Obligaciones Y Sucesiones
Enviado por soieldanny • 24 de Abril de 2013 • 1.438 Palabras (6 Páginas) • 1.372 Visitas
Obligaciones.
Concepto de obligaciones.
Etimológicamente la palabra obligaciones se deriva del latín “obligatio”que a su vez se deriva de “obligare” que significa ligaren el derecho Romano Justiniano definía las obligaciones como una necesidad de pagar según los derechos de nuestra ciudad. Los elementos de las obligaciones consisten en dos sujetos denominados acreedor (activo) y el deudor (pasivo), ellos forman un deber jurídico este vinculo forma la parte de las obligaciones en donde el objeto o fin es el cumplimiento del pago a favor del acreedor para llevar a cabo el cumplimiento del pago la obligación debe tener los elementos de ser; posible, licito, determinado.
Clases de prestaciones en las obligaciones.
• Dare: Constituir en dueño de una cosa a otra persona.
• Facere: Comprende en todo hacer que no conduzca a constituir dominio o derechos reales, básicamente se basa a la prestación de servicios.
• Praestare: Esta prestación correspondía a las que en cierto modo envolvían una garantía de prenda ajena.
Obligaciones atendiendo sujetos.
• Ambulatorias: sujetos determinados desde el inicio, a veces se presenta: Pagar daños causados por animal, esclavo, hijo. También por enfiteuta, superficiario,impuestos,reparar el muro del predios sirviente.
• Parciarias mancomunadas a prorrata: Cada uno de los sujetos tiene derecho solo a una parte del crédito deudores solo pagan una parte de la deuda.
• Correales o solidarias: Se realiza cuando la obligación forma parte de varios sujetos en donde solidariamente contribuyen al pago de la obligación para su extinción o al contrario existen varios acreedores que se repartirán el cobro de la deuda.
Clasificación de las obligaciones.
Existen tipos de obligaciones tales como las divisibles, indivisibles, genéricas, especificas, alternativas, facultativas, civiles, honorarias, obligación civil y obligación natural.
La obligación civil proporciona al acreedor la posibilidad de acción, en caso de incumplimiento del deudor. La obligación natural por su parte no crea un derecho procesalmente eficaz. Las obligaciones indivisibles por naturaleza de su objeto indirecto son indivisibles en las que la división del objeto indirecto haría perder total o parcialmente su valor, las que en virtud de una disposición especial del derecho positivo son indivisibles .como las servidumbres reales. Las obligaciones especificas el deudor debe una cosa específica. En las obligaciones genéricas la deuda esta determinada en cuantía y genero.
Existen obligaciones de dar de hacer y no hacer; en las obligaciones de dar son aquellas que consisten en la transmisión de la propiedad dé una cosa en la construcción de otro derecho sobre la misma., en la obligación de hacer comprende en todo lo que es hacer como pagar, dar , entregar dinero las obligaciones de hacer conllevan la realización de un hecho por parte del obligado, obligación de no hacer ; consiste en una abstención del deudor en un no hacer es decir en el incumplimiento de una obligación.
Fuentes de las obligaciones.
El contrato puede definirse como el acuerdo de varias personas, que tiene como objeto producir una mas obligaciones civiles. El cuasidelito es un acto ilícito, pero el derecho romano no clasificaba entre los delitos. Produce una obligación entre el autor del acto y el perjudicado (en alguna casos el denunciante). La diferencia entre delitos y cuasidelitos no reside como en la doctrina moderna, en la existencia o ausencia de la intención de causar daño.
Forma de incumplimiento de las obligaciones.
• Culpa: Concebida como la desviación de un modelo ideal de conducta y se dice que la culpa nació en el ámbito penal y se aplicaba mediante la ley aquilia y poco a poco la culpa fue cayendo en la moratoria contractual civil.
• Dolo: Intención o propósito deliberado de observar un conducta que acarrea en incumplimiento de la obligación.
• Caso Fortuito: D e la naturaleza: en la cuál ninguna medida de previsión normal la hubiese podido evitar.
• Mala Fe : En tanto esta consiste en disimular el error o bien en mantener a esa persona en dicho error.:
• Dolo: es activo, es dinámico, conduce, se empuja
Maneras de extinción de las obligaciones.
Las obligaciones se podían extinguir a través del pago de la deuda, el pago es sinónimo de cumplimiento y se entiende que es dar la cosa prometida.
A la muerte de el sujeto que tenia la deuda, por automático al sucesor que desganaba se la transmitían esas obligaciones y se pagaba con el patrimonio que el principal deudor en vida dejo.
Sucesiones.
Concepto de sucesión.
Es aquel que regula las consecuencias que se producen con la muerte; entre otras, la designación de herederos,
...