Derechos Humanos
Enviado por adrian.xp • 15 de Marzo de 2012 • 1.468 Palabras (6 Páginas) • 508 Visitas
¿Qué son los derechos humanos?
Los derechos humanos son un conjunto de principios, de aceptación universal, reconocidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, los cuales están orientados a asegurar la dignidad de cada ser humano en su dimensión individual, social, material y espiritual.
La vigencia de los derechos humanos es desarrollada en el siglo XIX a raíz de las revoluciones francesas y americana. Durante el siglo XX los países, a través de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y de la Organización de Estados Americanos (OEA), generan un conjunto de tratados y pactos internacionales que sirven de eje para la consagración jurídica internacional de los derechos humanos, cuya normativa central en esta materia es la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
Los derechos humanos se conciben dentro de los principios de progresividad, no discriminación, irrenunciabilidad, interdependencia e indivisibilidad y son universales, innatos, inviolables, intransferibles, complementarios, imprescriptibles y no jerarquizables.
¿Cómo garantiza el Estado venezolano los derechos humanos?
El respeto y garantía de los derechos humanos es un propósito general del Estado venezolano, quien tiene la obligación de respetarlos y de garantizarlos, adoptando las medidas necesarias para lograr su satisfacción en la población y asegurar la prestación de determinados servicios.
La Constitución de 1999 establece, a lo largo de su Título III, un amplio marco de protección de los derechos humanos, tanto de aquellos contemplados en su propio texto como los que se encuentran desarrollados en tratados, pactos o convenios internacionales que Venezuela ha suscrito y ratificado.
Asimismo, nuestra Carta Magna establece que estos tratados, pactos y convenciones relativos a derechos humanos tienen jerarquía constitucional y prevalecen en el orden interno, en la medida en que contengan normas sobre su goce y ejercicio más favorables a las establecidas por la Constitución y las leyes de la República Bolivariana de Venezuela.
La Constitución nacional es innovadora en materia de derechos humanos, pues además de proteger los intereses individuales, extiende esa protección a los intereses legítimos, colectivos y difusos.
La clasificación que establece la Constitución nacional define el lenguaje común de los derechos humanos en Venezuela:
Derechos de nacionalidad y la ciudadanía.
Derechos civiles.
Derechos políticos.
Derechos sociales y de las familias.
Derechos culturales y educativos.
Derechos económicos.
Derechos de los pueblos indígenas.
Derechos ambientales.
Cabe recordar que no es suficiente con que los derechos humanos estén definidos en la Constitución, lo más importante es que los ciudadanos y ciudadanas puedan ejercerlos, y para ello cada persona tiene que conocerlos, vigilar que se cumplan y defenderlos. Por ello, se creó el Poder Ciudadano y dentro de éste la Defensoría del Pueblo.
El fundamento de los derechos humanos
Los Derechos Humanos se fundamentan en la naturaleza humana, tales derechos le son inherentes al hombre en cuanto tal, en cuanto tiene naturaleza, esencia de tal. Desde la antigüedad ha sido buscada la explicación sobre la naturaleza humana.
Los estoicos, percibieron la natural inclinación a hacer el bien, considerándolo como el primer principio, innato en la naturaleza del hombre; "haz el bien y evita el mal".
Cicerón encuentra el fundamento de los derechos humanos en la recta razón, que es la encargada de discernir lo bueno en la conducta humana como justo y verdadero, y lo malo como injusto.
Pero a su vez, la recta razón natural es mas bien la que nos permite discernir los verdaderos derechos humanos, su alcance y jerarquía, pero no es el fundamento de los derechos humanos. Sino que, como yo he resaltado, la base de los mismos se encuentra en la naturaleza humana por lo cual estos son para todos los hombres, como consecuencia, ser la dignidad de la naturaleza humana, su fundamento.
La naturaleza humana otorga titularidad a estos derechos universales, inviolables e irrenunciables; por lo tanto, al encontrar allí su fundamentación, deducimos que no pertenecen al hombre por una disposición estatal, sino que le pertenecen por el solo hecho de ser persona humana.
Estos derechos deben ser:
Reconocidos: en todos los hombres por igual, este reconocimiento debe ser real y fundamental. Deben ser reconocidos para poder ser defendidos.
Respetados: para poder efectivamente proteger la dignidad humana y para hacer que su realización sea posible.
El derecho es el respeto, es la propuesta social del respeto.
Tutelados: una vez reconocidos y respetados, debo protegerlos, la tutela corresponde a cada hombre,
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