PROYECTO: ORDENAR EL TERRITORIO, PARA EL CRECIMIENTO ORGANIZADO DEL CANTÓN RIOBAMBA
Enviado por JenniFer Ssmt • 1 de Diciembre de 2018 • Práctica o problema • 3.759 Palabras (16 Páginas) • 200 Visitas
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ITEM | CONTENIDO | NUM. PAG |
1 | ANTECEDENTES | 3 |
2 | OBJETIVOS | 4 |
3 | ALCANCE | 5 |
4 | METODOLOGÍA DE TRABAJO | 5 |
5 | DESARROLLO DE ACTIVIDADES | 8 |
6 | CONCLUSIONES RECOMENDACIONES | 17 |
7 | ANEXOS | 19 |
DIRECCION DE GESTION ORDENAMIENTO TERRITORIAL SUBPROCESO DE AVALUOS y CATASTROS PROYECTO: ORDENAR EL TERRITORIO, PARA EL CRECIMIENTO ORGANIZADO DEL CANTÓN RIOBAMBA PLAN DE TRABAJO PARA LA ACTUALIZACIÓN Y REGISTRO DE INFORMACIÓN DEL CATASTRO PREDIAL DEL ÁREA URBANA DE LA CIUDAD DE RIOBAMBA | ||||||||||||||||||||||||
En cumplimiento a la Constitución de la República del Ecuador que en su Art. 264, numeral 9 establece que corresponde a los Gobiernos Municipales como competencia exclusiva: “Formar y administrar los catastros inmobiliarios urbanos y rurales”. El Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización en su Art. 55 literal i), establecen como competencia exclusiva de los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales elaborar y administrar los catastros inmobiliarios urbanos y rurales. El artículo 139 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, dispone que la formación y administración de los catastros inmobiliarios urbanos y rurales corresponde a los Gobiernos autónomos descentralizados municipales, los que con la finalidad de unificar la metodología de manejo y acceso a la información deberán seguir los lineamientos y parámetros metodológicos que establezca la ley. Es obligación de dichos gobiernos actualizar cada dos años los catastros y la valoración de la propiedad urbana y rural. Que, el artículo 496 del Código de Ordenamiento Territorial Autonomía y Descentralización, dispone que: “Las municipalidades y distritos metropolitanos realizarán, en forma obligatoria, actualizaciones generales de catastros y de la valoración de la propiedad urbana y rural cada bienio”. La disposición Transitoria Novena de la Ley orgánica de Ordenamiento territorial, uso y gestión del suelo que indica “Para contribuir en la actualización del Catastro Nacional Integrado Georreferenciado, los Gobiernos Autónomos Descentralizados municipales y los metropolitanos, realizarán un primer levantamiento de información catastral, para lo cual contarán con un plazo de hasta dos años, contados a partir de la expedición de normativa del ente rector de hábitat y vivienda, señalada en la Disposición Transitoria Tercera de la presente Ley. Vencido dicho plazo, los Gobiernos Autónomos Descentralizados municipales y metropolitanos que no hubieren cumplido con lo señalado anteriormente, serán sancionados de conformidad con lo dispuesto en el numeral 7 del artículo 107 de esta Ley” El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Riobamba cuenta con un Sistema de Catastro que se caracteriza por ser alfanumérico, y data de los años de 1988, están referidos a una situación territorial de años anteriores. Siendo el catastro una herramienta para procurar y garantizar la ordenación del cantón en relación al espacio geográfico con fines de desarrollo, a través de la adecuada, precisa y oportuna definición de los tres aspectos más relevantes de la propiedad inmobiliaria: descripción física, situación jurídica y valor económico; su continua actualización permite que la información mantenga su validez y confiabilidad. Para la ejecución de la actualización catastral se desarrollaron varios productos que permiten a la Municipalidad de Riobamba contar con instrumentos que son vinculados a la arquitectura tecnológica del Sistema Integral de Información (SIIM), implementado como parte de este proceso en la institución, entre ellos los siguientes:
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Desarrollar la actualización del catastro predial urbano, como una herramienta que sustente la planificación del crecimiento ordenado de la ciudad de Riobamba y la toma de decisiones en los cuatro sistemas: económicos, políticos, socio-culturales y ambientales. | ||||||||||||||||||||||||
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El presente documento servirá como base de partida para iniciar las actividades de actualización catastral, que para la ciudad de Riobamba en un inicio serán de aproximadamente 54.340 predios urbanos, una vez que se cuente con la restitución cartográfica de la totalidad del área urbana de la ciudad de Riobamba, se podrá ejecutar la actualización de aproximadamente 90.000 catastros urbanos. | ||||||||||||||||||||||||
Para que este proceso se ejecute correctamente ha sido necesario cumplir con tareas o actividades que se desarrollan y planifican desde Gestión de Ordenamiento Territorial, por lo que con la finalidad de iniciar la elaboración de los insumos requeridos para el barrido catastral se ha distribuido las actividades en dos fases las que se detallan a continuación: FASE I La fase 1 corresponde a varios procesos a seguir a fin de generar los insumos básicos necesarios para iniciar el barrido catastral y la intervención en cada uno de los predios; se han establecido 10 actividades cuyos informes de resultados se detallan en los anexos (anexos del 1.1 al 1.11) FASE II Información preliminar
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