La implementación del curso de religión en las escuelas públicas del Perú
Enviado por Alexandra Ramos • 4 de Junio de 2023 • Documentos de Investigación • 1.990 Palabras (8 Páginas) • 72 Visitas
RÚBRICA DE CALIFICACIÓN DEL AVANCE 1
Criterios | Descripción | Puntaje máximo | Puntaje obtenido |
Estructura lógica del esquema | Establece, en su esquema, una relación clara y lógica entre tema, pregunta, postura, razón y respaldos, de modo que estos fundamentan la razón y esta última sostiene la postura, la cual responde la pregunta de investigación. | Hasta 3 | |
Coherencia y cohesión textual | Elabora un texto coherente y cohesionado. Construye párrafos que desarrollan la propuesta argumental de manera ordenada y clara. | Hasta 3 | |
Solidez del argumento | Desarrolla los respaldos de su argumento de modo suficiente, de manera que se ajustan a la realidad histórica y social que describen y, con ello, demuestra dominio del tema. | Hasta 6 | |
Intertextualidad: diálogo y originalidad | Contribuye de manera personal a un debate académico en el área precisada a través de un diálogo con autores diversos, siguiendo las convenciones académicas. Incluye fuentes académicas adecuadamente citadas en el texto y referidas en la bibliografía de acuerdo con el sistema indicado por el/la docente. | Hasta 5 | |
Estrategias argumentativas | Usa de modo pertinente la estrategia argumentativa más conveniente para sostener su postura (uso de definiciones, construcción de generalizaciones, argumentos pragmáticos). | Hasta 3 | |
Convenciones normativas del español | Para su evaluación, se considerará el cumplimiento de las convenciones normativas de la lengua española (uso de signos de puntuación, reglas ortográficas y reglas de construcción oracional). Se descontará considerando el tipo y la recurrencia del error, así como cuánto afecte este el sentido. (Hasta -3 puntos) | ||
NOTA |
AVANCE 1
FORMATO-RÚBRICA
Apellido y nombre: Ramos Alexandra
Código: 20226117
Sección: 0696
PRIMERA PARTE. TEMA, PREGUNTA DE INVESTIGACIÓN Y POSTURA
Tema específico
La implementación del curso de religión en las escuelas públicas del Perú.
Pregunta de investigación
¿Se debe imponer la religión católica en las escuelas públicas del Perú?
Postura
Las escuelas públicas del Perú deberían mantener una educación laica.
SEGUNDA PARTE. ESQUEMA DEL ARGUMENTO
Postura propia
Razón: Según la Constitución peruana, el Estado es laico, por lo que no debería promover ningún tipo de religión
Por definición
- Un país se considera laico cuando su Constitución no otorga un estatus oficial a ninguna religión o culto, lo que significa que el Estado no tiene una posición religiosa definida y no favorece a ningún culto o creencia en particular (Editorial Etecé 2022).
- La definición de Estado laico implica que ninguna religión o iglesia sea privilegiada frente a otra, lo cual está reconocido en la Ley Nro. 29635 de Libertad Religiosa, que refiere que todas las entidades religiosas cuentan con los mismos beneficios (Católicas por el Derecho a Decidir 2012),
- La libertad de culto implica que el Estado asegure que ningún grupo pueda imponer a otro individuo la pertenencia o una identidad confesional en razón de sus orígenes; es decir, que todos, libremente, sean capaces de escoger, o no, una opción religiosa y espiritual ( Informe de la Comisión Stasi 2003).
TERCERA PARTE. REDACCIÓN DEL ARGUMENTO
En el Perú, hay un debate recurrente sobre si se debería eliminar el curso de Religión del plan de estudios escolar. Esto se debe a que Perú es un Estado laico según la Constitución de 1993, lo que significa que ninguna religión tiene un estatus oficial en el país. Por lo tanto, es cuestionable que la religión se enseñe como una materia ordinaria en las escuelas públicas, y la discusión se ha reflejado en distintas posturas.
Por un lado, se sostiene que, según la Constitución peruana, el Estado es laico, por lo que no debería promover ningún tipo de religión, lo que se ha fundamentado con los siguientes respaldos. En primer lugar, un país se considera laico cuando su Constitución no otorga un estatus oficial a ninguna religión o culto, lo que significa que el Estado no tiene una posición religiosa definida y no favorece a ningún culto o creencia en particular. Como resultado, los ciudadanos tienen completa libertad para practicar cualquier religión o creencia, siempre y cuando no viole las leyes ni afecte a los demás (Equipo Editorial Etecé 2022). Con referencia a ello, considero que, un Estado laico se caracteriza por permitir la diversidad de creencias religiosas y su convivencia, garantizando que el Estado no apoye ni favorezca a ninguna religión en particular, manteniéndose neutral. Es importante distinguir un estado laico de uno ateo, ya que el primero permite la práctica de creencias religiosas mientras que el segundo las prohíbe de manera explícita. Según la organización sin fines de lucro, Católicas por el Derecho a Decidir, en un Estado laico, los representantes políticos deben gobernar para toda la población, basándose en los derechos humanos y el interés público, sin imponer sus creencias religiosas personales. En este tipo de Estado, la legitimidad de las autoridades proviene de la ciudadanía que las eligió, no de las jerarquías religiosas, cuyo nivel de representación de su feligresía es cada vez menor (2012). A pesar de que todas las iglesias, incluida la católica, tienen una pluralidad de ideas y voces, las personas construyen y legitiman su fe a partir de sus propias experiencias y vivencias, lo que a menudo difiere de la interpretación única de la doctrina.
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