Acuerdo Marco Internacional de Cooperación
Enviado por jhuley • 15 de Junio de 2014 • Tesis • 1.051 Palabras (5 Páginas) • 404 Visitas
PRIMERO.- Considerando que, INDITEX, constituida por un grupo de sociedades
dedicadas principalmente a la fabricación, distribución y venta de prendas de vestir, calzado y
complementos, considera que su Responsabilidad Social Corporativa (en adelante, RSC)
comprende el compromiso de aplicar con sentido empresarial criterios de desarrollo social
sostenible y solidario y, por tanto, es un instrumento para mejorar las condiciones de vida y
para garantizar los Derechos Humanos y Laborales Fundamentales en las comunidades con
las que se relaciona, especialmente a través de sus actividades de fabricación.
SEGUNDO.- Considerando que, ITGLWF, integrada por sindicatos y federaciones
sindicales de la industria textil, confección, calzado y cuero, está comprometida globalmente
con la defensa y la protección de los Derechos Humanos y Laborales Fundamentales de los
trabajadores, a través de la promoción y la defensa de los mismos dentro de las estrategias de
RSC de las empresas multinacionales de los sectores antes mencionados. Informe de Investigación del CICAJ-DAD
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TERCERO.- Considerando que, INDITEX dispone, desde febrero del 2001, de un Código
de Conducta de Fabricantes y Talleres Externos (cuya última revisión fue aprobada en julio de
2007) (Anexo 1) cuyo cumplimiento exige a todos sus proveedores externos, verificando su
implantación a través de auditorias sociales.
CUARTO.- Considerando que, INDITEX, para ejercitar su compromiso global de RSC,
reconoce a ITGLWF como la organización sindical global más representativa de los intereses
de los trabajadores en el ámbito de la producción mundial del textil, vestido y calzado.
QUINTO.- Considerando que, ambas partes, INDITEX e ITGLWF se comprometen a
defender y proteger los Derechos Humanos y Laborales Fundamentales y, en especial, las
Convenciones de la Organización Internacional del Trabajo (en adelante, OIT), números 29,
87, 98, 100, 105, 111, 135, 138, 155 y 159, la Declaración Universal de los Derechos del
Hombre, el Convenio de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño y las Directrices de
la OCDE para Empresas Multinacionales.
Por todo ello, INDITEX e ITGLWF acuerdan establecer un marco de colaboración con el
que se contribuya a la implantación efectiva de los Derechos Humanos y Laborales
Fundamentales en su “cadena de producción”, a cuyo efecto acuerdan suscribir el presente
Acuerdo Marco Internacional de colaboración (en adelante, el Acuerdo) de conformidad con
las siguientes
CLAUSULAS
PRIMERA.- INDITEX e ITGLWF reconocen el papel fundamental de la Libertad de
Asociación y el Derecho a la Negociación Colectiva, contemplados en los Convenios de la
OIT, números 87, 98 y 135, y en la Recomendación nº 143, como mecanismos necesarios
para la vigencia de los Derechos Humanos y Laborales Fundamentales en las fábricas que
componen su “cadena de producción”, porque proporcionan a los trabajadores los
mecanismos adecuados para hacer valer sus derechos en el trabajo.
SEGUNDA.- INDITEX se compromete a respetar el cumplimiento de los Derechos
Humanos y Laborales Fundamentales antes mencionados, en su “cadena producción” para
todos los trabajadores, ya sean directamente contratados por INDITEX o bien por sus
Fabricantes o/y Talleres Externos.
TERCERA.- El presente Acuerdo será de aplicación en toda la “cadena de producción” de
INDITEX incluyendo aquellos centros de producción en los que ITGLW no tenga
representación sindical. En tal circunstancia, INDITEX e ITGLWF se comprometen a
divulgar el contenido del presente Acuerdo.
CUARTO.- ITGLWF se compromete a colaborar
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