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Decalogo Para La Inclusión Del Lenguaje No Sexista.


Enviado por   •  7 de Abril de 2014  •  6.577 Palabras (27 Páginas)  •  792 Visitas

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Índice

Objetivos 8

Propósitos 8

Presentación 9

Fundamento teórico

Generalidades 11

El sexismo 13

Género y gramática 15

Fundamento legal aplicado en la materia 17

La inclusión del lenguaje no sexista

I. Uso del genérico universal 22

II. Uso de abstractos 23

III. Uso de artículos y pronombres 24

IV. Uso de diagonales y paréntesis en los vocativos 25

V. Uso de la arroba… @ 26

VI. Uso de títulos académicos y ocupaciones 27

VII. Uso de formas de cortesía 28

VIII. Significados sexistas 29

IX. Uso de imágenes incluyentes 30

X. Lenguaje gestual 31

Recomendaciones generales 32

Conclusiones 33

Glosario 34

Bibliografía 35

OBJETIVOS

Erradicar el sexismo en las comunicaciones mediante el uso de herramientas para la implementación de un lenguaje incluyente en las practicas escritas y orales de los/as servidoras/es públicos.

Evitar la ambigüedad en los mensajes y poner de manifiesto la presencia de las mujeres y hombres en el uso que hacemos de la lengua española, por la igualdad real entre los sexos.

PROPÓSITO

El presente DECALAGO tiene como objeto exponer los mecanismos para evitar la discriminación de la mujer en el lenguaje; familiarizar al personal con las estrategias no sexistas que posee la lengua española, así como auxiliar en la erradicación paulatina y permanente del sexismo lingüístico en las comunicaciones escritas, verbales visuales y gestuales de las personas servidoras públicas del Gobierno del Estado de México.

Este sintetiza las propuestas de expertas y expertos en perspectiva de género y en lenguaje no sexista, pretendiendo ser un material de consulta útil y practico

PRESENTACIÓN

La discriminación sexual es una de las más extendidas y frecuentes en el mundo; históricamente, las mujeres, quienes ocupan más de la mitad de la población mundial han sido y son discriminadas y violentadas por razón de su sexo, reciben un trato desigual y son segregadas al consideradas inferiores a los hombres. Por tal razón, los Estados que integran el Sistema de Naciones Unidas, dentro de los que se encuentra México, se han comprometido a adoptar medidas para erradicar los usos excluyentes del lenguaje

Una de las formas más sutiles de transmitir esta discriminación es a través de la lengua ya que esta no es más que el reflejo de los valores, del pensamiento, de la sociedad que la crea y utiliza. Nada de lo que decimos en cada momento de nuestra vida es neutro, todas las palabras tienen una lectura de género. Así, la lengua no solo refleja sino que también transmite y refuerza los estereotipos y roles considerados adecuados para mujeres y hombres en una sociedad.

El postulado básico de esta transformación es nombrar lo diferente, lo silenciado históricamente, promoviendo valores de respeto, escucha y no discriminación entre los seres humanos y hacia lo femenino específicamente. Se hace notar además, que de conformidad con el Convención Interamericana de Belém do Pará, la discriminación sexual es un tipo de violencia contra las mujeres.

Para lograr la igualdad real y sustantiva es imperativo que las personas servidoras publicas desarrollen sus actividades de tal forma que no promuevan la continuidad de la discriminación entre hombres y mujeres.

Derivado de lo anterior, se promovieron y emitieron dos importantes declaraciones a nivel internacional relacionadas con los derechos humanos de las mujeres: la Declaración sobre la eliminación de la discriminación contra las mujeres de 1967 y la Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer de 1993, así como la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (ratificada por México el 23 de marzo de 1981) quien es su artículo 2, inciso f, se establece que “los Estados tienen la obligación de adoptar todas las medidas adecuadas, incluso de carácter legislativo, para modificar o derogar leyes, reglamentos, usos y prácticas que constituyen discriminación contra la mujer.”

Por último, tanto el Modelo de Equidad de Género (MEG), el Programa de Cultura Institucional y la Norma Mexicana NMX-R-025-SCFI-2008, que establece los Requisitos para la Certificación de las Practicas para la Igualdad Laboral entre Mujeres y Hombres, consideran un requisito indispensable emplear en todas las comunicaciones oficiales internas y externas un lenguaje no sexistas ni discriminatorio.

Generalidades

Los atributos asociados a las distintas expresiones de género,

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