El Nuevos Sistema de Enjuiciamiento Penal Mexicano
Enviado por joaquinnazas • 4 de Diciembre de 2015 • Ensayo • 1.784 Palabras (8 Páginas) • 218 Visitas
Nombre: Joaquín Flores Ruíz
Cargo propuesto: Notificador
Propuesta: Centro de Justicia Penal Federal en el Estado de Zacatecas
INTRODUCCION.
El presente ensayo tiene como propósito el conocer el nuevo sistema de enjuiciamiento penal mexicano, para ello, es necesario abordar los antecedentes del mismo, como son: los medios procesales, el sistema acusatorio, el sistema inquisitivo y el sistema mixto.
DESARROLLO DEL TEMA.
- Medios Procesales.
Entendidos estos como la estructura del proceso, o bien, el conjunto de actividades realizadas en el mismo, realizadas por el juez o las partes, pudiendo ser de tendencia oral o escrita que dejan constancia documental, visual o auditiva, las cuales en esencia son: las resoluciones, declaraciones en audiencia, notificaciones, citaciones y comunicaciones; así para calificar un proceso de tendencia escrita u oral, si el mismo contiene las siguientes características, su tendencia será hacia esta última: concentración de actuaciones, identidad entre el juez de instrucción y el de decisión, inmediatez entre el juez y las partes y sujetos procesales, e inapelabilidad de las resoluciones y desechamiento de los recursos que entorpezcan la marcha del proceso, derivado de lo anterior.
Para establecer la naturaleza del proceso se requieren de otros medio procesales a efecto de establecer si el sistema procesal corresponde al sistema acusatorio, inquisitivo, mixto o mexicano, lo cual abordaremos en el siguiente apartado.
- Sistema Acusatorio.
Este sistema adoptado por Grecia en siglo V antes de cristo y desarrollado en Roma en el siglo II antes de cristo, el cual se transformó en inquisitivo en el inicio de siglo l en el imperio romano, siendo perfeccionado en el siglo II de nuestra era.
Así, tenemos que en la época primitiva, prevalecía el interés privado, es decir, solo se iniciaba a petición de la parte ofendida o de sus familiares, para luego delegar esta posibilidad a la sociedad, en la actualidad en los países democráticos, y en donde existe órgano acusador del Estado, prevalece este sistema.
Laas características que imperan en el mismo son: las actuaciones de acusación (ministerio público), defensa (defensor) y decisión (Juez o magistrado), la libertad de las personas está garantizada con derecho fundamentales y humanos, prevalecen los principios de igualdad, moralidad, publicidad, concentración, inmediación y contradicción, a las partes les corresponde aportar los medios de prueba, la acusación es a instancia de la parte del ofendido, sin ser oficiosa, el acusador puede tener representante (ministerio público), libertad de prueba, el acusado es defendido por un defensor particular o público, el juez tiene funciones ilimitadas de decisión legal, predomina la oralidad en la instrucción y el debate, prevalece el interés privado en la reparación del daño, y el juicio es público.
- Sistema inquisitivo.
Su antecedente es la república Romana, este proceso se dividía en: procedimiento penal público y privado.
Este sistema adquiere auge con la propagación que hicieron de él los emperadores de oriente, ya en el siglo XII, se aplica en Francia, conservando las características de los gobiernos despóticos, las cuales son: acusación oficiosa, la acusación, defensa y decisión recaen en una sola persona (el juez), prevalece la verdad material, la privación de la libertad está a capricho del juez, impera la escritura, la instrucción y el juicio son secretos, existe la declaración anónima, la confesión se obtiene mediante tormento, la defensa es nula y las pruebas la obtiene el juez.
- Sistema Mixto.
Este sistema se considera como mezcla de los dos anteriores, sin embargo, el mismo tiene características autónomas, es decir, la acusación le corresponde al Estado, la instrucción y el juicio al juez y las partes.
Los antecedentes de este sistema los encontramos en la etapa de transición de la República al Imperio Romano, y adquiere relevancia con asiento en los elementos ideológicos de la revolución francesa.
Sus principales características son las siguientes: se aplican los principios de los sistemas acusatorio e inquisitivo, se inicia el proceso con la acusación del Ministerio Público, la instrucción es secreta y escrita, el juicio se rige por los principios de: oralidad, publicidad, contradicción, la defensa tiene limitaciones, el juez cuenta con libre valoración de pruebas, las pruebas las aportan las partes y puede el juez allegarse medios de convicción.
- Sistema Mexicano.
Aún en la actualidad tenemos en México reminiscencias de un proceso penal mixto, el cual se pretende desterrar con un nuevo sistema penal mexicano, para ello se establecen reformas constitucionales del dieciocho de junio de dos mil ocho, las cuales establecen en su artículo 20, “Que el proceso penal será acusatorio y oral, el cual se regirá por los principios de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediacíon”.
Asimismo, en el artículo 19 Constitucional se establece: “Que todo proceso se seguirá forzosamente por el hecho o hechos delictivos señalados en el auto de vinculación a proceso”.
De donde se obtiene que el procedimiento penal se inicia con la investigación preliminar (presentación de la denuncia o querella, hasta el ejercicio de la acción penal, las etapas del proceso con las siguientes fases: la de plazo constitucional, la de investigación formalizada, la intermedia o de preparación del juicio oral, la de juicio oral y la fase impugnativa.
Para entender todas estas etapas del nuevo sistema penal mexicano, tenemos que el periodo de investigación, corresponde al Ministerio Público en coordinación con la policía y el cuerpo de peritos, la que se inicia con la denuncia o querella, la cual puede ser anónima, se estructura en acta carpeta, la temporalidad de esta etapa es de cuarenta y ocho horas, con detenido, para el caso de que no haya detenido se atenderá a las reglas de la prescripción del delito.
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