Ley de Fomento y Desarrollo Económico para el Estado de Hidalgo
Enviado por Efrain Ayuso • 17 de Septiembre de 2021 • Documentos de Investigación • 7.773 Palabras (32 Páginas) • 72 Visitas
[pic 1]
Ley de Fomento y Desarrollo Económico para el Estado de Hidalgo.
Instituto de Estudios Legislativos
LEY DE FOMENTO Y DESARROLLO ECONOMICO PARA EL ESTADO DE HIDALGO.
ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN ALCANCE UNO DEL PERIÓDICO OFICIAL, EL 17 DE AGOSTO DE 2020.
Ley publicada en Alcance Uno al Periódico Oficial del 31 de diciembre de 2007.
GOBIERNO DEL ESTADO DE HIDALGO
PODER EJECUTIVO
MIGUEL ANGEL OSORIO CHONG, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE HIDALGO, A SUS HABITANTES SABED:
QUE LA LIX LEGISLATURA DEL H. CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE HIDALGO, HA TENIDO A BIEN DIRIGIRME EL SIGUIENTE:
D E C R E T O NUM. 541
QUE CONTIENE LA LEY DE FOMENTO Y DESARROLLO ECONÓMICO
PARA EL ESTADO DE HIDALGO.
TÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO I
DEL OBJETO DE LA LEY
Artículo 1.- La presente Ley es de orden público, interés social y de observancia general en todo el Territorio del Estado de Hidalgo, y tiene como objeto:
I.- Establecer el marco jurídico que propicie un ambiente favorable para el desarrollo de la inversión productiva, con alto impacto en la generación de empleos;
II.- Definir e instrumentar estrategias y acciones de fomento y competitividad, así como las bases para su implementación, que impulsen el desarrollo económico del Estado;
III.- Establecer la infraestructura institucional necesaria y conveniente, para la atención eficaz de los objetivos, programas y disposiciones establecidos en este ordenamiento;
IV.- Facilitar y respaldar la apertura de nuevas Unidades Económicas, así como mantener y mejorar las condiciones de las ya existentes, a fin de asegurar una mayor competitividad, un crecimiento sostenido y un desarrollo sustentable, en concordancia con las disposiciones Estatal, Federal y Municipales en la materia;
V.- Fomentar la inversión productiva en las actividades económicas Estatales, entre otras: La Industrial, agropecuaria, forestal, comercial, turística, minera, artesanal, de abasto, logística y de servicios, mediante el diseño e instrumentación de políticas públicas, programas, apoyos y estímulos, que respalden la modernización y competitividad sectorial y regional del Estado;
VI.- Promover el crecimiento y desarrollo sustentable de los distintos Municipios y regiones de la Entidad, particularmente los de menor desarrollo relativo;
VII.- Fomentar la creación, desarrollo y consolidación de las micro, pequeñas y medianas empresas, así como de proyectos emprendedores y de las empresas sociales;
VIII.- Facilitar el acceso a los apoyos institucionales y programas de fomento al desarrollo económico, para su óptimo aprovechamiento, en particular en aquellos sectores y regiones estratégicos definidos en el Plan Estatal de Desarrollo;
IX.- Propiciar la participación de los sectores público, privado y social, en el desarrollo económico del Estado, con la participación de las instituciones académicas;
X.- Estimular y fomentar la modernización y ampliación de la infraestructura básica y productiva, que favorezcan el desarrollo de las actividades económicas en la Entidad;
XI.- Alentar la competitividad, modernización y eficiencia de las unidades económicas, dando relevancia a la innovación y uso de tecnología de vanguardia y de cuidado al medio ambiente;
XII.- Diseñar e impulsar una política pública deliberada, que estimule las exportaciones directas e indirectas y la sustitución de importaciones, mediante la producción y comercialización competitiva de productos y servicios hidalguenses;
XIII.- Impulsar el asociacionismo productivo; los agrupamientos empresariales; la articulación productiva; las empresas integradoras; así como el desarrollo de proveedores y de distribuidores, con el propósito de mejorar la competitividad de las Unidades Económicas;
XIV.- Fomentar la modernización y competitividad del comercio y el abasto en la Entidad, favoreciendo el encadenamiento productivo, la eficiencia en la cadena de comercialización y esquemas de integración de las micro, pequeñas y medianas empresas;
XV.- Integrar un sistema de información económica y de registro estadístico empresarial, que soporte y favorezca la formulación de políticas encaminadas a procurar un bienestar integral y sostenible en el Estado, la toma de decisiones, la promoción de inversiones, la apertura de nuevas Unidades Económicas, y la eficiencia para el otorgamiento de apoyos y estímulos, entre otros propósitos;
XVI.- Impulsar las industrias creativas, a efecto de propiciar la inserción de las y los jóvenes al mercado laboral, lo que les permitirá obtener un ingreso económico para satisfacer sus necesidades, mediante el comercio y los derechos de propiedad intelectual;
XVII.- Impulsar la organización económica, el asociacionismo y los proyectos emprendedores a favor de los grupos en condiciones de vulnerabilidad en el Estado, a efecto de abatir el nivel de pobreza y las desventajas socioeconómicas de este sector; y
XVIII.- Impulsar la promoción económica a favor de las mujeres, a efecto de fortalecer la eliminación de la brecha de género en los sectores productivos del Estado y promover la igualdad de oportunidades.
CAPÍTULO II
DE LAS DEFINICIONES
Artículo 2.- Para los efectos de lo establecido en esta Ley, se entenderá por:
I.- ARTICULACIÓN PRODUCTIVA: Mecanismos de unión o vinculación de Unidades Económicas que permite integrar a un conjunto de ellas en sistemas productivos, con el objeto de añadir valor agregado a productos o servicios, a través de las diferentes fases del proceso económico que llevan a cabo, de manera que se propicia la generación de economías de escala;
...