Solicitud De Alimentos Provisionales
Enviado por irvingvera24 • 15 de Agosto de 2012 • 1.335 Palabras (6 Páginas) • 1.076 Visitas
EXPEDIENTE: INICIO
C. JUEZ DE LO FAMILIAR EN TURNO DE
PRIMERA INSTANCIA DE ESTE SEGUNDO
DISTRITO JUDICIAL EN EL ESTADO.-
P R E S E N T E.
C. CARMEN CASTRO PIÑA, mexicana por nacimiento y ascendencia, mayor de edad, casada, ama de casa y con domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones en el DESPACHO JURIDICO HEREDIA ESCALANTE Y PALMER ABOGADOS ubicado en la calle 31 número 50 local 6, entre la calle 32 y 34 de la Colonia Centro de esta ciudad, y con fundamento en los artículos 49-A y 49-D del Código de Procedimientos Civiles del Estado en vigor; nombro como asesores técnicos a los LICS. RAYMUNDO HEREDIA ESCALANTE, MARITZA HEREDIA ESCALANTE, DIANA PALMER ABREU, ROLANDO BOLÓN ARIAS; quien cuenta con documentación previamente presentada e inscrito en el libro de profesionistas que se lleva ante este juzgado a su digno cargo; ante USTED C. JUEZ respetuosamente comparezco y paso a exponer lo siguiente:
Que vengo por medio del presente memorial, copias de ley y documentación adjunta, a promover en la vía de jurisdicción voluntaria, SOLICITUD DE ALIMENTOS PROVISIONALES a favor de la suscrita en contra del C. CARLOS GERARDO ROMERO CASTRO, quien puede ser notificado en la calle Almendros lote 14 Manzana 23 Colonia 23 de Julio, atrás de Fraccionamiento de los Maestros de esta Ciudad.
Fundando mi acción en los siguientes puntos de HECHOS y consideraciones de DERECHOS.
HECHOS
1.- Con fecha 13 de noviembre de 1980, Contraje matrimonio con el C. HECTOR ROMERO MARTINEZ, en la localidad de ciudad del Carmen Campeche, tal y como lo acredito mediante el acta de matrimonio numero 00268 que se exhibe en original y copias para los efectos legales correspondientes.
2.- De dicha unión matrimonial procree un hijo de nombre CARLOS GERARDO ROMERO CASTRO tal y como lo acredito con el acta de nacimiento número 0882638 que se exhibe en original y copias para los efectos legales correspondientes.
3.- Tal es el caso que actualmente la suscrita se encuentra delicada de salud y sin ningún apoyo por parte de mi esposo, toda vez que nos encontramos sin trabajo por lo que le he requerido a mi hijo que nos apoye económicamente. Por lo que comenzó a darnos la cantidad de $400.00 (SON CUATROCIENTOS PESOS 00/100 M.N.). pero en los últimos cuatro meses se ha negado argumentándome que no tiene ninguna obligación y que no me va a dar nada ya que desde la ultima vez, que logre hablar con el hoy demandado, me dijo que no me iba a dar nada. Cabe hacer mención que le he requerido extrajudicialmente que cumpla con su obligación de hijo, sobre todo por que necesito de su apoyo económico, pero todo ha resultado inútil, es por lo que me veo obligada a proceder en la vía y forma propuesta solicitándole a usted C. Juez, los ALIMENTOS PROVISIONALES a favor de la suscrita.
4.- Lo cierto del caso es que el C. CARLOS GERARDO ROMERO CASTRO, actualmente se encuentra laborando en la empresa PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN, REGION MARINA NORESTE, en el Departamento 28910, con el número de Ficha 00447612, con domicilio conocido en Avenida Camarón número 133 entre calle Raya y calle Caracol.
De manera catorcenal, que bien podría apoyarme para la suministración de mis alimentos, pero lo que no quiere es cumplir con su responsabilidad de hijo.
Así mismo para acreditar la suscrita, la urgente necesidad que tengo de los alimentos que hoy reclamo y solicito en la presente vía; ofrezco las testimoniales de las CC. DULCE GABRIELA GUADALUPE CASTIIIO CARRILLO Y GUADALUPE DAMIÁN HERNANDEZ, la primera de ellas mayor de edad, casada, ama de casa y con domicilio en la Avenida Malecón de la caleta manzana 27 lote 14 de la Colonia Obrera entre calle 78 y calle 80 de esta Ciudad y la segunda de las mencionadas mayor de edad, soltera, ama de casa y con domicilio en calle 33 A número 27 de la Colonia Burócratas de esta Ciudad , cuyos testigos deberán ser examinados por USIA al tenor del pliego interrogatorio que se anexa a la presente solicitud para los efectos legales conducentes; mismos que pueden ser debidamente notificados por
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