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Ley General De Trabajo


Enviado por   •  30 de Junio de 2014  •  661 Palabras (3 Páginas)  •  220 Visitas

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ALCOHOL Y TRANSITO

El pasado 9 de Junio se Publico la Ley Nº27753, que ha modificado el código penal en lo referido a las sanciones para los que conduzcan en estado de ebriedad, lasa que son ahora más drásticas, Es importante recordar lo que estas normas establecen en la actualidad:

Se ha modificado el art. 111 del código penal referido al homicidio culposo, estableciéndose que quien por culpa, ocasiona la muerte de una persona, será reprimido con pena privativa de la libertad no mayor de 2 años o con prestación de servicios comunitarios de cincuenta y dos a cientos cuatro jornadas y que la pena privativa de la Libertad será no menor de cuatro años ni mayor de 8 años e inhabilitación cuando el agente este conduciendo un vehículo motorizado bajo el efecto de de estupefacientes o en estado de ebriedad con presencia de de alcohol en la sangre en proporción mayor de 0.5 gramos-litro, o cuando sean varias las víctimas del mismo hecho o el delito resulte de la inobservancia de las reglas técnicas de tránsito.

Se ha modificado el art. 124º referido a lesiones culposas, estableciéndose que aquel que por culpa causa a otro un daño en el cuerpo o en la salud, será reprimido, por acción privada, con pena privativa de la libertad no mayor de un año y con sesenta a ciento veinte días – multa, la pena será privativa de la libertad no menor de un año ni mayor de 2 años y de sesenta a ciento veinte días multa, si la lesión es grave. La pena privativa de la libertad será no menor de tres años ni mayo de 5 años e inhabilitación cuando el agente haya estado conduciendo un vehículo motorizado bajo el efecto de estupefacientes o en estado de ebriedad, con presencia de alcohol en la sangre en proporción mayor de 0.5 gramos – litro, o cuando sean varias las víctimas del mismo hecho o el delito resulte de la inobservancia de las reglas de transito.

Se ha modificado el art. 274º referido a la conducción en estado de ebriedad o drogadicción estableciéndose que aquel que encontrándose en estado de ebriedad , con presencia de de alcohol en la sangre en proporción mayor de 0.5 gramos –litro, o bajo el efecto de estupefacientes, conduce, opera o maniobra vehículo motorizado, instrumento, herramienta, maquina u otro análogo, será reprimido con pena privativa de la libertad no mayor de un año o treinta días – multa como mínimo y cincuenta días- multa como máximo e inhabilitación, cuando el agente presta servicios de transporte público de pasajeros o de transporte pesado, la pena privativa de la libertad será no menor de uno ni mayor de dos años o cincuenta días – multa como mínimo y cien días –multa como máximo e inhabilitación.

LAS TASA DE ALCOHOLEMIA, en aire espirado son indiciarias en tanto practique el examen de intoxicación alcohólica en la sangre. A continuación reproducimos la tabla de

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