Catastro
Enviado por joseliglopez • 22 de Abril de 2014 • Ensayo • 986 Palabras (4 Páginas) • 307 Visitas
CATASTRO
Conceptos:
- Herramienta para procurar y garantizar la ordenación del espacio geográfico con fines de desarrollo, a través de la adecuada, precisa y oportuna definición de los tres aspectos más relevantes de la propiedad inmobiliaria: descripción física, situación jurídica y valor económico.
- Es un registro público que contiene la delimitación de las parcelas individuales, los detalles relacionados a la tierra, información de propiedad y los derechos asociados a cada parcela. Es decir es un censo y padrón estadístico de las fincas rústicas y urbanas de un territorio (municipio, provincia, estado, país, etc.), y la valoración de las mismas.
- Es un inventario de la totalidad de los bienes inmuebles de un país o región de éste, permanente y metódicamente actualizado mediante cartografiado de los límites de las parcelas y de los datos físicos, jurídicos y socioeconómicos asociados a ésta en todos sus ámbitos.
CONTRIBUYE A:
1. Servir de herramienta para el desarrollo integral como en la planificación de
infraestructura nacional (Carreteras, electricidad, represas, puentes, etc.).
2. Incrementar la actividad económica a través de préstamos bancarios otorgados
contra el título de propiedad.
Mejorar la planificación urbana.
4. Generar la protección medioambiental (reforestación, parques nacionales, etc.)
5. Consolidar mercados de bienes raíces más estables y transparentes.
6. Generar ambientes de inversión segura.
7. Promover el empoderamiento legal.
8. Incrementar la eficiencia del recaudo de impuestos para mejorar los ingresos
fiscales.
La Ley de Geografía, Cartografía y Catastro Nacional establece:
- IGVSB es el ente rector de la actividad geográfica, cartográfica y catastral.
- El Municipio es la Unidad Orgánica Catastral.
- Declara el Catastro de naturaleza nacional e interés público.
- Las Normas Técnicas para la formación y actualización catastral.
Los artículos mas resaltantes de esta ley son:
Artículo 11. Toda persona que realice levantamientos geodésicos o topográficos los referirá al Sistema Geodésico Nacional, de acuerdo a las normas técnicas establecidas por el Instituto Geográfico de Venezuela Simón Bolívar.
Artículo 31. Los propietarios y ocupantes de inmuebles, así como los funcionarios responsables de la administración de inmuebles pertenecientes al Estado, están obligados con el catastro a:
1. Inscribir sus inmuebles en el Registro Catastral de la respectiva oficina municipal de catastro, suministrando a los funcionarios competentes los documentos y planos de mensura de los mismos, los derechos invocados, sus linderos, cabida y cualquier otra información de interés.
2. Cooperar con los funcionarios o personas autorizadas de la oficina municipal de catastro permitiendo el acceso a sus inmuebles, previa notificación e identificación, para efectuar las operaciones catastrales.
3. Concurrir personalmente o por medio de su representante legal a verificar en la respectiva oficina municipal de catastro, el resultado del registro y levantamiento catastral de sus inmuebles, para firmar su conformidad, o manifestar las objeciones que considere pertinentes.
4. Cumplir con las demás obligaciones que establezca esta Ley y sus reglamentos.
Artículo 32. En caso de
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