MANCOMUNIDADES Y CONSORCIOS
Enviado por Ivonne Alvarez • 29 de Octubre de 2017 • Documentos de Investigación • 3.543 Palabras (15 Páginas) • 294 Visitas
- ÍNDICE
1 INTRODUCCIÓN 1
2 OBJETIVO GENERAL 2
3 OBJETIVOS ESPECÍFICOS 2
4 QUE SON LAS MANCOMUNIDADES Y CONSORCIOS EN EL ECUADOR 3
5 PROCEDIMIENTO DE CONFORMACIÓN. 3
6 BENEFICIOS QUE BRINDAN 5
7 MANCOMUNIDADES Y CONSORCIOS INSCRITOS EN EL CNC 6
8 COMPETENCIAS GESTIONADAS 7
9 LA MANCOMUNIDAD PROVINCIAL 8
9.1 MANCOMUNIDAD DEL NORTE DEL ECUADOR 8
10 MANCOMUNIDAD CANTONAL 10
10.1 MANCOMUNIDAD DE ALAUSÍ, COLTA Y GUAMOTE. 11
11 MANCOMUNIDAD DE PARROQUIAS RURALES 12
11.1 LA MANCOMUNIDAD DE GOBIERNOS PARROQUIALES DEL NORTE (MALCHINGUI, LA ESPERANZA, TOCACHI Y TUPIGACHI). 13
12 CONSORCIO DE MUNICIPIOS 14
12.1 EL CONSORCIO DE MUNICIPIOS (COMAGA) 14
13 CONSORCIO DE PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS 16
14 CONSORCIOS PROVINCIALES 17
15 CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES 18
16 BIBLIOGRAFÍA 19
INTRODUCCIÓN
La Constitución de la República del Ecuador en sus artículos 238 y siguientes, establece una nueva organización territorial del Estado: en regiones, distritos metropolitanos autónomos, provincias, cantones, parroquias rurales y regímenes especiales, para que a través de sus respectivos gobiernos autónomos descentralizados, se viabilicen y ejecuten las políticas públicas y proyectos de inversión social con el fin de promover el desarrollo sustentable y la redistribución equitativa de los recursos y la riqueza, para acceder al (sumak kawsay).
En este sentido, se establece como política de Estado potenciar a través de los gobiernos autónomos descentralizados la redistribución de la riqueza nacional para el desarrollo de los ciudadanos mediante la ejecución de programas y proyectos de infraestructura, equipamiento, servicios de salud, educación, ejecución de obras, vialidad, vivienda para la población, sin perjuicio de otras asignaciones presupuestarias y de recursos de autogestión.
Para el cumplimiento de tales fines los gobiernos autónomos descentralizados los ejecutan por sí mismos o a través de otros mecanismos de gestión entre los cuales están las mancomunidades y consorcios, que tienen por objeto mejorar la gestión de sus competencias, bajo los principios de solidaridad, subsidiariedad, equidad, interterritorial, integración y participación ciudadana.
OBJETIVO GENERAL
Realizar un trabajo de investigación acerca de las Mancomunidades y consorcios como mecanismos de prestación de servicios en los GAD’s y facilitar la comprensión de este tipo de modalidad de gestión que se da dentro del territorio nacional.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
- Conocer las definiciones de mancomunidades y consorcios según lo establece el código orgánico de organización territorial y autonomía descentralizada, COOTAD.
- Informar acerca de los distintos consorcios y mancomunidades existentes en el país y los beneficios que otorgan cada uno de ellos.
- Ejemplificar mancomunidades que se han formado por nivel de gobierno provincial, cantonal y parroquial rural, y consorcios formados a nivel nacional.
QUE SON LAS MANCOMUNIDADES Y CONSORCIOS EN EL ECUADOR
Los gobiernos autónomos descentralizados (GAD) pueden agruparse entre sí y formar mancomunidades o consorcios para la gestión de las competencias, según el COOTAD encontramos las siguientes definiciones:
Art. 285.- Mancomunidades.- Los gobiernos autónomos descentralizados regionales, provinciales, distritales, cantonales o parroquiales rurales y los de las circunscripciones territoriales indígenas, afroecuatorianas y montubias podrán formar mancomunidades entre sí, con la finalidad de mejorar la gestión de sus competencias y favorecer sus procesos de integración.
Art. 290.- Consorcios.- Los gobiernos autónomos descentralizados de distintos niveles o que no fueren contiguos, podrán formar consorcios con la finalidad de garantizar el cumplimiento de las competencias concurrentes y la prestación de servicios públicos pertenecientes a su ámbito de competencia.
Las mancomunidades y consorcios que se constituyan podrán recibir financiamiento del presupuesto general del Estado para la obra o proyecto objeto del mancomunamiento.
PROCEDIMIENTO DE CONFORMACIÓN.
El artículo 287 y 291 del COOTAD establecen el siguiente procedimiento para la conformación de mancomunidades o consorcios:
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