Resolucion en una auditoria
Enviado por Benny22 MB • 22 de Abril de 2020 • Apuntes • 2.407 Palabras (10 Páginas) • 194 Visitas
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Introducción
La resolución es el acto de una autoridad el cual este define o da certeza a una situación legal o administrativa son numerosos los casos en que la autoridad opina o solicita opinión, consulta o propone, investiga, constata o verifica hechos o situaciones.
Este se realiza por medio de un documento en el que consta la resolución donde deben apreciarse los hechos o situaciones que motiven la resolución y los ordenamientos y preceptos legales que la fundamenten y motiven de sus determinaciones, en ellas se debe citar el precepto legal que le sirva de apoyo y expresar los razonamientos que lo llevaron a la conclusión de que el asunto concreto de que trata.
En el siguiente trabajo se analizara la resolución definitiva que se le fue dictada a un contribuyente el cual se analiza todo el procedimiento que la autoridad lleva cabo para llegar a él dictamen correspondiente así como los motivos por lo que se haya causado y que cumpla con todas las funciones que la ley encomienda, la resolución tiene un enorme impacto en la actividad económica y social, pues tiene un grado de flexibilidad, oportunidad e información que la ley no puede tener.
Se menciona la autoridad competente o faculta que realizar el acto de fiscalización con el poder o derecho que tiene la Secretaria de Hacienda y Crédito Público a través del servicio de Administración Tributaria para inspeccionar, investigar y controlar el cumplimiento de las obligaciones tributarias. Dentro de estas facultades se mencionan los medios de defensa que pueden utilizar los contribuyentes.
Por lo tanto, este documento nos proponemos a analizar el procedimiento mediante el cual el SAT por la legislación, su regulación, límites y alcances, las maneras y medios por los cuales se ejercen dichas facultades, y requisitos necesarios para el correcto desarrollo de estas.
Acta de notificación
Es como el procedimiento inicia con una acta de notificación para el contribuyente el cual debe contener la autoridad que lo emite en este caso es la Administración central de investigación y Análisis de Comercio Exterior, así como número y fecha del documento a notificar y los tatos de identificación del agente aduanal o apoderado en el caso en el SR Santiago García Diaz con todas sus referencia como el número de patente, CURP, RFC, domicilio y domicilio par oír y recibir notificaciones en estos últimos no se debe confundir con el domicilio el cual son muy diferentes.
El acta de notificación también llevara la identificación de la persona que va a notificar en su caso Jonathan Ramírez Rosete el cual tiene que estar facultado para realizar el tramite si este no tiene las facultades todo el procedimiento será nulo al no cumplir con los requerimientos de forma así como la notificación no será válida, continuando con la notificación esta será de manera personal en cual está fundamentada el capítulo II de código fiscal de la federación articulo 134 fracción I, en el documento se señala que el domicilio para oír y recibir notificaciones coincidan con el declaro y se plasma en el documento con las calles y características del bien inmueble, en dicho domicilio se que como autorizada de recibir la notificación la Lic. Brenda Ángeles Romo el cual esta facultado por el agente aduanal o apoderado y así se hace constar en el documento.
Por último, se muestra las hojas que se entregaron y que recibió la licencia, así como el horario en que se hizo constar el acto en todo acto para que tenga validez debe de contar con las firmas de la persona que atendió la diligencia y del notificador en el supuesto de que no se pudiera encontrar a ninguna persona en el domicilio la notificación puede cambiar según sea el caso.
Por lo siguiente este acto de notificación tiene como objeto dar a conocer una información o solicitud de documentos en su caso y que pueda afectar a sus intereses y se tiene que respetar y cumplir con los requisitos , las notificaciones se practicarán por cualquier medio que permita tener constancia de la recepción por el interesado o su representante, así como de la fecha la identidad y el contenido del acto notificado, la notificación más tradicional es la practicada en el domicilio del interesado y que sigue siendo el medio habitual utilizado entre las Administraciones Públicas y los ciudadanos.
El documento que contiene la notificación, se denomina de notificación, tiene como finalidad servir de constancia y medio probatorio de la práctica de la notificación y sus circunstancias o, como lo menciono en párrafos anteriores, los intentos que sean fallidos en el domicilio que el contribuyente expreso para oír y recibir o en el que le corresponda de acuerdo a la ley o bien del rechazo de la misma por el propio interesado o por su representante, supuesto en que la Administración se encuentra habilitada para tener por legalmente notificado al interesado.
Como lo hemos visto la autoridad debe fundamentar su competencia que lleva acabo el procedimiento y por lo cual se deben detallar los datos de manera de identificación del personal que practica la diligencia, en el procedimiento se debe solicitar al interesado que designe a dos testigos en su caso fueron la SR(A) Hiliana Nallely Bravo Galicia y SR. Octaviano Javier Burciaga Frutos y se tienen que identificar en caso de que no los hubiera designado o no que los testigos no quieran servir como tales la autoridad los puede designar.
Para que la autoridad pueda verificar el cumplimiento de la obligación solicita los documentos sobre actividades realizadas del 01 de junio de 2015 al 30 de junio del 2016 el cual se le tiene que entregar todos los documentos bajo manifiesto de decir la verdad, las operaciones realizada fueron de los siguiente:
- No exhibe documentos en el que se desarrolle las medidas o procedimientos sobre la identificación sus clientes o usuarios, esto ya que todas las empresas tienen que tener siempre procedimientos sobre sus clientes toda empresa debe contar con eso.
- Tampoco proporciona la información sobre su relación de negocios
- El cuadro se mencionan sus clientes el cual no fueron presentados
N. | CLIENTE | RFC |
1 | COMERCIALIZADORA CHAVENA S.A DE C. V | CCA030421L40 |
2 | IMPORTACIONES OSERENO S.R.L DE C. V | IOS150914H63 |
3 | VARIOS INTERNATIONAL LOGISTIC S.A DE C. V | VIL150720IX0 |
4 | OMAR OLVERA RODRIGUEZ | OERO760713EG3 |
5 | RAUL ALAN RIVERA VELAZCO | RIVR940808QF2 |
6 | JORGE ELIZARDO LONERA SILVA | LOSJ620321IJ0 |
7 | GEXIQ S.A DE C. V | DEC020215T93 |
8 | GRAMI IMPORTACIONES S.A DE C. V | GIM150512UT6 |
9 | MAQUINA WIEBE KM 24 S.A DE C. V | MWK0901121KA |
10 | DAVID VALERIO HERNANDEZ | VAMD840911LZ0 |
11 | YUBAR AGENCIA COMERCIAL Y DE SERVICIOS PROFECIONALES S DE R.L. DE C. V | YAC100428Q43 |
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