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Las Nuevas Reformas Laborales


Enviado por   •  24 de Octubre de 2012  •  2.794 Palabras (12 Páginas)  •  639 Visitas

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LAS NUEVAS REFORMAS LABORALES

o Se reservan 270 artículos para la discusión particular

El pleno la avala con 351 votos a favor, mientras que se registraron 130 en contra y 10 abstenciones

CIUDAD DE MÉXICO (28/SEP/2012).- El pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general el dictamen de reforma laboral, que entre otros puntos contempla la regulación del llamado outsourcing, nuevas modalidades de contratación para incluir los periodos de prueba, contratos de capacitación inicial y para el trabajo de temporada.

Durante la sesión de este viernes en el Palacio Legislativo de San Lázaro, interrumpida en dos ocasiones, el dictamen fue aprobado con 351 votos en favor, mientras que se registraron 130 en contra y 10 abstenciones. Además hubo más de 270 artículos en reserva para la discusión particular.

Ante la toma de la tribuna por parte de un centenar de legisladores de izquierda, la presidencia de la Mesa Directiva, encabezada por Jesús Murillo Karam, dirigió la sesión desde un balcón y las posturas de las bancadas se fijaron desde las curules.

Antes, integrantes del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) se introdujeron al Palacio Legislativo de San Lázaro y llegaron a unos metros del salón de plenos para lanzar consignas contra los legisladores del PRI y PAN.

David de la Garza acusó que con ese proyecto se pondrían en riesgo los derechos de la clase obrera y señaló que los diputados debieron haber consultado a investigadores y especialistas en la materia.

También rechazó que con esa iniciativa se generen más empleos para los jóvenes y se reduzca la pobreza entre la población.

LO SAQUE DE: http://www.informador.com.mx/mexico/2012/407724/6/diputados-aprueban-reforma-laboral-en-lo-general.htm

Diez medidas de la reforma laboral que afectan directamente a los emprendedores

Desde que el Gobierno aprobase el pasado viernes la nueva reforma laboral, muchos han sido los colectivos que han interpretado esta reforma según los intereses del sector al que representan. Como no podía ser de otra manera, las nuevas medidas del Gobierno afectan, sobre todo, a los emprendedores y pequeños empresarios.

Grosso modo, hemos resumido las nuevas reformas en diez puntos que afectan a todos los emprendedores. Tanto a los que aún no han dado el salto como a los que lo dieron hace años:

Si aún no eres autónomo:

1.- Hacerte autónomo. Si estás en paro y has decidido hacerte autónomo, podrás capitalizar el 100% de tu paro para iniciar tu proyecto. Hasta ahora se podía capitalizar el 80%.

Si ya eres autónomo/empresa:

2.- Despidos con 20 días de indemnización. Con la reforma, la tradicional indemnización de 45 días por año trabajado por los despidos improcedentes pasa a 33 días. No obstante, si tu empresa presenta unos balances económicos negativos (o de futuras perspectivas negativas), podrás despedir con 20 días de indemnización. En plena crisis, son escasísimas las empresas que no presenten perspectivas negativas, de modo que, a menos que seas el dueño de Google o Facebook (en cuyo caso aprovechamos para darte la enhorabuena), podrás despedir con 20 días. (La medida no es retroactiva, con lo que para los contratos firmados antes de la reforma se tendrá que hacer un doble cálculo para las indemnizaciones.)

3.- Modificación de las condiciones de trabajo. Si quieres bajarle (o subirle) el sueldo a un empleado o bajarle (o subirle) las horas de trabajo, ahora puedes. La reforma establece que "la dirección de la empresa podrá acordar modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo", siempre que aludas "probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción". Podrás modificar la jornada de trabajo, el horario y distribución del tiempo de trabajo, el régimen a turnos, el salario, el sistema de rendimiento y las funciones de tus empleados. Esta medida puede suponer el adiós definitivo a las horas extras.

4.- Despido por no aceptar las nuevas condiciones. Si tu empleado no acepta una bajada de sueldo o una subida de horas de trabajo, podrás despedirle según las nuevas causas objetivas de despido. Según la reforma, "se entiende que concurren causas económicas cuando de los resultados de la empresa se desprenda una situación económica negativa, en casos tales como la existencia de perdidas actuales o previstas, o la disminución persistente de su nivel de ingresos o ventas. En todo caso, se entenderá que la disminución es persistente si se produce durante dos trimestres consecutivos".

5.- Convenios laborales. A menudo los convenios sectoriales chocan con los convenios laborales establecidos por las empresas. Si ése es tu caso, a partir de ahora el convenio de tu empresa primará por encima del sectorial. De este modo, tu postura estará por encima de la de los sindicatos.

6.- Encadenamiento de contratos temporales. Si te alegraste cuando el Gobierno de Zapatero estableció el permiso para encadenar contratos temporales indefinidamente, vete olvidando de ello. A partir del 31 de diciembre, habrá un nuevo límite: 24 meses. Tras esos dos años, tu trabajador tendrá que ser fijo.

7.- Nuevo período de prueba. Si tu empresa tiene menos de 50 trabajadores (en cuyo caso te encuentras dentro del 95% del tejido productivo español), tus contratos indefinidos alargarán el período de prueba hasta los 12 meses. Pasado ese año, podrás rescindir el contrato sin preaviso y sin indemnización.

8.- Deducciones fiscales. Si el primer empleado al que contratas es menor de 30 años, obtendrás una deducción fiscal de 3.000 euros. Además, si tu empleado estaba cobrando el paro, podrá seguir cobrando el 25% de ese paro a la vez que tu sueldo. Por otro lado, tú también podrás deducirte el 50% de su paro restante. Por otro lado, si tu trabajador es mayor de 45 años y ha estado al menos 12 meses inscrito en el Inem 18 meses antes de que lo contratases, tu empresa tendrá derecho a una bonificación en la cuota empresarial a la Seguridad Social de 1.300 euros anuales durante tres años.

9.- ERE´s sin autorización. Si tienes pensado ejecutar un número considerable de despidos (ya sean definitivos -ERE- o temporales -ERTE-), ahora podrás hacerlo más rápido. La reforma elimina la autorización previa por parte de la administración, con lo que la empresa obtiene la anhelada falta de intervención del estamento público.

10.- Contratos de formación hasta los 30 años. Los contratos de formación y aprendizaje podrán ser aplicados a trabajadores de hasta 30 años de edad siempre que la tasa de

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