REGLAMENTO Y FORMATOS DE PPP
Enviado por angieha • 4 de Octubre de 2016 • Apuntes • 3.767 Palabras (16 Páginas) • 383 Visitas
FACULTAD DE INGENIERÍA ESCUELA ACADÉMICO PROFESIONAL DE INGENIERÍA AMBIENTAL
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REGLAMENTO DE PRÁCTICAS PRE-PROFESIONALES
2016
CAPITULO I: Generalidades Art. 1 Objetivo
Art. 2 Definición Art. 3 Principios Art. 4 Base legal Art. 5 Alcance
CONTENIDO
CAPÍTULO II: Organización y Convenios
Art. 6 Centros de Prácticas Pre Profesionales
Art. 7 Requisitos del Centro de Prácticas Pre Profesionales Art. 8 De la Firma de Convenios
Art. 9 Exigencias de PPP
Art. 10 De la realización de PPP
CAPITULO III: Matrícula
Art. 11 Requisitos de Matrícula
CAPITULO IV: Desarrollo de Prácticas Pre Profesionales Art. 12 De los documentos a presentar
Art. 13 De la supervisión de las PPP Art. 14 Del avance del informe final Art. 15 De la evaluación de PPP
Art. 16 De la aprobación de PPP Art 17 Del informe final
Art. 18 Del cumplimiento de los lineamientos
CAPITULO V: Obligaciones del practicante Art. 19 Obligaciones del practicante
CAPITULO VI: Del coordinador, supervisor y docente de curso Art. 20 Del coordinador de Prácticas Pre Profesionales
Art. 21 Responsabilidades del Coordinador de Prácticas Pre Profesionales Art. 22 Del Supervisor de Prácticas Pre Profesionales
Art. 23 Responsabilidades del Supervisor de Practicas Pre Profesionales Art. 24 Del Docente del curso
Art. 25 Responsabilidades del docente del curso
CAPITULO I: GENERALIDADES
La Práctica Pre Profesional (PPP) constituye un eje fundamental en la formación profesional, consolidando la formación académica del estudiante. Este proceso posibilita un acercamiento al ejercicio de su profesión, requiriendo actualización permanente de conocimientos, habilidades y destrezas para el óptimo desempeño, constituyéndose en una actividad académica trascendente en la Escuela Académico Profesional de Ingeniería Ambiental.
Art. 1 Objetivo
El presente reglamento tiene por objeto establecer lineamientos y procedimientos con relación a las Prácticas Pre-Profesionales Terminal I y II en las que deben desenvolverse los estudiantes del IX y X ciclo de la Escuela Académico Profesional de Ingeniería Ambiental.
Art. 2 Definición
Se define como Práctica Pre Profesional la inserción del estudiante de pre grado en los centros de práctica, donde aplica las competencias adquiridas en el proceso educativo, así como las habilidades y actitudes necesarias para su adaptación al contexto. Esta actividad estará bajo la supervisión del jefe inmediato superior en el centro de prácticas, el docente del curso de prácticas pre-profesionales y el coordinador de prácticas pre-profesionales asignado por la Escuela Académico Profesional de Ingeniería Ambiental.
Art. 3 Principios
Se enmarca dentro de los siguientes principios:
- Integralidad, puesto que integra los ámbitos de formación profesional del estudiante, generando el desarrollo intelectual, afectivo, ético y actitudinal.
- Formativa, poniendo en contacto al estudiante con la realidad y la problemática
de su entorno profesional, enfrentándolo con situaciones concretas y reales donde podrá adquirir aprendizajes para un desempeño eficaz, eficiente y de calidad.
- Secuencial, permitiendo la inserción gradual del estudiante al medio laboral con permanente monitoreo y evaluación.
Art. 4 Base legal
El reglamento de prácticas pre profesionales tiene como base legal:
- La Ley Nº 28518 sobre Modalidades Formativas Laborales y reglamentada por el Decreto Supremo 007-2005-TR (Artículo 12 Cap. II Del Aprendizaje).
- La Ley Nº 25350 sobre creación de la Universidad César Vallejo.
- El Estatuto de la Universidad César Vallejo.
- El Reglamento General de la Universidad César Vallejo.
- El Reglamento de Evaluación del Aprendizaje de la Universidad César Vallejo.
Art. 5 Alcance
El presente reglamento se aplica a los estudiantes de IX y X ciclo de la carrera de Ingeniería Ambiental que se encuentren matriculados en las asignaturas de Prácticas Pre-Profesionales Terminal I y II respectivamente.
CAPÍTULO II: ORGANIZACIÓN Y CONVENIOS Art. 6 Centros de Prácticas Pre Profesionales
Se denomina Centros de Prácticas Pre Profesionales a aquellas instituciones públicas, privadas o empresas cuyas actividades estén relacionadas con la carrera profesional del practicante a nivel Local, Regional y Nacional.
También se considera como centro de práctica pre profesional a aquellos proyectos cuyas actividades estén relacionadas a la carrera profesional del practicante y tengan una duración no menor de 3 meses.
Art. 7 Requisitos del Centro de Prácticas Pre Profesionales
La institución pública, privada o empresa seleccionada para realizar las Prácticas Pre Profesionales deberá contar con los siguientes requisitos:
- Razón social debidamente registrada.
- Dirección permanente de la institución o empresa.
- Tener el área que corresponde a la especialidad del practicante.
- Flexibilidad para aceptar el nivel de prácticas que la Escuela Académico Profesional requiere para la formación de sus estudiantes.
Art. 8 De la Firma de Convenios
De acuerdo al art. 7 del Cap. II Del aprendizaje de la Ley Nº 28518 sobre Modalidades Formativas Laborales y reglamentada por el Decreto Supremo 007-2005-TR. Un convenio de aprendizaje es un acuerdo de voluntades, responsabilidades y obligaciones celebrado entre la empresa, el centro de formación profesional y el aprendiz.
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