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DOMICILIO ELEMENTOS DEL DOMICILIO


Enviado por   •  29 de Octubre de 2015  •  Síntesis  •  748 Palabras (3 Páginas)  •  1.036 Visitas

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DOMICILIO

Proviene del latín domicilium que, a su vez, tiene su origen en el término domus que se traduce al idioma español casa. Esta concepción se utilizo para nombrar a la vivienda permanente y fija de una persona.

Definiciones:

El diccionario de la RAE define domicilio en su primera acepción como “morada fija y permanente”.  

El segundo significado es “lugar en que legalmente se considera establecida una persona para el cumplimiento de sus obligaciones y el ejercicio de sus derechos”. Esta acepción tiene un sentido jurídico.

Machicado define al domicilio “Es el lugar que la ley fija como asentamiento de una persona, para generar efectos jurídicos. Es decir es el asentamiento territorial que debe tener toda persona para el cumplimento de sus deberes, obligaciones y el ejercicio de sus derechos.[1]

Nuestro Código Civil en el Art. 45 define al domicilio en el inciso primero que el domicilio consiste en la residencia, acompañada, real o presuntivamente, del ánimo de permanecer en ella.

En el derecho romano definió al domicilio el lugar donde una persona tiene su casa, podemos ver una clara diferencia entre la persona y el domicilio. En el código civil francés nos dice que el domicilio está en el lugar del establecimiento principal de la persona, el ser humano puede tener casas en un determinado distrito municipal o circunscripción territorial o en varios distritos o circunscripciones; domicilio es considerado el lugar donde tiene su establecimiento principal.

Para seguir desarrollando este trabajo debemos ver una clara diferencia en las definiciones de que es residencia y habitación ya que son dos hechos jurídicos que puede variar claramente en el momento de una citación judicial tener bien el claro estos conceptos.

La residencia es el asiento de hecho. Es decir el lugar donde una persona vive habitualmente.

La habitación en cambio es el lugar circunstancial donde se encuentra una persona. Es decir si una persona se va de vacaciones en un lugar y solo pasa por un tiempo limitado en ese lugar.

Además en nuestro país se declara la inviolabilidad del domicilio en el Art. 66 de la Constitución del Ecuador, en su numeral 22 señala “Se reconoce y garantizará a las personas: El derecho a la inviolabilidad de domicilio. No se podrá ingresar en el domicilio de una persona, ni realizar inspecciones o registros sin su autorización o sin orden judicial, salvo delito flagrante, en los casos y forma que establezca la ley.”

ELEMENTOS DEL DOMICILIO

Dos son los elementos básicos para considerar que una persona tiene un domicilio:

1. El elemento objetivo, que consiste en la residencia, o sea un lugar real, físico, visible, tangible, el cual la persona permanezca ahí físicamente.

2. Elementos subjetivo, esto es el ánimo, la intención, la voluntad de una persona de permanecer en esa residencia, que puede ser real o presunto.

CARACTERÍSTICAS DOMICILIO

  1. Fijo: Aunque también puede ser temporal si recambia de ciudad o municipio. No es como la residencia o la habitación que pueden no ser fijos.
  2. Necesario: Como es un atributo de la personalidad, nadie carece de tal. Si careciere la ley impone un domicilio de origen.
  3. Único: las personas naturales solo tienen un domicilio porque uno solo es el lugar de establecimiento principal, aunque tenga casas en distintos lugares.

Finalidad del domicilio

  • El  domicilio  sirve  para  identificar  a  una  persona. La  persona  es  relacionada jurídicamente  con  un  lugar  donde  ella  es  considerada  siempre  presente. El domicilio  es  el  asiento  de  la  vida  y  derechos  de  una  persona,  el  lugar  de  su principal establecimiento, donde es ficticiamente localizada en el espacio.
  • El  domicilio  completa  la  identificación  de  la  persona  que  el  nombre  contribuye  a asegurar.  Así  como  todo  individuo  tiene  un  nombre, debe  tener  un  asiento  legal donde  será  considerado  siempre  presente,  aun  cuando  de  hecho  se  encuentre momentáneamente en otro lugar.
  • Es necesario que una persona tenga un domicilio, así como es necesario que tenga un nombre. El domicilio facilita la individualización de la persona. La mejor prueba se encuentra en el hecho que, frecuentemente, el nombre patronímico no haya sido en sus orígenes sino la mención del domicilio.

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