Servicio al cliente. Principios fundamentales codigo de trabajo
Enviado por rosmeri1599 • 17 de Enero de 2019 • Apuntes • 588 Palabras (3 Páginas) • 90 Visitas
a naturaleza, su alcance y su desarrollo, ha sido de los temas centrales del debate económico y social, siendo el tema salarial y los derechos de los trabajadores, fundamental en todas esas conversaciones.
En las normas constitucionales, se rige por la constitución, que se considera como la Ley Suprema o Ley de Leyes, guardando estrecha relación en los aspectos laborales, claro está, con sus marcadas diferencias estructurales e institucionales, ya que sus leyes y sus normas son más rigurosas y en consecuencia meno flexible que la nuestra.
Hasta donde logra alcanzar mi visión de la autonomía del Derecho Laboral Dominicano, sendas naciones después de seguir un proceso de integración, similar al de otras ramas de la Ciencia Jurídica, el Derecho Laboral adquirió sustantividad propia. Así esta disciplina jurídica se emancipó de las preexistentes ramas, del cuadro general de la clasificación del Derecho Positivo, y cuenta hoy con una triple autonomía: científica, jurídica y didáctica. Todas se prestan mutuos auxilios, dadas las zonas comunes que presentan. Ninguna de ellas puede subsistir sino en intima coordinación e interdependencia con las demás.
Pero que queremos señalar cuando adjudicamos al derecho laboral estas autonomías. Vamos a aclarar y luego pondremos algunos ejemplos de ellos. En el caso de la autonomía científica, esta manifiesta en el hecho de que las diversas materias e instituciones del derecho laboral, son susceptibles de una sistematizan orgánica que da como resultado un orden de estudio homogéneo y extenso. En tanto que la autonomía jurídica, revela los principios doctrinales propios, distintos de los del derecho tradicional, que complementan y sirven de fundamento a las normas positivas.
Visto esto pasamos a citar algunos casos, por ejemplo, si partimos que el derecho laboral es el resultado de los aportes de muchos sectores sociales, y que como resultado de esos aportes no le quedó mas remedio a los gobiernos que acceder a las demandas de los trabajadores, iniciándose así el intervencionismo de Estado, en la regulación de las relaciones entre obreros y patrones, ya estamos hablando del carácter social que este tiene, estamos poniendo ejemplos de la autonomía jurídica y hasta científica, ya que nada de esto obedece a un hecho fortuito.
Como habíamos señalado en el introito de este trabajo, hay cierta similitud constitucionalmente hablando, que de una manera u otra accionan de manera positiva, con sus debilidades o no, en los derechos de los trabajadores. Si observamos los tratados internacionales o acuerdos realizados por estos países con relación al tema, podemos citar por ejemplo la necesidad imperativa de cumplir efectivamente con los derechos fundamentales en el trabajo, consecuencia de la aprobación de la Declaración de Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo de 1998, de la OIT.
Aunque traigamos
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