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Delitos Bancarios


Enviado por   •  15 de Enero de 2013  •  1.007 Palabras (5 Páginas)  •  588 Visitas

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Tema 9

Los delitos bancarios son los cometidos por las instituciones de crédito que se considera ofrecen servicios de banca y crédito, de captación de recursos del público en el mercado nacional para su colocación “en el publico”, mediante actos causantes del pasivo directo o contingente, quedando el intermediario obligado a cubrir el principal, y, en su caso, las acciones financieras

de los recursos captados

todavía se mantienen los mismos delitos bancarios de 2001, que fueron 15 más que el otro Decreto “Habilitante” de 1993. Así se pueden llamar los 26 Decretos Leyes con Rango y Fuerza de Leyes (los “Decretos”) que han sido anunciados por la Asamblea Nacional para que el Poder Ejecutivo dictase las normas financieras.

Y regule así a estas instituciones

En concreto, la caída de varios bancos con innumerables clientes que fueron victimizados por el mal manejo de esa enorme crisis. Lo peor de todo es la tipificación de delitos y su efecto sobre los bancos. Todavía se están pagando los platos rotos de la mala gestión del Decreto que eliminó en el año 2001 los delitos contra el Sistema de Identificación y cosas tan básicas como la falsificación de cédulas de identidad.

La desaparición de los delitos monetarios del texto de la Ley del Banco Central de Venezuela no es subsanable con la aplicación de los viejos de delitos derogados en 1992 del Código Penal. Cunde la impunidad y está libre un camino para la legitimación o blanqueo de capitales. Como corolario, la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada (“LOCDO”) establece que los delitos bancarios y financieros son propios de la delincuencia organizada (Art. 16.4) y responsabiliza penalmente a las personas jurídicas, con exclusión del Estado y sus empresas (Art. 26), con lo cual crea un velo

corporativo que puede servir para que bandas organizadas infiltren tales organismos públicos o que corrompan a sus funcionarios.

Estos delitos se han tipificados como “especiales”, al exigir una calidad en el sujeto

Activo, sea empleado o funcionario de una institución de crédito o una persona acreditada. La norma penal tiene una función protectora de los bienes jurídicos, permitiendo descubrir la naturaleza del tipo, dándole sentido y fundamento. Los bienes jurídicos que se tutelan en las instituciones de crédito, son aquellos que tienen la debida y adecuada prestación del servicio de banca y crédito y el control que sobre dicho servicio debe tener el Estado.

Existe la ley monetaria, que establece el sistema bancario nacional, la forma en cómo éste está integrado, que en el país lo es el Banco Central, las instituciones de banca múltiple, las instituciones de banca de desarrollo, el patronato del ahorro nacional y los fideicomisos públicos constituidos por el gobierno, en fin.

Es muy complejo el estudio de la banca múltiple, también llamada banca o bancos comerciales; es decir, por ser instituciones que reciben depósitos o efectúan préstamos o conceden créditos y tienen en la actualidad una gran variedad de los llamados "servicios auxiliares" (que abarcan la administración, transacciones bursátiles, custodia de valores, transacciones de moneda extranjera, arrendamientos financieros, la banca múltiple tiene forma jurídica de sociedad anónima de capital fijo y requiere autorización del Gobierno Central que otorgan las Secretarías de Estado, v,g., la de Hacienda, la de Economía

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