“Por siempre responsable de lo que se ha cultivado”
Enviado por Edgar Arias • 21 de Marzo de 2020 • Apuntes • 1.091 Palabras (5 Páginas) • 303 Visitas
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UNIVERSIDAD DEL VALLE DE MÉXICO
“Por siempre responsable de lo que se ha cultivado”
Campus Mexicali.
Alumno
Karyme Itzel Soto Inzunza
Gastón Moran Rivas
Edgar Felipe Arias Ramirez
Asignatura
Derechos fundamentales
Maestro
Berenice López Meza
Actividad 1 Proyecto integrador Etapa 1
Mexicali B.C, 08 de MARZO 2020
Introducción
Este análisis tiene como propósito identificar los derechos violentados, que existió entre el campo algodonero contra es estado de México, específicamente la sentencia ya que esta mantiene una relación con los principios de los derechos humanos, siendo estos el de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.
Dicho análisis es por la responsabilidad que le dan al estado por la desaparición y muerte de los menores, se expondrá las inconsistencias que tuvo el estado.
En nuestro país la impunidad se presenta a diario, hay miles de personas que son víctimas de un hecho delictivo.
Sobre la sentencia del campo algodonero México no reconoció su responsabilidad internacional con respecto a la violación de los derechos a la vida, integridad física y libertad personal de los jóvenes, y también su incumplimiento de la obligación de la no discriminación, así como todas las anomalías y omisiones que existieron en la investigación llevadas a cabo a partir del 2001
Con respecto a los derechos ya mencionados la corte explico que existe un carácter esencial en la Convención Americana, a su vez los estados tienen la obligación de garantizar las condiciones que se requieran para que se produzcan violaciones de ese derecho inalienable y particularmente impedir que sus agentes atenten contra él.
Los derechos fundamentales de las personas son los derechos naturales que tiene todo hombre ejemplos:
• El derecho a la vida,
• Derecho a la libertad,
• Derecho a la justicia etc.
Los derechos fundamentales y universales de la persona humana son: el derecho a la propia existencia, al desarrollo personal; el derecho a cumplir los deberes propios con libertad y responsabilidad personal, el derecho a llevar una vida verdaderamente humana entre los demás hombres; el derecho a fundar una familia, a mantener y educar a los hijos, el derecho a adquirir propiedad privada y poder usar de la misma. Estos derechos han sido proclamados por la ONU y por la Unión Europea. Vemos que los derechos se están violando, el derecho a la legítima defensa contra un agresor injusto, el derecho a la integridad corporal e inviolabilidad personal. Una existencia verdaderamente humana y decorosa se alcanza cuando está garantizado el alimento, el vestido, la vivienda, el descanso, la asistencia médica en todos los estadios y condiciones de la vida aquí nos está refiriendo que no se maneja nada de eso porque las personas solo son utilizadas para trabajar además tenemos que ver que eran menores de edad y que nuestra misma ley nos dice que los menores no pueden trabajar que ellos deberían estudiando.
El derecho a la integridad personal se considera siempre violado respecto de los familiares directos de las víctimas, pues su vínculo afectivo y la participación en la búsqueda de la verdad, su integridad psíquica y moral se ve afectada claramente. Sin embargo, para cada caso es necesario delimitarlo a los hechos y para las medidas de reparación particulares. En este caso, el Estado mexicano aceptó su reconocimiento de responsabilidad por violar este derecho respecto de los familiares, sólo en la “primera etapa” de las investigaciones.
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