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QUEMADURAS


Enviado por   •  9 de Mayo de 2013  •  1.805 Palabras (8 Páginas)  •  312 Visitas

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DECRETO, NORMA, LEY O RESOLUCIÓN DEFINICIÓN

Ley 9ª De Enero de1979 Título III Es la Ley marco de la Salud Ocupacional en Colombia. Norma para preservar, conservar y mejorar la salud de los individuos en sus ocupaciones.

Decreto no 614 del 14 de Marzo de 1984 Por el cual se determinan las bases para la administración y funcionamiento de la Salud Ocupacional en el país.

Resolución no 2013 del 6 de Junio de 1986 Elección, funciones y actividades del comité de medicina, higiene y seguridad industrial, hoy comité

Paritario de Salud Ocupacional.

Resolución no 1016 del 31 de Marzo de 1989 Organización, funcionamiento y forma de los programas de Salud Ocupacional en las empresas y establece pautas para el desarrollo de los subprogramas.

Resolución no 6398 del 20 de Diciembre de 1991 Se consagra los procedimientos en salud ocupacional (Exámenes de ingreso).

Resolución no 1075 del 24 de Marzo de 1992 Por la cual se reglamenta el que los empleadores deban incluir campañas de fármaco dependencia, tabaquismo y alcoholismo en el subprograma de medicina preventiva del programa de Salud Ocupacional.

Decreto no 1294 del 22 de Junio de 1994 Por la cual se dictan normas para que las entidades sin ánimo de lucro puedan asumir los riesgos derivados de accidentes de trabajo y enfermedad profesional.

Decreto no 1295 del 22 de Junio de 1994 Por el cual se determina la organización y administración del sistema general de riesgos profesionales.

Decreto no 1831 del 3 Agosto de 1994 Por el cual se expide la tabla de clasificación de actividades económicas para el sistema general de riesgos profesionales y dicta otras disposiciones.

Decreto 1832 del 3 de agosto de 1994 Por el cual se adopta la tabla de enfermedades profesionales.

Decreto 676 (26 de abril 1995) Por el cual se reglamenta parcialmente el decreto 1295 de 1994 y se aclaran y modifican unos artículos del decreto 1833 de 1994.

Decreto 1530/96 Reglamenta paralelamente la ley 100 y el decreto 1295, en relación a la información sobre centro de trabajo y empresas temporales).

Decreto 1607/02 Se modifica la tabla de clasificación de actividades

económicas para el sistema general de riesgos

Profesionales.

Decreto 1281 de 1994 del Ministerio Trabajo Reglamenta las actividades de alto riesgo.

Decreto 2090 de 2003 Por el cual se definen las actividades de alto riesgo para la salud del trabajador y se modifican y señalan las condiciones, requisitos y beneficios del régimen de pensiones de los trabajadores que laboran en dichas actividades.

Resolución 1056/05 Se adoptan los formatos de informe de Accidente de

trabajo y enfermedad profesional, y otras disposiciones

Decreto 1771 de 1994 del Ministerio de Trabajo Reglamenta los reembolsos por Accidentes de trabajo y Enfermedad Profesional.

Ley 1122 de 2007 Por la cual se hacen algunas modificaciones en el

Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones.

Resolución 1401 de 2007 Por la cual se reglamenta la investigación de

Incidentes y accidentes de trabajo.

Resolución 2346/07 Se regula la práctica de evaluaciones médicas

Ocupacionales y el manejo y contenido de las historias clínicas ocupacionales.

Ley 100 de 1993 de Ministerio Trabajo Se crea el régimen de seguridad social integral.

Decreto 1346 de 1994 de Ministerio de Trabajo Por el cual se reglamenta la integración, la financiación y el funcionamiento de las Juntas de Calificación de Invalidez.

Decreto 1542 de 1994 del Ministerio de Trabajo. Reglamenta la integración y funcionamiento del Comité Nacional de Salud Ocupacional.

Decreto 1772 de 1994 del Ministerio de Trabajo Por el cual se reglamenta la afiliación y las cotizaciones al Sistema General de Riesgos Profesionales.

Decreto 1835 de 1994 del Ministerio de Trabajo. . Reglamenta actividades de Alto Riesgo de los Servidores Públicos.

Decreto 2644 de 1994 del Ministerio de Trabajo Tabla Única para la indemnización de la pérdida de capacidad laboral.

Decreto 692 de 1995 del Ministerio de Trabajo Manual Único para la calificación de la Invalidez.

2. INVESTIGACIÓN DE UN ACCIDENTE DE TRABAJO

Los accidentes que se han presentados en el almacén son de factores humanos, distracción en el momento de manejo del montacargas el operador logístico lo carga en el segundo piso con mercancía para bajarlo al primer piso y llevarlo a la sala de venta, cierra las puertas las cuales tiene un censor de seguridad para que el baje con seguridad. El panel de control del montacargas esta ubicado en el primer piso, el operador le da la orden a la persona que se encuentra en el panel que lo baje, con tal mala suerte que el montacargas comienza abajar el pie del operador se encontraba en el camino de bajada del montacargas lo coge y lo piso, que le fracturo el tobillo, el dio un grito tan fuerte que la persona que estaba todavía en el panel lo detuvo si no le pudo haber amputado el pie.

En el piso de ventas se encuentran unas tapas de concreto que solo se levantan para realizar limpiezas de estas recamaras con aguas negras residuos de la sección de carnes y delikatesse también llamadas trampas con una profundidad de mas de un metro. Se coloca avisos y material de piso donde se informa que están trabajando todos nos percatamos por que esta ubicada por la entrada de las cortinas donde pasa todo el personal al piso de venta, un operador logístico distraído no se da cuenta de los avisos y cae en las trampas con tan buena suerte que no sufre fracturas y pudo salir rápidamente de las trampas por que había podido haber perdido la vida sumergido en esas aguas negras.

Motivo del porque ocurrió el accidente.

Este evento sucedió por no estar concentrado en el trabajo que realiza, no mirar las marcas de seguridad que hay en este sector

Factores que incidieron en la ocurrencia del accidente

La confianza en el cargue del montacargas

La disposición que tenia el operador en el momento que sucede el accidente

Costo legal: No se presenta por que el accidente no hubo perdida de alguna parte del pie el cual se reintegra a los 45 días d su incapacidad

Costo social: No se ve afectada por que su lección fue atendida y reportada a la aseguradora de riesgos

Costo directo o asegurable

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