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Derecho Laboral


Enviado por   •  23 de Abril de 2015  •  1.118 Palabras (5 Páginas)  •  144 Visitas

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Clases de jornadas laborales y sus derechos correspondientes:

La jornada de trabajo es el tiempo que cada trabajador dedica a la ejecución del trabajo por el cual ha sido contratado. Se contabiliza por el número de horas que el empleado ha de desempeñar para desarrollar su actividad laboral dentro del período de tiempo de que se trate: días, semanas o años.

En el horario se determina el tiempo exacto en que cada día el trabajador ha de prestar su servicio, respetando la duración de la jornada establecida. Se puede distinguir dos tipos de jornada: jornada ordinaria y jornadas especiales.

Jornada ordinaria

• ¿A quiénes afecta? Este tipo de jornada afecta a todos los trabajadores por cuenta ajena, cualquiera que sea su nacionalidad. Están excluidos aquellos trabajadores cuya relación laboral se regula por normas legales específicas: funcionarios públicos, trabajadores del comercio y espectáculos públicos, etc.

• Duración legal de la jornada

La duración de la jornada de trabajo es pactada en los convenios colectivos o contratos de trabajo. La duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo es de 40 horas semanales de trabajo efectivo. Si bien, pueden establecerse duraciones distintas a la jornada semanal de modo que unas semanas se trabajen más horas y otras menos. En el cómputo anual no se puede sobrepasar el máximo legal de horas o inferior al pactado. Esta distribución irregular del tiempo tiene que ser acordada por convenio colectivo o mediante contrato.

• Jornada semanal

La duración semanal del trabajo no puede superar nunca las 40 horas semanales.

• Jornada diaria

No puede superar las 9 horas, salvo que por convenio colectivo o contrato se establezca otra distribución del tiempo de trabajo diario. Pero, siempre, se ha de respetar el descanso mínimo entre jornadas. Los menores de 18 años no pueden realizar más de 8 horas diarias de trabajo efectivo.

• Trabajo nocturno

Es aquel que se realiza entre las 10 de la noche y las 6 de la mañana.

• Trabajador nocturno

Se denomina así al empleado que realiza normalmente en período nocturno más de tres horas de su jornada diaria de trabajo, o si realiza durante la noche un tercio de su jornada de trabajo anual.

Este trabajador está especialmente protegido por la Ley:

• Su jornada de trabajo no puede superar las 8 horas diarias de promedio en un período de 15 días.

• Debe ser sometidos periódicamente a evaluaciones gratuitas de la salud.

• No puede, generalmente, realizar horas extraordinarias. Salvo en los siguientes casos:

• Ampliación de jornada.

• Prevención y reparación de siniestros o daños urgentes.

• En el trabajo a turnos, en caso de irregularidades en el relevo de los turnos por causas no imputables a la empresa.

Horario continuado Cuando la jornada diaria continuada supera las seis horas, debe establecerse un período de descanso durante la misma de duración que no debe ser inferior a los quince minutos.

Jornada partida

Es la jornada de trabajo que incluye al menos una hora de descanso.

Trabajo a turnos

Es un trabajo organizado en equipo en el cual los trabajadores van rotando sucesivamente por los mismos puestos de trabajo pero a horas diferentes y en períodos determinados de días o semanas.

Ningún trabajador debe permanecer en el turno de noche más de dos semanas seguidas, salvo que lo solicite voluntariamente.

Los trabajadores a turnos deben gozar, en todo momento, de la protección apropiada de la salud y de la seguridad, según la naturaleza del trabajo. Ciertos sectores, actividades y trabajos pueden ser sometidos

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