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Reformas Laborales


Enviado por   •  11 de Febrero de 2013  •  2.899 Palabras (12 Páginas)  •  380 Visitas

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Con fecha 30 de noviembre del 2012 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo”.

Tendrá vigencia a partir del 1 de Diciembre del 2012 y se irá adecuando en los siguientes meses.

Entre otras las modificaciones más importantes son:

• Control de las empresas de servicios Outsourcing

• Trabajo por horas

• Se implementa la definición de los Contratos a prueba

• Determinación de los Salarios caídos o vencidos y las causales de despido

• Regulación de trabajadores Mexicanos en el Extranjero

No se aprobaron los artículos 388 bis y 390 referente a la transparencia de los sindicatos.

Es importante conocer a fondo lo que dice la reforma considerando la gran falta de información y como ésta se ha deteriorado por los medios de comunicación y la opinión popular.

Un punto importante es que los juicios vigentes iniciados con anterioridad a la publicación de las nuevas disposiciones de Ley Federal del Trabajo deberán concluirse bajo las condiciones anteriores con fundamento en el artículo 11 transitorio del decreto.

INTRODUCCION

En primer lugar, es necesario señalar que desde el proyecto mismo, la reforma laboral está informada de una política de derecho que persigue la modificación del ordenamiento jurídico laboral, tras objetivos claramente determinados.

a. los cambios que se producen en las relaciones laborales por efecto de la globalización y las nuevas tecnologías;

b. la ratificación por el Estado de Chile de los convenios básicos de libertad sindical; y, la necesaria vigencia de la ley laboral, a través de mecanismos adecuados para su efectivo cumplimiento.

De ahí que la política de derecho expresada en el proyecto, se expresa en la ruptura del modelo típico de contrato de trabajo a través de las nuevas formas de contratación, que implican adaptar el modelo contractual a las formas de la organización de la empresa y del trabajo, consagrando nuevos tipos contractuales – algunos de ellos ya vigentes en la práctica – como es el de jornada parcial y el teletrabajo; los ajustes al derecho positivo en materia de orgánica sindical, en términos de reconocer la normativa incorporada al derecho interno por los convenios de OIT; y, la reafirmación de los derechos constitucionales en la empresa, la ampliación del principio de no discriminación en virtud del convenio 111 de OIT y modificaciones en el régimen de sanciones.

De este modo, el equilibrio inicial del proyecto consideraba aspectos innovativos para el derecho interno como otros de plena aplicación pero que requerían del ajuste del derecho positivo, los que se complementaron posteriormente con otras materias durante la tramitación parlamentar

SUBCONTRATACIÓN

No abarcar totalidad de

actividades contratadas,

iguales o similares que se

desarrollen en centro de trabajo.

Debe justificarse por su

carácter especializado.

No comprender tareas iguales o

similares a las que realizan el resto de

trabajadores al servicio del

contratante. Art. 15-A

Debe constar por escrito.

Cerciorarse qué contratista

cuenta con elementos para

cumplir obligaciones

contratadas. Art. 15-B

Verificar qué contratista cumple

con seguridad social. Se pude

hacer con unidad verificadora

acreditada. Art. 15-C

No se permitirá con el fin

deliberado de disminuir

derechos laborales

Se puede multar con 250 a 5000 SM.

Art. 15-D

Se multará equivalente a 250 a 5000

SM a quien utilice régimen de

subcontratación de personal de

forma dolosa. Art. 1004-C

Art. 1004 A

1.2

TIPOS DE RELACIÓN

DE TRABAJO

Debe constar en el escrito de

las condiciones de trabajo. Art.

25

A falta de expresión expresa

será indeterminada. Art. 35

CONTRATO POR OBRA.

No tiene modificación.

CONTRATO POR TIEMPO

DETERMINADO

No tiene modificación.

CONTRATO

INDETERMINADO.

No tiene modificación.

CONTRATO A PRUEBA.

Nueva modalidad.

CONTRATO DE

CAPACITACIÓN INICIAL.

Nueva modalidad.

CONTRATO POR

TEMPORADA.

Nueva modalidad.

TEMAS

1.1

SUBCONTRATACIÓN

1.2

TIPOS DE RELACIÓN DE

TRABAJO

1.3

CONTRATO A PRUEBA

1.4

CONTRATO DE

CAPACITACIÓN INICIAL.

1.5

CONTRATO POR

TEMPORADA

1.6

SALARIO POR UNIDAD

DE TIEMPO

1.7

FORMAS PARA EL PAGO

DE SALARIO

1.8

LABORES CONEXAS

1.9

RESCISIÓN DE RELACIÓN

SIN RESPONSABILIDAD

PARA EL PATRÓN,

INDEMNIZACIÓN Y

SALARIOS CAÍDOS.

1.10

RESCISION DE RELACIÓN

SIN RESPONSABILIDAD

PARA EL TRABAJADOR

Relación Individual Laboral

REFORMA LABORAL MÉXICO 2012 NOVIEMBRE 20123

1.3

CONTRATO A

PRUEBA

Debe constar en el escrito de

las condiciones de trabajo. Art.

25

Cuando la relación sea

indeterminada o exceda de 180

días.

Periodo no puede exceder de 30

días. Excepción: Solo puestos

dirección - administración o

profesiones especializadas, puede ser

hasta 180 días.

Salario y seguridad social

conforme a puesto que

desempeñe.

Si no acredita requisitos o

conocimiento, a juicio de

patrón, opinión Comisión Mixta de

Productividad, Capacitación y

Adiestramiento, se da por

terminada sin responsabilidad

para patrón. Art. 39-A

Tiene que ser por escrito y dar

seguridad social, sino se entiende

indeterminada. Art. 39-C

Terminando periodo, si

relación continúa es

indeterminada.

Son improrrogables. No puede

aplicarse de forma sucesiva,

aun cuando haya ascensos, puestos

distintos o concluya una relación.

Art. 39-D

El tiempo se computa para

antigüedad. Art. 39-E

1.4

CONTRATO DE

CAPACITACIÓN

INICIAL.

Debe constar en el escrito de

las condiciones de trabajo. Art.

25

...

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