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Acepciones De Derecho


Enviado por   •  7 de Septiembre de 2013  •  794 Palabras (4 Páginas)  •  439 Visitas

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Acepciones de derecho penal

DERECHO PENAL EN SENTIDO ESTRICTO:

NOCIÓN ESTÁTICA O FORMAL:

Es el conjunto de normas jurídicas (derecho Positivo) que tiene como cometido describir los hechos susceptibles de punición (mandatos o prohibiciones) e indicar cuáles son las consecuencias jurídicas que se les pueden imponer a sus trasgresores (las penas o las medidas de seguridad).

EL DERECHO PENAL OBJETIVO EN SENTIDO ESTRICTO O DESDE EL PUNTO DE VISTA ESTÁTICO O FORMAL:

Es el conjunto de normas jurídicas consagratorias de los supuestos de hecho (tipos penales, descripciones típicas o preceptos) elevadas por el legislador al rango de conductas mandadas o prohibidas y de las consecuencias jurídico penales o sanciones (penas y mediadas de seguridad) imponibles a quienes vulneran tales normas.

No solo forman parte del derecho penal positivo aquellas normas que contienen supuestos de hecho y consecuencias jurídicas, esto es, completas, sino las que no los consagran (incompletas).

DERECHO PENAL OBJETIVO EN SENTIDO AMPLIO:

Comprende todas las disposiciones que contengan la materia penal en los diversos ámbitos (sustantivo, procesal o de ejecución penal).

Lo penal o punitivo es lo que da al Derecho Penal Objetivo su especificidad, pero en todo caso ello no es más que castigo, venganza, violencia o tiranía si no está cubierto por un conjunto de normas que merezca el nombre de derecho porque responde a los principios y valores superiores del ordenamiento jurídico nacional e internacional.

Kelsen, en su libro “Teoría pura del derecho”, manifestó que el derecho penal objetivo se estructura en las normas jurídicas, se dan como expresiones directivas que no pretenden representar o denotar un estado de cosas, sino influir sobre la conducta social de los hombres a fin de que estos actúen de una determinada manera.

Los rasgos más destacados del derecho penal objetivo son;

A) Publico :

 Criterio objetivo: es el interés por la defensa penal de los bienes jurídicos y por la aplicación de la pena.

 Criterio subjetivo: uno de los subjetivos de la relación pública es el estado como titular del poder o detentador del monopolio de la fuerza. Por la indisponibilidad de las relaciones que regula. Los severos recursos del derecho penal solo deben entrar en juego cuando fallan otros controles jurídicos en la preservación de los bienes.

B) VIGENCIA CON MARCADO CARÁCTER JUDICIAL:

El único autorizado para administrar justicia en el ámbito criminal es el juez Penal, legal o constitucional, no hay posibilidades de que los particulares realicen por sí mismo el ius poenale. Existen casos excepcionales en los que los involucrados en el proceso penal pueden ponerle fin acudiendo a instituciones como el desistimiento (artículo 76 C.P.P), entre otros.

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