ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Derechos Humanos.


Enviado por   •  20 de Febrero de 2015  •  2.747 Palabras (11 Páginas)  •  171 Visitas

Página 1 de 11

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, como texto normativo supremo de una nación, tomando en cuenta que se le asigna la cima de la jerarquía según Hans Kelsen. Es un documento jurídico fundamental que regula el ordenamiento jurídico y de la cual se emana el funcionamiento eficaz de una sociedad política global. En ese sentido, todas las leyes, reglamentos y disposiciones generales que integran un sistema jurídico están determinadas por el contenido de nuestra Carta Magna. Y este principio de supremacía de la Constitución debe prevalecer en toda su extensión.

Sin embargo, tales derechos que están anunciados en forma general, en abstracto, en el texto constitucional, para su efectividad, deben ser trasladados a la convivencia social de hombres y mujeres. Los derechos deben pasar a ser ingredientes esenciales de la vida cotidiana, de las relaciones sociales y políticas de la nación. Una de las funciones esenciales del Estado es proteger y velar por la vigencia y respeto de la supremacía constitucional, es defender y proteger también los Derechos Humanos.

La práctica también ha mostrado el uso de las garantías constitucionales en forma indebida, es decir, no con el fin de proteger un derecho fundamental, sino con la finalidad de obstaculizar un proceso. En Venezuela, cualquier persona que sea víctima de una violación de los derechos humanos puede ir a las instancias que tiene el Estado para la protección interna de dichos derechos.

En el país hay cuatro instituciones encargadas de atender los casos de violaciones de derechos humanos. Las dos instituciones judiciales para la investigación y reparación de estos crímenes tienen a su cargo la aplicación de justicia a través del respeto al debido proceso penal; mientras que las dos instituciones del poder ciudadano deberán velar, denunciar y prestar su colaboración para el esclarecimiento de los hechos en los que se violan derechos humanos, así como trabajar por la prevención de estos crímenes.

Acciones constitucionales

Cuando se habla de las acciones constitucionales, para la protección de los derechos se está haciendo alusión a las Garantías Constitucionales, término éste usado por la Constitución Bolivariana de la República. Estas garantías constitucionales identifican a determinados instrumentos jurídicos procesales que, en forma mediata o inmediata, cumplen el objetivo de mantener la supremacía de la Constitución sobre otra norma y también son medios procesales que los habitantes de la nación, tienen para sostener, proteger y defender sus derechos.

Mecanismos internos de protección de los Derechos Humanos

LA DENUNCIA

Esta es el reporte del hecho de una violación a los derechos humanos, y se hace ante las autoridades para que investiguen lo sucedido y establezca las penas justas. También sirve para establecer precedentes y contribuir a que esos hechos no se repitan. Se puede formular ante el Ministerio Público, ante la Defensoría del Pueblo o ante un órgano de policía de investigaciones penales.

CONTENIDO DE UNA DENUNCIA

1. Datos del denunciante: nombre, edad, cédula de identidad, oficio, teléfono, domicilio y relación con la víctima.

2. Datos de la víctima: nombre, cédula de identidad, nacionalidad, edad, oficio, domicilio.

3. Otros datos relevantes: vínculo con la comunidad, agresiones anteriores, lugar de trabajo de la víctima y número de hijos si los tenía (edades, nombres completos, grado de instrucción).

4. Tipo de agresión: desaparecido, asesinado por abuso de autoridad, disparos indiscriminados, tortura, detención arbitraria, amenazas.

5. Narración de los hechos denunciados: quién hizo qué, cómo, cuándo, dónde y por qué pasó.

6. Descripción de los agresores: cuerpo policial, militar u otro al que pertenecen, número de matrícula del vehículo que hayan usado en el hecho y número de placa personal de los funcionarios implicados (si las tiene).

7. Pruebas que se pueden aportar: declaraciones de testigos, con su nombre, cédula de identidad, edad, domicilio y oficio.

8. Recursos y documentación presentada a las autoridades: si ya ha hecho la denuncia en otra institución.

9. Peticiones a las autoridades competentes: que se abra una investigación judicial para determinar responsabilidades, que se aplique castigo a los culpables y que se indemnice a los familiares.

Es necesario que se lleve el original y una copia., se entrega el original y se hace sellar la copia, pues es el documento que demuestra los trámites oficiales que se realizan. Una vez que se ha tramitado la denuncia en el órgano competente y que ésta llega a la Dirección de Derechos Fundamentales, le asignan un abogado adjunto y un fiscal.

Es recomendable que el denunciante realice un seguimiento sistemático del caso: que vaya semanalmente a los diferentes organismos para obtener información actualizada, abrir su propia carpeta en la que recopile toda la información que se obtenga y copia de las diligencias que realice.

EL RECURSO DE AMPARO

Es el derecho que tiene toda persona de acudir a los tribunales de la República y solicitar protección judicial contra cualquier hecho, acto u omisión que hayan violado, violen o amenacen en forma inminente, cualquiera de los derechos y garantías constitucionales u otros inherentes a la persona.

El amparo constitucional es un medio procesal que tiene por objeto asegurar el goce y ejercicio de los derechos y garantías constitucionales de los particulares establecidas en la Constitución, leyes y tratados internacionales, condenando acciones de los agresores, bien sean ciudadanos, organizaciones públicas o privadas; tendente únicamente a la constatación de la violación o amenaza de violación del derecho o garantía constitucional, a objeto de que se le restablezca al solicitante el pleno goce y ejercicio de tales derechos sin prejuzgar sobre ninguna otra materia, quedando abiertas a las partes las vías ordinarias para reclamar las indemnizaciones o restituciones a que haya lugar en derecho.

En este orden de ideas, el artículo 27 de nuestra Constitución, reza que toda persona tiene derecho a ser amparada por los tribunales en el goce y ejercicio de los derechos y garantías constitucionales. Ese mismo sentido está establecido en el artículo 1 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, el cual señala que toda persona puede solicitar ante los tribunales el amparo previsto en el artículo 49 de la Cata Magna, con el propósito de que se restablezca inmediatamente la situación

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (18 Kb)
Leer 10 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com