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Mi poderdante y el señor Ramiro Bocanegra Pérez no acordaron capitulaciones matrimoniales.


Enviado por   •  28 de Agosto de 2017  •  Ensayo  •  1.104 Palabras (5 Páginas)  •  311 Visitas

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Demanda de Divorcio de Matrimonio Civil

Por la Causal del Numeral 3. del Art. 154 del código civil. “Ultrajes, trato cruel y maltratamiento de obra"

Señor                                        
JUEZ DE FAMILIA (REPARTO)                      

E. S. D.  

Ref: Divorcio de matrimonio civil    

                               

 Yenis Benthan Caamaño mayor de edad, vecino de esta ciudad, identificado con la cédula de ciudadanía No. 1.082.974.222 de Santa Marta  abogado en ejercicio con Tarjeta Profesional No. 1427  expedida por el CSJ, en ejercicio del poder conferido por Stefani Peñalver Tamara también mayor de edad y de esta vecindad, identificado con la cédula de ciudadanía No. 1.082.1427.321 de Santa Marta, ante Usted presento demanda de divorcio contra el señor Ramiro Bocanegra Pérez  la cual fundamento en los siguientes:

HECHOS

PRIMERO: Mi poderdante, la Señora Stefani Peñalver Tamara y el Señor Ramiro Bocanegra Pérez, contrajeron matrimonio ante el Juez Civil Municipal de la ciudad de Santa Marta el día. 27 de septiembre de 1992

SEGUNDO: Dentro del matrimonio fueron procreados los siguientes hijos  Carolina Bocanegra Peñalver de 10 años y Camilo Andrés Bocanegra Peñalver de 8 años de edad  

TERCERO: Mi poderdante y el señor Ramiro Bocanegra Pérez  no acordaron capitulaciones matrimoniales.      

CUARTO: La demandada ha incurrido en causal de divorcio, de conformidad con lo estipulado en el Artículo 154 del Código Civil modificado por la Ley 1 a. de 1976, y reformado por la Ley 25 de 1992, consistente en Ultrajes, trato cruel y maltratamiento de obra.

QUINTO: El demandado  ha incurrido en la tercera causal del artículo 154 del Código Civil, pues continuamente, y a veces sin el menor motivo, agrede verbal y físicamente a mi poderdante, con palabras soeces, golpes, cachetadas y puntapiés. Ha llegado a herirla con arma cortopunzante, hasta el punto de tener que llamar los niños a los vecinos, y éstos, a su vez, a la policía, para que acudan en su defensa.

El último acto de esta índole ocurrió hace apenas ocho días, cuando el señor Ramiro Bocanegra Pérez  arrojó a la cara de mi procurada una olla con agua caliente, todo porque aún no estaba lista la comida. Afortunadamente la señora pudo cubrirse con un saco, y evitar así la desfiguración facial. El demandado ha amenazado con secuestrar a los niños, si la madre llega a denunciarlo por esos comportamientos.

De conformidad con los hechos anteriormente narrados formulo ante Ustedes las siguientes:

PETICIONES

1. Que mediante  sentencia ejecutoriada, se decrete el divorcio de los cónyuges Stefani Peñalver Tamara  y el señor Ramiro Bocanegra Pérez, mayores de edad, domiciliados y residentes en Santa Marta

2. Disolver la sociedad conyugal formada dentro del matrimonio y decretarla en estado de liquidación. La vida en común y disuelto el vínculo matrimonial.

3. Se liquide y disuelva la sociedad conyugal.

4. Dejar bajo el cuidado y la tenencia de la madre Stefani Peñalver Tamara a los menores Carolina Bocanegra Peñalver y  Camilo Andrés Bocanegra Peñalver

5. Que conste dentro de la sentencia, que una vez ejecutoriada, subsisten los deberes y derechos de los cónyuges respecto de los hijos menores, de conformidad con lo establecido en el artículo 160 del Código Civil, se señale la cantidad con que cada cónyuge debe contribuir para los gastos de alimentos de sus menores hijos.

6. Aportar el padre Ramiro Bocanegra Pérez  para alimentos de los hijos la suma de $ 500.000, mensuales, sin perjuicio de adelantarse por separado un proceso de aumento en dicha cuota.

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