Países con transformaciones neoconstitucionalistas.
Enviado por Danieospinas • 24 de Mayo de 2017 • Trabajo • 4.711 Palabras (19 Páginas) • 306 Visitas
EL NEOCONSTITUCIONALISMO
CAMILA FERNANDA ORTEGA CHAMPUTIS
DANIELA OSPINA SÁNCHEZ
LUISA MERY VÁSQUEZ PORTOCARRERO
JEFFERSON ELIFAR ZÚÑIGA RIVERA
UNIVERSIDAD DEL CAUCA
FACULTAD DE DERECHO, CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES
DERECHO
POPAYAN
2016
EL NEOCONSTITUCIONALISMO
CAMILA FERNANDA ORTEGA CHAMPUTIS
DANIELA OSPINA SÁNCHEZ
LUISA MERY VÁSQUEZ PORTOCARRERO
JEFFERSON ELIFAR ZÚÑIGA RIVERA
TRABAJO INVESTIGATIVO
CLAUDIA XIMENA ROSERO MONTENEGRO
UNIVERSIDAD DEL CAUCA
FACULTAD DE DERECHO, CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES
DERECHO
POPAYAN
2016
TABLA DE CONTENIDO
- Introducción
- Antecedentes
- Países con transformaciones neoconstitucionalistas
- Aplicación en países latinoamericanos:
- México
- Colombia
- Brasil
- Influencias:
- Ricardo Guastini
- Paolo Comanducci
- Gustavo Zagrebelsky
BIBLIOGRAFÍA
- INTRODUCCIÓN
El neoconstitucionalismo o nueva teoría del Derecho es una nueva manera de ver e interpretar el Derecho lo cual produjo una serie de cambios sociales y dogmáticos en los ordenamientos jurídicos de algunos Estados. Este fenómeno ostenta desarrollos novedosos que se pueden evidenciar en los nuevos textos constitucionales de los países sometidos a este cambio, estas contienen amplios catálogos de derechos fundamentales y cabe afirmar que son fuertemente materializadas.
Con el siguiente trabajo queremos dar a conocer la significancia e importancia de esta nueva Doctrina en los países latinoamericanos principalmente en México, Colombia y Brasil y como se ha desarrollado en ellos.
También vamos a exponer brevemente los puntos de vista de algunos de los juristas que se han pronunciado al respecto.
- ANTECEDENTES
Para poder abordar con fluidez el tema de neoconstitucionalismo es importante exponer como surge. Por ello debemos entrar a explicar de forma breve, el recorrido histórico del Estado Liberal o Estado de Derecho, ya que el neoconstitucionalismo alude a una nueva forma de ver el Estado de Derecho que parte del constitucionalismo, cuya principal característica es la supremacía de la Constitución sobre las demás normas jurídicas haciendo una distinción entre reglas y principios.
“El Estado de Derecho puede ser estudiado bajo diferentes enfoques; como una aspiración política o como una pretensión de seguridad jurídica, lo cual equivale a una división ideológica bajo los ámbitos de la ciencia política o de la ciencia del derecho. Ambas ideologías pretenden justificar y legitimar el Estado bajo un sustento jurídico” [1]
El constitucionalismo nace a partir de la Revolución francesa de 1789. En ella surgen varias instituciones que instauran un modelo de Estado Liberal de Derecho, en agosto de ese mismo año la Asamblea Nacional aprueba La Declaración De Los Derechos Del Hombre Y Del Ciudadano, donde se materializan los principios elaborados por los teóricos de la revolución del liberalismo que son; la ilustración y el liberalismo. También se extiende la idea de que los hombres nacen libres e iguales, consagrándose así, los derechos imprescindibles del hombre como son la libertad, la seguridad, la igualdad y la propiedad. La Constitución francesa de 1791 establece la división de los poderes y organización del Estado Liberal, imponiendo un régimen republicano y el sufragio universal por primera vez en la historia.
La necesidad de garantizar la efectividad constitucional y hacer real su contenido jurídico, nace con el judicialismo en Estados Unidos, para que los jueces puedan defender la Constitución y el antijudicialismo en Francia que intenta sustituir el gobierno de los hombres por el gobierno de las leyes.
En este tipo de Estado se puede optar por diferentes formas de gobierno, puede ser tanto una monarquía constitucional; como en la Constitución de 1812 en España, una monarquía parlamentaria; como en el modelo inglés que se remonta a la Revolución Inglesa del siglo XVII, o una República; como en el caso de la Revolución francesa.
El liberalismo lo podemos definir como un movimiento moderno encargado de cuestionar el poder absoluto y sus pretensiones, en pos de defender el poder del Estado, la tolerancia y el respeto por la propiedad privada y la economía de mercado desde un punto de vista competitivo.
“El Estado Liberal hace referencia a un conjunto de elementos que configuran un orden jurídico-político en el cual, con el fin de garantizar los derechos de los ciudadanos, se somete la actuación de los poderes públicos y de los ciudadanos a la Constitución y a la ley; se dividen las funciones del Estado y se las encomienda a poderes separados, y por último, se reconocen expresamente unos derechos y libertades de los ciudadanos con plenas garantías jurídicas” [2] se basa en el liberalismo económico que va a reflejar un orden individualista, según el cual el Estado no debe intervenir en la economía.
Según Luigi Ferrajoli[3] con el término Estado de Derecho se entienden dos cosas totalmente diferentes. En un sentido lato, es cualquier ordenamiento en el que los poderes públicos son conferidos por la ley y ejercitados en las formas y procedimientos legalmente establecidos, los alemanes usan el término Rechtsstaat que traduce Estados de Derecho y con el cual designan a todos los ordenamientos jurídicos modernos. En un sentido sustancial el término referido se usa para clasificar a los ordenamientos en los que los poderes públicos están sujetos a la ley (limitados y vinculados con ella) no solo en lo relativo a formas, sino también en los contenidos. En este significado más restringido, que es el usado por los italianos, son Estados de Derecho aquellos ordenamientos en los que todos los poderes, incluido el legislativo, están vinculados al respeto de principios sustanciales, presentes en la Constitución, como la división de poderes y los derechos fundamentales.
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