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Relación Jurídica Tributaria


Enviado por   •  4 de Febrero de 2015  •  1.382 Palabras (6 Páginas)  •  301 Visitas

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Índice

Introducción………………………………………………………………………….3

Desarrollo……………………………………………………………….…………….4

-Relación jurídica Tributaria………………………………………………….……..4

-Naturaleza pública de la relación jurídica tributaria………………………….……4

-Potestad y poder tributario…………………………………………………………..4-5

-Poder originario y poder derivado…………………………………………………5-6

-Base imponible……………………………………………………………………..6-7

-Imposición tributaria como atributo del estado……………………………..….7

Conclusión…………………………………………………………………………….8

Bibliografía……………………………………………………………………………..9

Introducción

Podemos afirmar que el fenómeno tributario crece en importancia, sobre todo porque el Estado ya no sólo lo utiliza como un medio para obtener recursos financieros, también para interferir de múltiples maneras en la economía privada, estimulando sectores, motivando el desarrollo económico, promoviendo la redistribución de ingresos y protegiendo a la industria nacional.

En tal sentido establecer los factores que vincularan a los sujetos de la relación jurídico tributario para hacer exigible la obligación contraída, es sumamente importante. A continuación desarrollamos una descripción y análisis de estos factores según la propia norma tributaria.

Concepto de Relación jurídica tributaria:

Es el vínculo jurídico obligacional surgido en virtud de las Normas reguladoras de las obligaciones tributarias que permiten al fisco como sujeto activo, la pretensión de una prestación pecuniaria a título de tributo por parte de un sujeto pasivo que está obligado a la prestación. Los sujetos de esta relación son el sujeto activo o acreedor tributario, que es el Estado o la entidad pública a la cual se le ha delegado potestad tributaria por ley expresa, y el sujeto pasivo o contribuyente, quién se halla obligado a realizar la prestación dineraria objeto de la relación jurídico tributaria. Pudiendo ser persona natural o jurídica. Según Blumenstein, (citado por Moya), la relación jurídica tributaria es determinante de las obligaciones del individuo sometido al poder de imposición, que da lugar, por una parte, a una prestación jurídica patrimonial (relación de deuda tributaria) y, por otra, a un determinado procedimiento para la fijación del impuesto (relación de determinación), con lo cual queda establecido el carácter paralelo de ambos deberes.

Naturaleza publica de la Relación jurídica tributaria:

Es de Derecho Público, su finalidad es pública, satisfacer el gasto público, además porque el acreedor es el propio Estado, y su fundamento también es público.

El Poder Tributario a Nivel Nacional

Concepto

Ossorio (2006), define Poder como la Facultad para hacer o abstenerse o para mandar algo. Potestad. Imperio.

Torres (2005) explica que “Potestad Tributaria”, “Potestad Impositiva”, “Soberanía Tributaria” “Poder Fiscal”, “Poder de Imposición”, “Poder Tributario”, todas ellas han sido expresiones que los distintos autores han utilizado, para aludir al poder del Estado en ejercicio del cual aquél crea tributos, esto es, prestaciones obligatorias que le son exigidas a los particulares en virtud de una ley y cuya recaudación se destina a la satisfacción de los fines del propio Estado.

La Potestad Tributaria a Nivel Nacional

Concepto

Potestad según Ossorio (2006), es Dominio, Poder, jurisdicción o facultad que se tiene sobre una cosa.

Por otra parte, Moya (2009) señala que la potestad tributaria o poder tributario es la facultad que tiene el Estado de crear unilateralmente tributos, cuyo pago será exigido a las personas sometidas a su competencia tributaria espacial. Esto, en otras palabras, importa el poder coactivo estatal de compeler a las personas para que le entreguen una porción de sus rentas o patrimonios, cuyo destino es el de cubrir las erogaciones que implica el cumplimiento de su finalidad de atender las necesidades públicas.

La potestad tributaria, considerada en un plano abstracto, significa, por un lado, supremacía, y, por otro sujeción. Es decir: la existencia de un ente que se coloca en un plano superior y preeminente, y frente a él, a una masa indiscriminada de individuos ubicada en un plano inferior (Alessi-Stammati. Institución del distrito tributario. p.29. Citado en Moya, 2009).

Para Villegas (2002) es la facultad que tiene el Estado de crear, modificar o suprimir unilateralmente tributos. La creación obliga al pago por las personas sometidas a su competencia. Implica, por tanto, la facultad de generar normas mediante las cuales el Estado puede compeler a las personas para que le entreguen una porción de sus rentas o patrimonios para atender las necesidades públicas.

La Potestad Tributaria

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