5.- LA ETAPA CIENTÍFICA. Desde que se empieza que sistematizar en los estudios sobre materia penal, puede hablarse del periodo científico. Esta etapa, en rigor, se inicia con la obra del Marqués de Becaria y culmina con la de Francisco Carrara quien, como se verá en temas posteriores, es la principal exponente de la escuela clásica de derecho penal.

En esta etapa se mantienen los principios de la fase humanitaria, pero se profundiza científicamente respecto del delincuente. Considera que el castigo no basta, por humanizado que sea, sino que además se requiere llevar a cabo un estudio de personalidad del sujeto y analizar a la víctima; es indispensable conocer el porque del crimen, saber cual es el tratamiento adecuado para readaptar al sujeto y, sobre todo , prevenir la posible comisión de delitos. En la pena estima que un tratamiento y el sujeto son productos de las propias fallas sociales, con influencias de factores de índole diversa interna y externa.

Esto a la fecha no ha resuelto el problema tan delicado que representa la delincuencia.

ESCUELAS JURÍDICOPENALES.

Este tema ofrece un panorama referente a la concepción que diversas corrientes tuvieron respecto a los problemas fundamentales que plantea el derecho penal, cuyo conocimiento es vital para entender las figuras actuales e instituciones jurídico-penales.

Escuela clásica es una corriente que apareció a raíz de las nuevas ideas surgidas como reacción vigorosa a la anterior y ancestral forma de ver al derecho penal.

Los pensadores cuya obra dio origen a esta escuela son:

Francisco Romagnosi, Hegel, Rossi y Carminagni.

Sus postulados son los siguientes:

a) Libre albedrío este postulado establece que todos los hombres nacen con igualdad para actuar conforme a derecho, de manera que quien lo contrataría lo hace a su libre elección; además niega el determinismo, el fatalismo o la predisposición hacia el delito.

b) Igualdad de derechos se colige que el hombre nace en igualdad en cuanto a sus derechos, por lo cual, la ley debe de aplicarse de la misma manera a todos los hombres, por provenir de la misma circunstancia de igualdad.

c) Responsabilidad moral como el hombre nace con libre albedrío y puede escoger libremente entre el

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