El Domicilio
Enviado por darinka.morales • 7 de Abril de 2013 • 854 Palabras (4 Páginas) • 368 Visitas
Domicilio.
Concepto general de domicilio.
Se denomina domicilio al atributo de la personalidad, que especifica el lugar donde la persona ya sea física o jurídica tiene su residencia con el ánimo real o presunto de permanecer en ella.
Puede considerarse como la circunscripción territorial donde una persona vive, y hace ejercicio de sus derechos y cumplimiento de sus obligaciones.
Para las personas, tanto de Derecho público como de Derecho privado, el domicilio es normalmente es el lugar o área territorial donde ejercitan sus derechos y obligaciones. Teniendo la persona jurídica varios establecimientos, cada una de ellas será considerada como domicilio para los actos practicados en cada uno de ellos.
El domicilio es un factor muy importante para el derecho pues es este el que fija la competencia territorial del tribunal y la legislación aplicable. También es este donde se deberán hacer notificaciones oficiales a una persona, dado que deben ir dirigidas a su domicilio.
Diferencia entre domicilio y residencia.
El domicilio: Es un atributo de la personalidad, que consiste en el lugar donde la persona (física o jurídica) tiene su residencia con el ánimo real o presunto de permanecer en ella. En un sentido estricto domicilio es la circunscripción territorial donde se asienta una persona, para el ejercicio de sus derechos y cumplimiento de sus obligaciones. Para la persona jurídica, tanto de derecho público como de derecho privado, el domicilio es primeramente el local de su sede o área territorial donde ejercitan sus derechos y obligaciones. Teniendo la persona jurídica varios establecimientos, cada una de ellas será considerada como domicilio para los actos practicados en cada uno de ellos.
La residencia: Es una noción vulgar, que alude al lugar donde habita ordinariamente la persona. Puede o no, según los casos, ser un elemento constitutivo del domicilio, revistiendo ese carácter cuando la ley determina el domicilio de la persona en función de su residencia.
* Al hogar o domicilio en el que se reside.
* A una vivienda o casa, especialmente la de gran categoría o importancia (mansión).
Domicilio de las personas morales.
Conforme al artículo 33 del Código Civil: “Las personas morales tienen su domicilio en el lugar donde se halle establecida su administración. Las que tengan su administración fuera del D.F., pero que ejecuten actos jurídicos dentro de su circunscripción, se consideran domiciliadas en el lugar donde los hayan ejecutado, en todo lo que a esos actos se refiera.”
Domicilio convencional
En el cumplimiento de las obligaciones, el domicilio convencional tiene gran importancia, pues el artículo 2082 parte de la base de que el pago se hará preferentemente en el lugar convenido y a falta de estipulación en ese sentido, en el domicilio del deudor. En consecuencia, el domicilio
...