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Anaisabel


Enviado por   •  8 de Septiembre de 2013  •  8.403 Palabras (34 Páginas)  •  342 Visitas

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Derecho procesal penal

es el conjunto de normas jurídicas correspondientes al derecho público interno que regulan cualquier proceso de carácter penal desde su inicio hasta su fin entre el estado y los particulares tiene un carácter primordial como un estudio de una justa e imparcial administración de justicia: la actividad de los jueces y la ley de fondo en la sentencia. Tiene como función investigar, identificar y sancionar (en caso de que así sea requerido) las conductas que constituyen delitos, evaluando las circunstancias particulares en cada caso y con el propósito de preservar el orden social. El derecho procesal penal busca objetivos claramente concernientes al orden público

Nociones del proceso penal…

En un conjunto de actos sucesivos y ordenados, los cuales están fijados en las normas penales, que deben realizar los particulares y el Estado, para la investigación y esclarecimiento de hechos punibles, a fin de determinar la responsabilidad del o de los involucrados en aquellos, considerando a su vez, que se respeten o que no sean vulnerados los derechos fundamentales de los investigados y la garantía del derecho a la defensa.

En relación a esta definición de Proceso Penal, tenemos que:

* No es otra cosa que un conjunto de actos sucesivos y ordenados dirigidos a un fin concreto.

* Cada uno de los actos que lo conforman, en su propia existencia, requisitos y límites, así como la cronología en que deben suceder y su oportunidad legal, deben basarse en las normas jurídicas.

* A diferencia de los procesos civiles, mercantiles, laborales, etc., que solo tienen impacto en la esfera o entorno vivencial de los particulares involucrados, el Proceso Penal tiene como objeto la Investigación y el esclarecimiento de hechos punibles, lo cual conlleva a una connotación eminentemente social.

* Como otro objetivo tiene, la determinación de responsabilidades de las personas involucradas en hechos punibles, por lo cual, siempre que haya habido personas señaladas como autoras o participes en hechos punibles, la situación de estas deberá ser resuelta absolutamente y jamás quedar pendiente, pues esta situación constituye a la “absolución de la Instancia”, la cual consiste en dar por terminando un proceso penal sin haber determinado si los

acusados son culpables o inocentes, dejando a estos y a la sociedad en incertidumbre.

* Comporta un grado necesario de coerción estatal sobre los ciudadanos, el cual puede consistir en la adopción de medidas cautelares que limiten la libertad individual de estos, así como en la obligación de todas las personas de denunciar y/o de declarar en el proceso, lo cual debe basarse en los principios y garantías consagrados en la Carta Magna que rige nuestro país y en el Código Orgánico Procesal Penal.

Desde un punto de vista Sociológico, Proceso Penal es el conjunto de eventos sociales que se desatan con motivo de la investigación de los hechos punibles y del enjuiciamiento de los presuntos responsables.

En lo general, Proceso Penal es el conjunto de actuaciones tendientes a averiguar la perpetración del delito, la participación de los delincuentes, su responsabilidad e imponerles la penalidad señalada.

Necesidad: Así, como fueron creadas todas y cada una de las normas del Derecho, fueron creadas las formas de proceder y/o aplicar las leyes sustantivas, sabemos que la fuente principal de toda Ley ha sido en todo momento la Necesidad, pero con la evolución de los pueblos, el excesivo incremento de población, la presencia de un indeterminado numero de actos de hecho punible (ahora tipificados), ha sido el motivo de la creación del Proceso Penal, el cual dependiendo de la situación actúa de forma coercitiva y permanece sujeto a principios y garantías.

La historia del Derecho demuestra que el desarrollo de las formas

LA ACCION PENAL

La acción penal es la manifestación del poder concedido a un órgano oficial (Ministerio Público) o titular particular (en casos excepcionales) a fin de que lo ejerza solicitando una declaración judicial tras la comisión de un delito e identificando al autor del mismo.

Actualmente, bajo la perspectiva del Derecho Procesal Penal, se advierten dos dimensiones de la acción penal:

1. La acción penal como la única vía para que las pretensiones de justicia en el ámbito penal puedan materializarse.

2. la acción penal como la manifestación clara del poder estatal expresado en el mandato constitucional (que establece la exclusiva potestad del Estado para administrar justicia). Como poder, entonces, la acción penal es, básicamente, coerción estatal, porque sin ella el proceso no tendría la autoridad de que goza.

Según Enrique Véscovi:

“La acción penal, funciona como un poder jurídico de reclamar la prestación del oficio jurisdiccional, o bien, como un derecho subjetivo procesal (autónomo e instrumental) para solicitar la puesta en movimiento de la actividad judicial, y obtener un pronunciamiento (sentencia)”.

FORMAS DE EJERCER LA ACCION PENAL

La acción penal se ejerce de dos formas: LA PUBLICA, a través del Ministerio Público en caso de delitos que atentan contra el interés social, y LA PRIVADA, en caso de delitos que atentan contra el interés particular y la cual es ejercida por la victima a través de la denuncia ante él o la fiscal del Ministerio Publico contando con su permiso o requerimiento.

La ACCIÓN PENAL ES PÚBLICA, ya que el Estado es quien administra justicia mediante el proceso penal, lo que implica desde la potestad de perseguir el delito hasta el hecho de ejecutar la sanción penal materializada en la pena, y la ejerce a través de sus órganos.

Por ello, cuando se hace la distinción entre Acción Penal PÚBLICA y PRIVADA, sólo se hace referencia a la “facultad de ir tras el delito” hasta lograr una sanción actuando con titularidad en su ejercicio. Tal facultad, por regla general, radica en el Ministerio Público, sin embargo, los delitos de ACCIÓN PRIVADA constituyen la gran excepción al dominio del Estado sobre el procedimiento penal, pues el interés de la víctima o su sustituto prevalece sobre el interés estatal y lo excluye casi totalmente.

CARACTERÍSTICAS DE LA ACCIÓN PENAL PÚBLICA

Publicidad.- La acción penal está dirigida a los órganos del Estado y tiene además, importancia social, puesto que está orientada a restablecer el orden social perturbado por la comisión de un delito.

Oficialidad.- Por tener carácter público, su ejercicio se halla monopolizado por el Estado a través del Ministerio Público, titular de la acción penal y que actúa de oficio, a instancia

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