Delito Bancario
Enviado por dionisiolopez • 26 de Noviembre de 2013 • 1.258 Palabras (6 Páginas) • 410 Visitas
Como corolario, la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada ("Locdo") afirma que los delitos bancarios y financieros son propios de la delincuencia organizada (Art. 16.4) y responsabiliza penalmente a las personas jurídicas, con exclusión del Estado y sus empresas (Art. 26), con lo cual crea un velo corporativo que puede servir para que bandas organizadas infiltren tales organismos públicos o que corrompan a sus funcionarios.
Los Bancos: son instituciones financiera cuya finalidad es la captación de capital en forma de depósitos de pequeños o grandes inversionistas y ahorristas, para producir sus propios capitales a través de la inversión.
En el circuito económico de un país es imprescindible la intervención tanto de la banca privada como de la banca publica, pues sirven de soporte indispensable a los capitales cualquiera sea su fuente legal, facilitando en gran medida las diferentes operaciones o transacciones propias de las instituciones que conforman el sistema económico, tales como empresas pequeñas, mediana, grandes; transnacionales, instituciones del Estado.
En tal sentido surge la necesidad de que las instituciones de crédito, así como las operaciones que realizan sean protegidas legalmente, inclusive con la norma más enérgica del sistema jurídico nacional, que es la norma penal, para tal fin se crea la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras, para ejercer la supervisión y regulación, mediante la inspección de los sujetos sometidos a su control, con el objetivo de fortalecer la estabilidad y transparencia del sistema financiero de la República Bolivariana de Venezuela, respondiendo a las necesidades sociales, económicas y de justicia de los ciudadanos y ciudadanas, consagrando así los fines supremos del Estado y la Nación
SUDEBAN ejerce una supervisión y regulación de los sujetos sometidos a su control, bajo esquemas preventivos y correctivos conforme a los estándares universalmente establecidos y en concordancia con los postulados de justicia social, transparencia conforme lo consagra la Constitución Venezolana Y La Ley General de Bancos y Otras Instituciones Finacieras..
Así pues, el Art., 213 de la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras, la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras establece que tendrá como funciones: La inspección, supervisión, vigilancia, regulación y control de los bancos, entidades de ahorro y préstamo, otras instituciones financieras, casas de cambio, operadores cambiarios fronterizos y empresas emisoras y operadoras de tarjetas de crédito.
Para satisfacer los extremos previstos en esta norma, su actuación deberá comprender (según lo consagra el Art. 217, ejusdem) como mínimo, los siguientes aspectos:
• Asegurar que los bancos, entidades de ahorro y préstamo e instituciones financieras tengan sistemas y procedimientos adecuados para vigilar y controlar sus actividades a escala nacional e internacional, si fuere el caso.
• Obtener información sobre el grupo financiero a través de inspecciones regulares, estados financieros auditados y otros informes.
• Obtener información sobre las transacciones y relaciones entre las empresas del grupo financiero, tanto nacionales como internacionales, si fuere el caso.
• Recibir estados financieros consolidados a nivel nacional e internacional, si fuere el caso, o información comparable que permita el análisis de la situación del grupo financiero en forma consolidada.
• Evaluar los indicadores financieros de la institución y del grupo.
• Obtener información sobre la respectiva estructura accionaria, incluyendo los datos que permitan determinar con precisión la identidad de las personas naturales, propietarias finales de las acciones o de las compañías que las detentan.
• Obtener la información necesaria, mediante inspecciones in situ o extra situ, a los fines de verificar que las agencias, sucursales, oficinas, filiales y afiliadas en el exterior, de bancos o instituciones financieras venezolanos, cumplen con las regulaciones y disposiciones aplicables del lugar donde funcionan.
• Asegurar que los bancos, entidades de ahorro y préstamo, instituciones financieras y demás empresas sujetas a la Ley, tengan sistemas y procedimientos adecuados para evitar que sean utilizados para legitimar capitales provenientes de actividades ilícitas.
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