LA PERSONAS HUMANA. CAPACIDAD
Enviado por agustin contrera • 30 de Mayo de 2019 • Informe • 4.027 Palabras (17 Páginas) • 160 Visitas
LA PERSONAS HUMANA. CAPACIDAD
1.1. Personas: concepto. Visión jurídica sobre la persona. Introducción. Evolución. Criterios actuales. (art. 19 y ss.; 141)
1.2. Persona humanas. Concepto. Comienzo de la existencia. Personas por nacer. Concepción.
Embarazo. Duración. Las técnicas de reproducción asistida. Ley Nacional Nº 26.862. (Genética y Derecho. Interrupción voluntaria del embarazo. Debates actuales frente a los cambios normativos. Antecedentes jurisprudenciales (Caso Fal).) falto resumir y leer
2.1. La Capacidad de la persona humana. Concepto. La progresividad. Especies (art. 22 y 23 CCyC): de Derecho y de ejercicio. Sistema de protección y apoyo. Control Judicial. Actuación del Ministerio Público.
3.1. Los menores de edad. Menores y adolescentes. Estándar de “edad y grado de madurez suficiente”. Ejercicio de derechos sobre su propio cuerpo (art. 26 CCyC). Participación en relación a decisiones sobre su persona. Capacidad Contractual. Alimentos. Edad nupcial.
3.2. Cesación de la Minoridad. Mayoría de edad. Emancipación por matrimonio (art. 27). Capacidad Laboral (art. 30). Capacidad Procesal. Imputabilidad de los menores
1.1. Personas: concepto. Visión jurídica sobre la persona. Introducción.
Hay algunos que sostienen que la persona es el hombre, y todo hombre por el hecho de serlo es una persona en el mundo del Derecho.
Otra corriente de opinión sostiene que persona es un concepto jurídico, mientras que hombre es un concepto e la naturaleza. Para esta corriente el hombre es persona cuando el mismo ordenamiento jurídico le atribuye capacidad u otros elementos accidentales como nacionalidad, status, etc.
Evolución. . (art. 19 y ss.; 141)
Derecho romano:
Iusnaturalismo:
La persona como concepto jurídico
Las desviaciones el siglo XX
Criterios actuales
La condición de humano es el único requisito para ser persona. Esta idea se vincula directamente con la noción de igualdad que las constituciones consagran. El derecho se limita a reconocer una verdad impuesto por la naturaleza: el hombre es persona, y siempre será persona.
a- capacidad y personalidad: La persona no esta definida por su capacidad. El CCyC considera innecesaria una definición pues se refiere directamente a la “persona humana”
b- los atributos de la personalidad: el derecho moderno reconoce la existencia de atributos esenciales a toda persona; son el nombre, el estado, la capacidad, el domicilio y los denominados derechos de la personalidad.
c- derechos de la personalidad: se parte de la noción fundamental de la inviolabilidad de la persona humana y su dignidad personal como valor máximo a respetar y de el derivan el resto de sus derechos personalísimos: intimidad, honor, imagen, identidad y cualquier otro que resulte de su dignidad personal. (art 51 Y 52)
d- Comienzo y fin de la persona: el CCyC dispone que la persona comienza con su concepción. Al no hacer aclaraciones se entiende que comprende tanto a la concepción natural como a la fuera del seno materno, esto es in vitro.
La personalidad concluye con la muerte
e- voluntad y negocio jurídico:
1.2. Personas humanas. Concepto. Comienzo de la existencia. Personas por nacer. Concepción.
Embarazo. Duración. Las técnicas de reproducción asistida. Ley Nacional Nº 26.862. Genética y Derecho. Interrupción voluntaria del embarazo. Debates actuales frente a los cambios normativos. Antecedentes jurisprudenciales (Caso Fal).
Personas humanas. Concepto. Comienzo de la existencia. Personas por nacer. Concepción.
a- todo hombre es persona: nuestro Derecho también acepta la idea de que todo hombre es persona. En la Constitución Nacional se consagra expresamente la igualdad ante la ley, la que es extendida en favor de los extranjeros, es abolida la esclavitud, etc. Tambien el pacto internacional de costa rica dispone expresamente que toda persona tiene derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica. De allí que el resto del ordenamiento jurídico no podría desconocer la personalidad de algún ser humano.
b- la definición legal: el CCyC define a la persona jurídica en el art 141 pero no hace lo mismo con la persona humana.
c- clasificación de las personas: el código distingue las personas humanas de las personas jurídicas. A la vez estas ultimas se dividen en publica y privada.
Comienzo de la existencia
a) el derecho romano: se consideraba que la existencia de las personas comenzaba desde el momento del nacimiento
b) el criterio de Savigny:
c) criterio de los códigos decimonónicos: la existencia de las personas comienza con su nacimiento. Sin embargo, han tenido que reconocer la adquisición de derechos y por ende una cierta capacidad jurídica en estos sujetos que se encuentran concebidos pero aun no nacidos. Incurrieron a una grave incoherencia, pues se otorgan derechos sin que exista sujeto, sin una persona que sea soporte de ellos.
d) código de Freitas: La existencia comienza desde la concepción.
e) criterio del código civil derogado: establecía en el articulo 70 que la existencia de la persona comienza desde su concepción en el seno materno.
f) el pacto de san José de costa rica: determina “toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho estará protegido por le y en general, a partir del momento de la concepción.”
e) la Constitución Nacional: dice “Dictar un régimen de seguridad social especial e integral en protección del niño en situación de desamparo, desde el embarazo hasta la finalización del período de enseñanza elemental, y de la madre durante el embarazo y el tiempo de lactancia.”. la idea de de inicio de la vida y de la protección de la persona por nacer desde la concepción, ha sido sustituida por la tutela desde el embarazo, condición que es de la madre y no del nasciturus
h) la convención sobre los derechos del niño: “… debe interpretarse por niño todo ser humano desde su concepción y hasta los 18 años”
i) la sentencia de la CIDH en Artavia murillo: desde la concepción.
j) código civil y comercial de la nación: se rebaja a decir “la existencia de la persona humana comienza con la concepción”.
La técnica de reproducción humana asistida
Estos son todos aquellos medios por los cuales el hombre interviene artificialmente el acto de la procreación.
Existen dos grupos: los que se basan en la inseminación artificial y las que se realizan a través de la fecundación extracorpórea o in vitro.
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