El Catastro
Enviado por Nikol Oberto • 15 de Febrero de 2019 • Informe • 678 Palabras (3 Páginas) • 163 Visitas
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UNIVERSIDAD DE FALCON
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
CATEDRA: ELECTIVA I (NOTARIAL Y REGISTRAL)
FACILITADORA: Abg. ALEJANDRA J. GOMEZ C.
TEMA 7:
EL CATASTRO
CONCEPTO: Es el procedimiento técnico-científico, jurídico y administrativo en virtud del cual se hace el inventario de la superficie de un país, mediante el registro de la propiedad y el conjunto de operaciones que tienen por objeto determinar el régimen de las tierras y aguas.
UBICACIÓN DENTRO DEL AMBITO DEL DERECHO: La actividad catastral pertenece a la rama del Derecho Público Interno, específicamente al Derecho Administrativo.
CARASTERISTICAS:
- Es de carácter público, de interés social y presta servicios tanto a personas naturales y jurídicas.
- A las personas naturales, les presta asistencia técnica y jurídica para dilucidar cualquier incertidumbre que se presente en cuanto a los linderos.
- A las personas jurídicas, ya que establece con exactitud cuales terrenos son baldíos, y los bienes que posee la nación.
- El procedimiento de catastro se considera como una rama del derecho de su mismo nombre, ya que así lo establece en sus leyes.
- El catastro se rige por la Ley de Geografía, Cartografía y Catastro Nacional.
FORMACION DEL CATASTRO:
- El catastro nacional constituye la fuente primaria de datos del sistema de información territorial.
- La formación y conservación del catastro de zonas e instalaciones militares se efectuara en coordinación con el ministerio encargado de la defensa de la nación.
- El catastro se formara por municipios y abarcara lo siguiente:
- Las tierras baldías
- Los ejidos
- Las tierras pertenecientes a entidades publicas
- Las tierras de propiedad particular o colectivas
ASPECTO FISICO DEL CATASTRO: Este se ajustara a las indicaciones que sobre linderos y dimensiones figuren en los documentos relativos al inmueble, con señalamiento de las edificaciones existentes, accidentes geográficos referenciales, con sus correspondientes topónimos y demás especificaciones.
Los funcionarios de la oficina de catastro municipal examinaran los documentos y planos que les sean presentados, dejaran constancia de los derechos invocados, del destino dado al inmueble y verificaran la ubicación, cabida y linderos de este.
Al momento de practicarse la ubicación e identificación del inmueble, se dejara constancia en el acta de verificación de linderos de todo lo observado incluyendo construcciones, servidumbres, alteraciones de linderos, accidentes geográficos y cualquier otra circunstancia de interés. Así mismo, se dejara constancia de la conformidad o inconformidad del propietario u ocupante con el contenido de la misma.
ASPECTO JURIDICO DEL CATASTRO: La solicitud de revocatoria de una inscripción catastral solo será admitida y acordada por la oficina municipal de catastro donde conste la inscripción. Dicha solicitud deberá estar acompañada del título preferente o la decisión judicial o administrativa en que se fundamente. Admitida la solicitud, la oficina municipal de catastro ordenara la apertura del procedimiento administrativo correspondiente y notificara a los interesados.
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