Patrimonio Y Familia
Enviado por alexjavier • 25 de Enero de 2013 • 611 Palabras (3 Páginas) • 579 Visitas
NOMBRE:
JAVIER ALEXANDER BARRIENTOS GÓMEZ
MATERIA:
DERECHO CIVIL
UNIDAD: “II”
SOCIEDAD Y FAMILIA
PROFESOR:
L.D. MARIO GILBERTO CHIN QUEN.
CICLO ESCOLAR:
2012 – 2013
PATRIA POTESTAD
Es un conjunto de derechos y obligaciones que ejercen los padres biológicos o adoptivos del niño por el hecho de ser padres de él. Con ella los padres tienen todo derecho sobre decisiones del menor y así como también adquieren las obligaciones que a este les corresponden o se les atribuye.
No es inamovible, ya que se puede revocar si los padres no cuidan del o de los hijos como debieran; o bien por ausencia de dichas personas, cuando el menor de edad llega a su mayoría de edad o por emanciparse
TUTELA
Es la persona nombrada por el Juez para que cuiden de un niño bien porque no tenga padres o porque a éstos le haya sido quitada la Patria Potestad. Ha de rendir cuentas la persona cuando alcance los 18 años de su gestión y tiene derecho a una compensación por los gastos ocasionados.
Para este tipo de sentencias la persona que ejerce la tutela no es necesaria que sea familiar o algún lazo con la familia.
CURATELA
Es exactamente igual que la Tutela pero se nombra SOLO en el caso de que el niño/a sea incapacitado mentalmente, lo que ha de ser declarado por los asesores psicológicos que nombre el Juez y éste es quien nombra al Curador. Al igual que el Tutor ha de responder de todos sus actos, y si por "x" o por "y" la persona sana, el Curador cesa en su cargo pasando a tener un Tutor.
Este tipo de representación mayormente se los brindan a las personas mayores, o de la tercera edad.
DERECHO DE LA FAMILIA
Es un conjunto de contribuciones políticas, valores, principios de los tratados internacionales, así como las leyes e interpretaciones jurisprudenciales, es un concepto interés social.
Dirigido a proteger la familia o a delimitar las relaciones conyugales.
PARENTESCO
El parentesco se puede definir de dos formas: en su modo estricto unidas por comunidad de sangre y en su modo amplio la relación o unión de varias personas por virtud de la naturaleza o ley; en particular, se puede señalar que el parentesco
Por consanguinidad: que son de la misma sangre.
Por afinidad; son aquellos que se relacionas por matrimonios, es decir los parientes del conyugue.
Parentesco civil: cuando se da por una adopción; y se da entre el adoptante y el adoptado.
AUSENCIA
Esta no es solo por el simple hecho de no hallarse una persona en su domicilio, sino que, a esta circunstancia, han de unirse las siguientes:
• Que no haya dejado quien la represente.
• Que se ignora su paradero.
• Que la existencia o el fallecimiento del ausente
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