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Legislación código sustantico


Enviado por   •  6 de Noviembre de 2018  •  Práctica o problema  •  2.694 Palabras (11 Páginas)  •  213 Visitas

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  1. Qué es accidente de trabajo y quién lo debe pagar o asumir? Art. 199

Se entiende por accidente de trabajo todo suceso imprevisto y repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo y que produzca al trabajador una lesión orgánica o perturbación funcional permanente o pasajera, y que no haya sido provocado deliberadamente o por culpa grave de la víctima.

  1. En que eventos se considera que hay accidente de trabajo? Art. 199

Suceso imprevisto y repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo y que produzca al trabajador una lesión orgánica o perturbación funcional permanente o pasajera, y que no haya sido provocado deliberadamente o por culpa grave de la víctima

  1. Qué es enfermedad laboral y quien debe pagarla o asumirla? Art. 200

Se entiende por enfermedad profesional todo estado patológico que sobrevenga como consecuencia obligada de la clase de trabajo que desempeña el trabajador o del medio en que se ha visto obligado a trabajar, bien sea determinado por agentes físicos, químicos o biológicos.

  1. Que sucede si el trabajador se opone a recibir la atención médica que le proporciona el Patrono? Art. 208

El trabajador que sin justa causa se niegue a recibir la atención médica que le otorga el empleador, pierde el derecho a la prestación en dinero por la incapacidad que sobrevenga a consecuencia de esa negativa.

  1. Quién Debe cancelar la prestación por muerte del trabajador? Art. 212

La calidad de beneficiario de la prestación establecida en el ordinal e) del artículo 204 se demuestra mediante la prestación de las copias de las partidas eclesiásticas o registros civiles o de las pruebas supletorias que admite la ley, más una información sumaria de testigos que acrediten quienes son los únicos beneficiarios, declarándolos por su número y nombres precisos y la razón de serlo. Comprobada así dicha calidad y hecho el pago a quienes resulten beneficiarios, el empleador respectivo se considera exonerado de su obligación, y en caso de que posteriormente aparecieren otros beneficiarios, aquellos que hubieren recibido el valor de la prestación están solidariamente obligados a satisfacer a los nuevos beneficiarios las cuotas que les correspondan.

  1. A quién y cómo debe hacerse el pago de la prestación por muerte del trabajador? Art. 212

Antes de hacerse el pago de la prestación el empleador que la hubiera reconocido debe dar aviso público, con treinta (30) días de anticipación, indicando el nombre del fallecido y de las personas que se hubieren acreditado como beneficiarios. Tal aviso debe darse en la prensa del lugar por dos (2) veces a lo menos, y en donde no existieren publicaciones periódicas, por medio de una nota al Alcalde del Municipio, quien la dará a conocer por bando en dos días de concurso. Este aviso tiene por objeto permitir que todo posible beneficiario se presente a reclamar.

  1.   Qué sucede con los pagos que ha realizado el patrono por concepto de incapacidad

Permanente parcial o total, si se produjere la muerte posterior del trabajador a causa de

Enfermedad o accidente laboral? Art. 213

Cuando la muerte del trabajador ocurriere como consecuencia y efecto natural del accidente de trabajo o de la enfermedad profesional, dentro de los dos (2) años siguientes a la ocurrencia del accidente o al diagnóstico de la enfermedad, el empleador a cuyo servicio se realizó el riesgo debe pagar la prestación por muerte, pero las sumas que se hubieren pagado por razón de la incapacidad permanente, total o parcial, se descontarán de la prestación por muerte.

  1. Cuál es el término o plazo con el que cuenta el patrono para dar aviso de la ocurrencia del Accidente de trabajo? Art. 220

La información de que se trata este artículo debe darse dentro de los ocho (8) días siguientes al de la ocurrencia del accidente.

  1. Quién debe pagar el auxilio monetario por enfermedad no profesional? Ojo leer nota Art. 227

El empleador

  1. Cómo se lleva a cabo de este auxilio monetario por enfermedad no profesional? Art. 227

Auxilio monetario hasta por ciento ochenta (180) días, así: las dos terceras (2/3) partes del salario durante los primeros noventa (90) días y la mitad del salario por el tiempo restante.

  1. En qué casos no se paga el auxilio monetario por enfermedad no profesional? Art. 229

a). A la industria puramente familiar.

b). A los trabajadores accidentales o transitorios;

c). A los artesanos que, trabajando personalmente en su establecimiento, no ocupen más de cinco (5) trabajadores permanentes extraños a su familia,

d). A los criados domésticos, los cuales tienen derecho a la asistencia médica y farmacéutica corriente en caso de cualquier enfermedad y al pago íntegro de su salario en caso de incapacidad para desempeñar sus labores a consecuencia de enfermedad, todo hasta por un (1) mes.

12. Quién, cómo y cuándo se asume el calzado y el overol para los trabajadores? Artículos 230

Todo patrono que habitualmente ocupe uno o más trabajadores permanentes, debe suministrar cada seis (6) meses, en los días 30 de junio y  20 de diciembre, en forma gratuita, un par de zapatos de cuero o caucho, a todo trabajador cuya remuneración sea a ciento veintiún pesos (121) mensuales.

PROTECCIÓN A LA MATERNIDAD

  1. Quién asume las prestaciones económicas y asistenciales derivadas de la maternidad?

  1. De qué tiempo es la licencia a la que tiene derecho l trabajadora en embarazo? Art. 236 – 1

Toda trabajadora en estado de embarazo tiene derecho a una licencia de catorce (14) semanas en la época de parto, remunerada con el salario que devengue al entrar a disfrutar del descanso

  1. Qué es lo primero que debe hacer la trabajadora cuando se entera de su estado de gravidez? Art. 236-3

Para los efectos de la licencia de que trata este artículo, la trabajadora debe presentar al empleador un certificado médico

  1. Que debe constar en el certificado médico que debe presentar la trabajadora al empleador? Art. 236-3

a) El estado de embarazo de la trabajadora;

b) La indicación del día probable del parto, y

c) La indicación del día desde el cual debe empezar la licencia, teniendo en cuenta que, por lo menos, ha de iniciarse dos semanas antes del parto.

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