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Acuerdo Marco Internacional de Cooperación


Enviado por   •  15 de Junio de 2014  •  Tesis  •  1.051 Palabras (5 Páginas)  •  404 Visitas

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PRIMERO.- Considerando que, INDITEX, constituida por un grupo de sociedades

dedicadas principalmente a la fabricación, distribución y venta de prendas de vestir, calzado y

complementos, considera que su Responsabilidad Social Corporativa (en adelante, RSC)

comprende el compromiso de aplicar con sentido empresarial criterios de desarrollo social

sostenible y solidario y, por tanto, es un instrumento para mejorar las condiciones de vida y

para garantizar los Derechos Humanos y Laborales Fundamentales en las comunidades con

las que se relaciona, especialmente a través de sus actividades de fabricación.

SEGUNDO.- Considerando que, ITGLWF, integrada por sindicatos y federaciones

sindicales de la industria textil, confección, calzado y cuero, está comprometida globalmente

con la defensa y la protección de los Derechos Humanos y Laborales Fundamentales de los

trabajadores, a través de la promoción y la defensa de los mismos dentro de las estrategias de

RSC de las empresas multinacionales de los sectores antes mencionados. Informe de Investigación del CICAJ-DAD

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TERCERO.- Considerando que, INDITEX dispone, desde febrero del 2001, de un Código

de Conducta de Fabricantes y Talleres Externos (cuya última revisión fue aprobada en julio de

2007) (Anexo 1) cuyo cumplimiento exige a todos sus proveedores externos, verificando su

implantación a través de auditorias sociales.

CUARTO.- Considerando que, INDITEX, para ejercitar su compromiso global de RSC,

reconoce a ITGLWF como la organización sindical global más representativa de los intereses

de los trabajadores en el ámbito de la producción mundial del textil, vestido y calzado.

QUINTO.- Considerando que, ambas partes, INDITEX e ITGLWF se comprometen a

defender y proteger los Derechos Humanos y Laborales Fundamentales y, en especial, las

Convenciones de la Organización Internacional del Trabajo (en adelante, OIT), números 29,

87, 98, 100, 105, 111, 135, 138, 155 y 159, la Declaración Universal de los Derechos del

Hombre, el Convenio de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño y las Directrices de

la OCDE para Empresas Multinacionales.

Por todo ello, INDITEX e ITGLWF acuerdan establecer un marco de colaboración con el

que se contribuya a la implantación efectiva de los Derechos Humanos y Laborales

Fundamentales en su “cadena de producción”, a cuyo efecto acuerdan suscribir el presente

Acuerdo Marco Internacional de colaboración (en adelante, el Acuerdo) de conformidad con

las siguientes

CLAUSULAS

PRIMERA.- INDITEX e ITGLWF reconocen el papel fundamental de la Libertad de

Asociación y el Derecho a la Negociación Colectiva, contemplados en los Convenios de la

OIT, números 87, 98 y 135, y en la Recomendación nº 143, como mecanismos necesarios

para la vigencia de los Derechos Humanos y Laborales Fundamentales en las fábricas que

componen su “cadena de producción”, porque proporcionan a los trabajadores los

mecanismos adecuados para hacer valer sus derechos en el trabajo.

SEGUNDA.- INDITEX se compromete a respetar el cumplimiento de los Derechos

Humanos y Laborales Fundamentales antes mencionados, en su “cadena producción” para

todos los trabajadores, ya sean directamente contratados por INDITEX o bien por sus

Fabricantes o/y Talleres Externos.

TERCERA.- El presente Acuerdo será de aplicación en toda la “cadena de producción” de

INDITEX incluyendo aquellos centros de producción en los que ITGLW no tenga

representación sindical. En tal circunstancia, INDITEX e ITGLWF se comprometen a

divulgar el contenido del presente Acuerdo.

CUARTO.- ITGLWF se compromete a colaborar

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