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Contratos


Enviado por   •  26 de Noviembre de 2012  •  630 Palabras (3 Páginas)  •  316 Visitas

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CONTRATOS PREPARATORIOS (PREELIMINARES O ANTECONTRATOS)

Son pactos previos a la celebración del contrato definitivo y que solo tratan de asegurar el contrato definitivo, se conoce también como promesa de contrato, que es el tipo de contrato preparatorio que reglamenta nuestra ley y consiste en que una de las partes llamadas promitente se obliga con su acreedor a la celebración de un contrato futuro y que solo da origen a obligación de hacer, consistente en celebrar dicho contrato.

FORMALIDAD

Debe constar por escrito y limitarse a cierto tiempo.

CONTRATOS TRASLATIVOS DE DOMINIO

La compra-venta es el contrato por el que una persona llamado vendedor, se obliga a transferir a otra, llamada comprador, la propiedad de una cosa o de un derecho éste, a su vez se obliga a pagar por ellos un precio cierto y en dinero.

• Permuta

Es el contrato por el cual cada uno de los contratantes se obliga a dar una cosa a cambio de otra y pueden ser bienes inmuebles.

• Mututo

Es el contrato por el que una persona llamada mutante s obliga a transferir la propiedad de una suma de dinero o de otras cosas fungibles a otra llamada mutuario, quien se obliga a devolver otro tanto de la misma especie y calidad.

El mutuo puede ser simple y con intereses que pueden consistir en dinero o géneros y dicho interés ser legal o convencional

CONTRATOS TRASLATIVOS DE USO

El comodato es un contrato por el que uno de los contratantes se obliga a conceder gratuitamente el uso de una cosa no fungible (no reemplazable por otra cosa), y el otro, contrae, lo obligación de restituirla individualmente.

ELEMENTOS PERSONALES

1) Comodante, quien concede el préstamo; 2) comodatario, quien lo recibe.

El comodato también se conoce como “préstamo de uso” ya que la cosa materia del mismo se transfiere en uso y no en propiedad.

• Arrendamiento: Es el conjunto por el que ambas partes se obligan recíprocamente, una, a conceder el uso o goce temporal de una cosa y la otra, a pagar por ese uso o goce un precio cierto.

Arrendador es quien da en arrendamiento y arrendatario quien recibe la cosa materia del arrendamiento.

La suma de dinero o la cosa cierta y determinada que equivale a dicha suma y que se paga como precio, se llama renta o alquiler.

• Cosas objeto de arrendamiento

Son todos los bienes que al usarlos no se consumen, excepto los que la ley prohíbe arrendar y los derechos estrictamente personales tales como obligaciones o de crédito.

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