TP constitucional nº 1
Enviado por Marianela Jimenez • 6 de Abril de 2021 • Trabajo • 1.588 Palabras (7 Páginas) • 59 Visitas
UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES
FACULTAD DE DERECHO
CURSO INTENSIVO DE VERANO 2021
NOMBRE: Marianela Jimenez Betancur
CORREO: jimenezbetancur283@est.derecho.uba.ar
PREGUNTAS
1- ¿Qué relación establece G. Fernández Meijide entre la formación de los partidos políticos y la territorialidad? ¿Cual es el impacto en la representación política?
2- ¿Cuál es la interpretación sobre la participación ciudadana que rige en la Constitución nacional desde su entrada en vigencia? ¿Qué modificaciones emergen de la reforma de 1994 y que rol se asigna a los partidos políticos?
3- A partir del documental "Yo Presidente", ¿Cual es la comprensión que hace cada protagonista sobre los desafíos de su mandato?
4- Relacione el art. 22 de la CN con las afirmaciones de los protagonistas del documental "Yo Presidente"
1. Graciela Fernández Meijide, la entrevistada en cuestión, relata sobre su experiencia las elecciones del 1995. Dado que su partido político Frente Grande, con fines de vislumbrar las problemáticas relacionadas a derechos humanos acontecidas los años anteriores, debió formar una alianza con una facción del peronismo disidente opuesta a las políticas del menemismo con quienes compartía algunos rasgos. Para ello se presento la formula Bordón-Álvarez(del FREPASO), integrada por la conjunción PAIS y Frente grande. Graciela hace referencia en la entrevista a que sin una alianza que asegurara el espacio político extenso en el territorio nacional hubiera sido mucho peor el resultado de Frente Grande: eran los peronistas quienes tenían un alcance nacional consolidado a diferencia de este nuevo partido y de poco recursos. Esta es la importancia de la territorialidad, según ella “se darían vuelta las urnas” sin fiscales representando al partido en las mesas electorales . Entonces, el impacto sobre la representación política se produce cuando dos partidos diferentes se unen mayormente por necesidad para sacar más votos y no por coincidencias ideológicas y en proyectos.
2. Desde la redacción del texto constitucional hasta la reforma de 1994, la forma de participación ciudadana principal es el sufragio, herramienta que se determina obligatoria, universal y secreta a partir de la ley Sáenz Peña en 1912. Si bien en el texto constitucional está estipulado el sufragio, por muchos años existió fraude electoral como medio para conservar el poder entre sectores políticos conservadores. Vale mencionar que la reforma del 49, que se impulsa en los años del mandato de Juan Domingo Perón, el voto femenino queda establecido por la ley.
Pero es recién en 1994, se busca dar al pueblo más inclusión en la toma decisiones, incluyéndose en nuestra legislación mecanismos de participación ciudadana con el fin de garantizar a su uso a todo el pueblo, lo que permite una participación más directa a la democracia. se estipula la iniciativa ciudadana y la consulta popular. En el articulo 39, permite que todos los ciudadanos de la república argentina puedan presentar un proyecto de ley y este deberá ser tratado por el congreso en el año parlamentario y aprobado en caso de mayoría absoluta en cada cámara(no podrá requerir más del tres por ciento del padrón electoral nacional ), sin embargo los temas de reforma constitucional, tributos, presupuesto y materia penal no pueden tratase por este mecanismo. En el articulo 40, se establece el mecanismo de consulta popular, donde cualquier proyecto de ley que no corresponda, de nuevo, a reforma constitucional, tratados internacionales, tributos, presupuesto y materia penal puede ser sometido a iniciativa del congreso o Presidente de la Nación para ser votado por el pueblo, y en caso de aprobarse su promulgación sera automática y no puede ser vetado. En este caso el voto no es obligatorio.
Emergen también nuevos cambios en materia de consumidores y usuarios de bienes y servicios, se garantiza la constitución de asociaciones, se dispone que la legislación establecerá procedimientos y los marcos regulatorios de los servicios públicos de competencia nacional, se adiciona la participación de los pueblos indígenas para asegurar de salvaguardar sus intereses, se adiciona también el juicio por jurados.
Respecto a los partidos políticos debemos hacer referencia al artículo 38 que determina la naturaleza de ellos, "son instituciones fundamentales del sistema democrático" ya que son representantes del pueblo , con la reforma del 94 se establecen los límites de su actuación
"su creación y el ejercicio de sus actividades son libres dentro del respeto a esta Constitución, la que garantiza su organización y funcionamiento democráticos, la representación de las minorías, la competencia para la postulación de candidatos a cargos públicos electivos, el acceso a la información pública y la difusión de sus ideas".
Los partidos políticos son instrumentos necesarios para la formulacion y realizacion de la politica nacional, que garantizan libertades políticas lo que re afirma que estamos frente a un gobierno con democracia directa.
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