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FILOSOFÍA DEL DERECHO.


Enviado por   •  17 de Febrero de 2016  •  Apuntes  •  2.001 Palabras (9 Páginas)  •  286 Visitas

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UNIVERSIDAD AUTONOMA DE NUEVO LEON

FACULTAD DE DERECHO Y CRIMINOLOGÍA

LIC. EN DERECHO

FILOSOFÍA DEL DERECHO

DR.EMANUEL SALDAÑA MENDOZA

ALUMNO: RICARDO EDSON CARRANZA GONZÁLEZ

MATRICULA: 1379495

AULA: 104

CUIDAD UNIVERSITARIA, SAN NICOLÁS DE LOS GARZA, 13 DE FEBRERO DEL 2015

INTRODUCCIÓN

En el estudio del Derecho a lo largo de esta licenciatura hemos analizado diversos conceptos jurídicos que hacen base a nuestra formación como profesionales del Derecho. En el trabajo escolar, nos enfrentamos a diversas asignaturas que nos ayudarán a esta formación, una de las asignaturas, que promueve  la reflexión de los valores primeros y últimos del Derecho, para emitir juicios sobre la función y participación en el orden social, la democracia y la justicia como baluartes de la formación profesional del abogado, le llamamos Filosofía del Derecho.

Esta asignatura, se presenta como unidad de aprendizaje que promueve al alumno la justificada necesidad de la existencia del derecho en la vida social como medio eficaz para interpretar la norma jurídica de forma pertinente, para que la aplicación sea justa utilizando la capacidad analítica y sintética de manera responsable y honesta.

Haciendo hincapié en el objetivo más predominante de esta asignatura, nos centramos a la presentación de la siguiente investigación documental, que basa su desarrollo en obtención de análisis y datos que provinieron de materiales impresos y electrónicos (éstos últimos en su mayoría), y que tiene por objeto general el estudio y análisis de la concepción de Derecho natural (Iusnaturalismo) y Derecho positivo (Iuspositivismo) así como sus características.

Es de suma importancia dejar claro que el desarrollo de los conceptos que se investigaron es solamente la base en lo que compete el desarrollo de estos, ya que se tomaron en cuenta algunos de los muchos puntos de vista teóricos que existen en la doctrina, junto con estos conceptos, viene seguida de la opinión personal del autor de esta investigación.

En este trabajo se desarrollarán los conceptos de Derecho positivo, sus características, así como la concepción del Iusnaturalismo, consiguiente del Derecho natural, sus características, el Iusnaturalismo y su relación con este, asi como ejemplificaciones y puntos de vista personales.

DERECHO POSITIVO

“El derecho positivo es el conjunto de normas jurídicas escritas por una soberanía, esto es, toda la creación jurídica del órgano estatal que ejerza la función legislativa.”

El concepto que se toma en cuenta para definir el derecho positivo es demasiado claro, hace evidente que este derecho corresponde al estudio de toda norma jurídica que haya sido expedida por el estado, se clasifica como vigente o no vigente y no solamente se rige al estudio de las leyes del mismo estado, sino también a aquellas que rigen de ésta (acuerdos internacionales, reglamentos mundiales,etc)

Abelardo Torré,  dice que se puede clasificar en:

 Derecho positivo vigente: es aquel que es obligatorio obedecer por la gente, se aplica y se cumple, por ejemplo: si se presenta una situación de conflicto de identidad (que es un derecho humano) se aplica La Constitución, si aparece un conflicto con el medioambiente (por ejemplo contaminación por una fábrica) se podrá aplicar la ley de residuos peligrosos, y así en otros casos.

Aquí hace una ejemplificación en donde el derecho positivo se rige por medio de la población ala que gobierna, dejando en claro cuando se maneja en diversas situaciones jurídicas.

 No vigente: es aquel que no se aplica, ya sea actual (una ley que no ha alcanzado vigencia, por ejemplo una ley valida pero que aún no es obligatorio su cumplimiento por tener fecha diferida de comienzo de vigencia u obligatoriedad)), o histórico (por ejemplo una ley derogada como la ley que establecía la doble indemnización para los despidos, o el Derecho Romano)

Analizando el punto anterior, nos remontamos al momento de hacer una ley vigente, no se puede acatar lo que la ley sostenga si aún no está en vigencia, habrá que esperar hasta que se llegue la fecha de vigencia de esta ley para hacerla valer.

Otros autores identifican a este derecho de diferentes maneras, entre ellos García Maynez lo identifica con el que se cumple, y lo diferencia del derecho no vigente; Kelsen lo identifica con las normas que efectivamente serán obedecidas y no menciona el vigente o no vigente, entre otros.

En lo personal, considero que un ordenamiento jurídico será más efectivo cuando se cumplan de manera libre por las personas a las cuales les rige.

IUSPOSITIVISMO: CORRIENTE FILOSÓFICA

A través de los siglos, el estudio del uispositivismo ha tenido diferentes acepciones que tratan de entablar o encuadrar lo que refiere ésta corriente filosófica, pero el autor qué más ha sido un asentamiento a lo que se refiere este concepto es el Autriaco Hans Kelsen, quien dice que "positivismo jurídico" es el nombre que damos a la teoría jurídica que concibe únicamente como "derecho" al derecho positivo, esto es, al derecho producido por actos de voluntad del hombre.

Para este autor, dos son las consecuencias del positivismo jurídico:

  1. La distinción entre el derecho y la moral, como dos ordenes sociales diferentes, y la distinción consiguiente entre derecho y justicia por entender que la justicia es el modo como la moral se proyecta en el campo del derecho;

  1. La idea de que todo derecho estatuido por quienes se hallan autorizados para producir normas jurídicas debe corresponder a la exigencia política y jurídica de la previsibilidad de la decisión jurídica y a la exigencia de la seguridad jurídica.

Este autor, siendo un exponente y considerado como jurista positivista, nos orienta a que la diferencia que hay entre el derecho y la moral se remarca demasiado y aunque sean relevantes una de otra “justicia como modo donde la moral se proyecta en el campo del derecho” se proyectan como herramientas que aunque tienen un marco teórico muy completo son esferas que tienen mucho que ver entre si.

Y en la segunda consecuencia del positivismo jurídico hace referencia a la vigencia del derecho positivo en la manera en que las leyes que sean expedidas por un gobierno debe atender ciertas “previsidades” de la decisión jurídica del pueblo en el que se rige, siendo vigente para corresponder a una seguridad jurídica de estas personas a las cuales se les está rigiendo.

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