La obligación pecuniaria
Enviado por 121232wdawdas • 28 de Octubre de 2012 • 808 Palabras (4 Páginas) • 425 Visitas
wdddddLa obligación pecuniaria es aquella cuyo objeto es una prestación pecuniaria; el dinero, como instrumento de intermediación en los cambios, es uno de los más importantes objetos de las prestaciones (son las prestaciones pecuniarias); así, el dinero es el objeto de la prestación de la obligación del comprador en la compraventa, que, por tanto, es obligación pecuniaria; y lo puede ser en tantas y tantas obligaciones derivadas de contrato (en el de prestación de servicios, en el de obra, etc.) o nacidas de acto ilícito (lo habitual de la obligación de indemnizar es que sea en dinero). Ya se ha dicho que el objeto de la obligación es la prestación, la cual es una actividad, una conducta del deudor, que puede ser positiva de dar o de hacer. Es la obligación pecuniaria, su objeto es la prestación pecuniaria y ésta es la prestación positiva, de dar, consistente en entregar una suma de dinero en concepto de tal. No es prestación pecuniaria, porque no recae sobre dinero en concepto de tal, la que consiste en dar ciertas monedas antiguas, o incluso no antiguas, pero específicamente determinadas; no tienen el concepto de dinero, sino de cosa específica, con valor intrínseco.
La obligación pecuniaria es aquella cuyo objeto es una prestación pecuniaria; el dinero, como instrumento de intermediación en los cambios, es uno de los más importantes objetos de las prestaciones (son las prestaciones pecuniarias); así, el dinero es el objeto de la prestación de la obligación del comprador en la compraventa, que, por tanto, es obligación pecuniaria; y lo puede ser en tantas y tantas obligaciones derivadas de contrato (en el de prestación de servicios, en el de obra, etc.) o nacidas de acto ilícito (lo habitual de la obligación de indemnizar es que sea en dinero). Ya se ha dicho que el objeto de la obligación es la prestación, la cual es una actividad, una conducta del deudor, que puede ser positiva de dar o de hacer. Es la obligación pecuniaria, su objeto es la prestación pecuniaria y ésta es la prestación positiva, de dar, consistente en entregar una suma de dinero en concepto de tal. No es prestación pecuniaria, porque no recae sobre dinero en concepto de tal, la que consiste en dar ciertas monedas antiguas, o incluso no antiguas, pero específicamente determinadas; no tienen el concepto de dinero, sino de cosa específica, con valor intrínseco.
La obligación pecuniaria es aquella cuyo objeto es una prestación pecuniaria; el dinero, como instrumento de intermediación en los cambios, es uno de los más importantes objetos de las prestaciones (son las prestaciones pecuniarias); así, el dinero es el objeto de la prestación de la obligación del comprador en la compraventa, que, por tanto, es obligación pecuniaria; y lo puede ser en tantas y tantas obligaciones derivadas de contrato (en el de prestación de servicios, en el de obra, etc.) o nacidas de acto ilícito (lo habitual de la obligación
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