Demanda ejecutivo mercantil.
Enviado por luciaguz • 7 de Abril de 2016 • Apuntes • 1.079 Palabras (5 Páginas) • 362 Visitas
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C. JUEZ DE LO CIVIL EN TURNO DE ECATEPEC DE MORELOS ESTADO DE MEXICO
ARTURO ALFONSO CONTRERAS BERNAL mexicano, mayor de edad, compareciendo por mi propio derecho con personalidad debidamente acredita con domicilio para oír y recibir toda clase de citas, notificaciones y documentos el ubicado en la Calle Playa de Tijuana # 270 Mz 506 Lt 8 colonia Jardines de Morelos Ecatepec de Morelos Estado de México.
Autorizando para oír y recibir notificaciones y comunicados en nombre del actor, así como para exhibir, recibir y recoger toda clase de documentos y valores, aún los de carácter personal en los más amplios términos de conformidad con lo establecido en el artículo 1069 del Código de Comercio, al licenciado en Derecho Jonathan Guzmán González con cedula profesional número 514251425. Promoviendo en el expediente al rubro indicado, ante usted con el debido respeto comparezco
Que por medio del presente escrito con fundamento en lo establecido por los artículos Octavo, Décimo Séptimo y Centésimo Cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la vía ejecutiva mercantil con todas sus consecuencias legales inherentes, vengo a demandar a LUCIA BETZABEL GUZMÁN GONZÁLEZ quien tiene su domicilio para ser emplazado a juicio en su domicilio particular que es el ubicado en calle Ojitos # 365 Mz 8 Lt 32 colonia Guadalupe Victoria Ecatepec de Morelos Estado de México, de quien se exigen las siguientes :
P R E S T A C I O N E S
- Que mediante sentencia debidamente ejecutoriada se condene a la demandada al pago de la cantidad de 50,000 (CINCUENTA MIL PESOS) 00/100 M.N por concepto de suerte principal.
- Que mediante sentencia debidamente ejecutoriada se condene a la demandada al pago de la cantidad del 5 % mensual sobre la suerte principal, por concepto de INTERESES MORATORIOS en el documento base de la acción, condenándole al pago de los devengados a la fecha y los que se sigan devengando hasta la que se liquide por completo la deuda principal y accesorios legales y la completa solución del presente juicio.
- El pago de los gastos y costos que con motivo de la tramitación del presente juicio, sean erogados por el suscrito, inclusive los de segunda instancia y el juicio de amparo en caso de ser necesarios.
Fundo mis pretensiones en los siguientes hechos y preceptos de derecho
H E C H O S
- .El hoy demandado con fecha 5 (cinco) de febrero del año 2016 (dos mil dieciséis), suscribió de su puño y letra, el pagaré número 1/1, por la cantidad de 50.000 (cincuenta mil) pesos 00/100 M.N; documento en el cual se pactó un interés del 5 (cinco) % mensual y se pactó también que el vencimiento sería para el día 10 (diez) de marzo del 2016 (dos mil dieciséis) Tal y como consta en el documento base.
- Dicho documento base de la acción cambiaria fue expedido en favor del Señor ARTURO ALFONSO CONTRERAS BERNAL, en el municipio de Ecatepec de Morelos, asimismo, en dicho documento se pactó que el lugar de pago sería en el mismo lugar.
- Que teniendo la obligación de hacer el pago en las fechas y lugares mencionados, el demandado omitió cumplir con su obligación y los pagarés en comento no fueron pagados en el tiempo establecido para ello, incurriendo el demandado en mora.
- Toda vez que el título de crédito multicitado en el presente escrito se ha vencido y en exceso, es que comparezco ante su señoría en la forma y vía propuestas a fin de proceder conforme a derecho y reclamar el inmediato pago de todas y cada una de las prestaciones señaladas.
PRUEBAS
DOCUMENTAL.- Consistente en todos y cada uno de los documentos base que adjunto al escrito inicial de cuenta.
Se relaciona esta probanza con los hechos I a IV de este ocurso.
CONFESIONAL para hechos propios, que deberá de desahogar el demandado en forma personal y sin mandatario o apoderado legal alguno, que consiste en la absolución que dé al pliego de posiciones que en sobre cerrado acompañaré oportunamente para el día y la hora que señalen para el desahogo de dicha probanza, debiendo ser citado con los apercibimientos de la ley en su domicilio.
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