Derecho Civil 1
Enviado por guadalupegg • 9 de Octubre de 2013 • 13.768 Palabras (56 Páginas) • 317 Visitas
El motivo por el cual se ha realizado esta in investigación y también se ha estudiado es para tener un mayor cono cimento acerca de lo que trato esta materia ya que también esta investigación ara que se comprendan mejor estos temas que tratan de la historia del derecho civil, de las personas físicas y de sus atributos, de las personas morales y sus atributos ya que las dos personas jurídicas no los comparten todos, así como también se hablara del registro civil ya que este forma parte de nuestras vidas ya que en esta institución como su nombre lo indica es donde se lleva el registro de todas las actas y además donde se la da la validez a cada acontecimiento .
También se abordará el tema de la adquisición y la perdida de la personalidad ya que en este se logra entender que la personalidad no se pierde ni aún des pues de la muerte ya que si la persona deja algún testamento se lleva acabo la voluntad de la persona, asimismo se hace mención de los actos jurídicos, que elementos deben de haber para la existencia de un acto jurídico requisitos para la validez de dichos actos y también se hace mención de las personas afectadas en los actos jurídicos. Así como estos temas nos encontraremos con muchos más que es muy importante conocerlos ya el derecho civil es muy importante en nuestras vidas
CAPITULO I
INTRODUCCIÓN AL DERECHO CIVIL
EL CONCEPTO DEL DERECHO CIVIL Y SU EVOLUCIÓN DESDE EL DERECHO ROMANO HASTA LA ACTUALIDAD
Concepto del Derecho Civil
El derecho está inspirado en principios de justicia y permite desarrollar las leyes que regulan el funcionamiento de una sociedad. Civil, por su parte, se refiere a lo relativo a los ciudadanos o a las ciudades.
Se conoce como derecho civil a aquél que se encarga de regir los vínculos privados que las personas establecen entre ellas. Está formado por las reglas jurídicas que articulan las relaciones patrimoniales o personales entre individuos (personas físicas o personas jurídicas). La finalidad del derecho civil es preservar los intereses del sujeto a nivel patrimonial y moral
EVOLUCIÓN DEL DERECHO CIVIL DESDE EL DERECHO ROMANO HASTA LA ACTUALIDAD
Concepto de derecho civil en la edad media
En el 476 d.c. se produce la caída del imperio romano de occidente en lo que se ha denominado el inicio de la edad media. La invasión de los pueblos bárbaros que la provoca definitivamente acaba también de manera oficial con el derecho de roma. Pero el derecho romano seguía sobreviviendo en la práctica de los pueblos dominados y con gran influencia en las leyes de los pueblos invasores.
Durante muchos años no va a haber más derecho que la costumbre, el fuero, los estatutos de las ciudades e incluso el estatuto de las corporaciones y gremios. Hay pues un acusadísimo particularismo jurídico. A finales del siglo xi y principios del xii se produce un fenómeno importante en grado sumo: la recepción del derecho de roma, sabemos que la compilación de Justiniano se lleva a cabo entre los años 528 a 533 d.c. en el imperio romano de oriente. Es muy posterior a la caída del imperio romano de occidente y, por otra parte, es casi desconocida en él. A partir del siglo XII los glosadores de Bolonia estudian el derecho romano mediante glosas y exégesis, aplicando la técnica escolástica de los silogismos, distinciones y subdivisiones. Desde entonces se va identificando el derecho civil con el derecho romano, con el derecho que roma ha legado tal y como lo ha dejado, hasta el punto que desde el siglo xii la obra de Justiniano recibe el nombre de corpus iuris civiles.
Ahora bien, la compilación justinianea contenía numerosos textos de tipo público que habían perdido actualidad e interés, pues no eran aplicables a la sociedad política del tiempo de la recepción. De ahí que los glosadores y comentaristas mostrasen una mayor atención hacia normas e instituciones privadas (circulación de los bienes, derechos sobre ellos, situación de las personas, etc.). Empieza, por tanto a abrirse camino la idea de derecho civil como derecho privado.
El derecho civil, entendido como derecho romano, va a desempeñar un papel sumamente importante en la edad media: el de derecho común. Hemos dicho en líneas anteriores que hasta la recepción reinó un absoluto particularismo jurídico. El derecho civil va a ser derecho común, es decir, un derecho normal frente al que los derechos particulares son anomalías. Hay que destacar que la fuerza del derecho civil como derecho común provenía también de una necesidad política: el concepto de imperio sacro romano germánico, restaurado por Carlomagno en el año 800 como continuación del imperio romano.
La sociedad medieval hasta finales de la edad media va a vivir, no sin tensiones, la idea de que era un todo unitario bajo el imperio, que tenía, por tanto, un único derecho. El imperio postulaba un único derecho, que va a ser el civil-romano. Al mismo tiempo, la idea de cristiandad, también unitaria en el plano religioso, llevaba a que el derecho de la iglesia fuese igualmente un derecho común. Este derecho común era la ley eclesiástica que junto a la ley civil representaban las potestades del imperio y la iglesia.
El derecho canónico adquiere una importancia relevante a partir de las decretales de Gregorio IV (1234), y se estudiará intensivamente. Es un derecho que no se limitaba a regular el fuero interno de los fieles sino que también se extendía a aspectos de su vida ordinaria, y sus principios espiritualistas (buena fe, obligación de cumplir la palabra dada, etc.) ejercerán una influencia decisiva en los textos de la compilación justinianea y en el derecho civil que hoy conocemos y estudiamos. Entre el ius civile y el ius canonicum va a darse una influencia recíproca y continua.
También como derecho común se considera el derecho feudal. el sistema de vasallaje propio de la época obliga a utilizar normas (costumbres sobre todo) para resolver los litigios entre señores y vasallos. El estudio de este derecho feudal por los juristas va a constituir un tercer elemento del naciente derecho común, junto al romano y al canónico, aunque mucho menos importante que ellos. Una que pierde fuerza la idea de imperio (a mediados del siglo xiii), el derecho romano no deja de tener valor de derecho común, y ahora porque se considera como ratio scripta. Ese derecho se estudia ya (porque las nuevas necesidades hacen inaplicables muchos de sus textos) más como sistema conceptual que como sistema normativo, porque es un sistema racionalmente construido. El Derecho Civil. (= derecho romano) se convierte en un derecho de los principios tradicionales.
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