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DESPIDO INCONSTITUCIAL


Enviado por   •  10 de Febrero de 2021  •  Tarea  •  358 Palabras (2 Páginas)  •  435 Visitas

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CASO PRÁCTICO

Un empleado de una empresa de hostele/ría, en la que trabajaba como camarero, fue contratado durante su periodo de vacaciones por una empresa de construcciones para trabajar como peón albañil.

Una vez que tuvo conocimiento de esa contratación la empresa de hostelería despidió al trabajador al estimar que se había hecho sin su conocimiento ni consentimiento, constituyendo causa de despido por incurrir en abuso de confianza y trasgresión de la buena fe contractual.

¿Había incurrido el trabajador realmente en causa de despido? ¿Por qué?

No, esta permitido trabajar para otra empresa durante tus vacaciones, así lo reconoce el Tribunal Constitucional en su sentencia 192/2003 de 27 de octubre donde establece “La concepción del período anual de vacaciones como tiempo cuyo sentido único o principal es la reposición de energías para la reanudación de la prestación laboral supone reducir la persona del trabajador a un mero factor de producción y negar, en la misma medida, su libertad, durante aquel período, para desplegar la propia personalidad del modo que estime más conveniente. Una tal concepción, según la cual el tiempo libre se considera tiempo vinculado y la persona se devalúa a mera fuerza de trabajo, resulta incompatible con los principios constitucionales que enuncia el art. 10.1 CE (dignidad de la persona y libre desarrollo de su personalidad), a cuya luz ha de interpretarse, inexcusablemente, cualquier norma de Derecho y, para lo que importa ahora, la cláusula legal de la buena fe. La resolución judicial que desconoce tales principios constitucionales al interpretar y aplicar esta cláusula no puede entenderse, por tanto, fundada en Derecho.” Es decir, considera ir contra el derecho de libre desarrollo de la persona, impedir que pueda trabajar en otra empresa durante su periodo de vacaciones.

Además, El Tribunal Constitucional indicó que los empresarios pueden contratar personas que están trabajando en otras empresas, pero que están disfrutando sus vacaciones, siempre que esto no supusiera una competencia desleal, ya que se deben de respetar los principios de fidelidad, no concurrencia y sigilo profesional.

Por lo tanto, en caso de no haber pactado lo contrario, no nos pueden despedir si decidimos trabajar para otro empresario durante los días que nos corresponden de vacaciones.

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