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CONTRATOS


Enviado por   •  13 de Noviembre de 2012  •  11.786 Palabras (48 Páginas)  •  400 Visitas

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1.- Defina el contrato de promesa y señale que tipo de obligaciones produce.

Es aquel por virtud del cual una o ambas partes se obligan a celebrar un contrato determinado en cierto tiempo.

Sus características son:

a) Tiene una función jurídica y no económica.

b) Solo produce el efecto de generar una obligación de hacer.

c) La obligación de hacer es la de celebrar un contrato en cierto tiempo determinado.

Obligaciones que produce: El efecto del contrato será la obligación de hacer, consistente en la celebración de un contrato en cierto tiempo determinado. Así lo menciona el artículo 1836 del Código Civil del Estado.

El contratante que se obliga a celebrar el contrato se llama promitente y aquél a cuyo favor se obliga, beneficiario. Si la promesa es bilateral, ambas tendrán el carácter de promitentes y beneficiarios.

2.- señale los requisitos esenciales del contrato de promesa para que tenga eficacia jurídica.

a) EL CONSENTIMIENTO

El acuerdo de voluntad de los contratantes deberá coincidir para el nacimiento de la obligación por parte de uno o de ambos, para la celebración del contrato prometido y por lo tanto dicho acuerdo de voluntades deberá coincidir respecto a los elementos característicos del contrato definitivo que se promete celebrar, para que sea acorde el consentimiento como elemento de existencia del contrato.

Si faltaren elementos característicos del contrato definitivo que no puedan suplirse por la ley, el contrato de promesa será inexistente, caso contrario, será valido y eficaz.

b) EL OBJETO

El objeto inmediato de la promesa consiste en una prestación de hacer, que será la celebración de un contrato prometido en cierto tiempo determinado. Y el objeto mediato de la promesa será el mismo contrato prometido.

Por lo que si el consentimiento se proyecta respecto al objeto, deben señalarse los elementos característicos del contrato prometido y si faltan éstos, el contrato de promesa será inexistente.

c) LA FORMA

La ley, en su artículo 1837, exige que el contrato de promesa se otorgue por escrito.

En virtud de que no se establece la forma como elemento indispensable y necesario para que produzcan exactamente las consecuencias previstas por la norma, aún y cuando se celebre por escrito, señala el artículo 1307 del ordenamiento civil estatal, que si la voluntad de las partes consta de una manera fehaciente, cualquiera de ellas puede exigir que se al contrato la forma legal.

Esta falta de forma por escrito, solo trae consigo la nulidad relativa del contrato (artículo 1767 del Código Civil Estatal) y su corrección a dicha falta, perfecciona el contrato (artículo 1769 del mismo ordenamiento).

Otro requisito característico es el establecimiento de una fecha determinada para la celebración del contrato mediato. De tal manera que sino se establece dicha fecha, el contrato de promesa no será inexistente ya que las partes pueden posteriormente acordar una fecha determinada, o bien se aplicará de forma supletoria, el artículo 1595 de la ley sustantiva, que indica que el beneficiario deberá exigir su cumplimiento, siempre que haya transcurrido el tiempo necesario para el cumplimiento de la obligación.

3.- defina contrato de compra-venta y explique 4 de sus modalidades.

La compraventa es un contrato por virtud del cual una persona transfiere a otra la propiedad de un bien, a cambio de un precio cierto y en dinero (Artículo 1850).

a) COMPRAVENTA CON RESERVA DE DOMINIO

El contrato de compraventa con reserva de dominio es aquel en el cual las partes, mediante un pacto expreso, modifican el efecto traslativo de dominio, haciéndolo depender del cumplimiento de una obligación por parte del comprador.

El artículo 1904 del ordenamiento civil estatal contempla la compraventa con reserva de dominio al señalar que puede pactarse válidamente que el vendedor se reserve la propiedad del bien vendido hasta que su precio haya sido pagado, pacto que debe inscribirse en el Registro Público de la Propiedad, para que tenga efectos contra terceros, en tratándose de bienes inmuebles y bienes muebles como automóviles, motores, pianos, máquinas de coser u otros que sean susceptibles de identificar de manera indubitable, contemplados en las fracciones I y II del artículo 1902.

Señala el artículo 1906 que mientras que no pasa el dominio del bien vendido al comprador, si éste recibe el bien, será considerado como arrendatario del mismo.

b) COMPRAVENTA AD-CORPUS

Venta ad-corpus es aquella en la cual se calcula el precio en forma alzada en función de la individualidad misma de la cosa., tomada en conjunto , sin referencia a cierta unidad de medida. La compraventa ad-corpus es aquella en que respecto al objeto se hace referencia en forma fundamental al continente no al contenido.

En la venta de inmuebles ad-corpus o por precio alzado y sin estimar especialmente sus partes, linderos o medidas no habrá lugar a la rescisión, aunque en la entrega hubiera falta o exceso, de conformidad con el artículo 1860.

c) COMPRAVENTA AD-MENSURAM

Venta ad-mensuram es aquella en la cual el precio se determina proporcionalmente en función de una precisa unidad de medida. Habrá compraventa a vistas, cuando recaiga sobre cosas que se acostumbran gustar, pesar o medir y mientras esto no se haga, no producirá sus efectos.

En el Código Civil estatal, se contempla en el artículo 1856 que señala: en las ventas de bienes que se acostumbran pesar, contar o medir, y en las que el precio se determina por el peso, cuenta o medida, la venta no será perfecta si no hasta que los bienes hayan sido pesados, contados o medidas a la vista y aprobadas por el comprador.

4.- Señale las obligaciones del vendedor y del comprador.

a) DEL COMPRADOR

I. Pagar el precio

El comprador debe cumplir todo aquello a que se haya obligado, y especialmente pagar el precio del bien en el tiempo, lugar y forma convenidos (artículo 1883). Sino se hubiere fijado tiempo y lugar, el pago se hará en el tiempo y lugar en que se entregue el bien (artículo 1884).

Cuando el comprador a plazo o con espera del precio, fuere perturbado en su posesión o derecho, o tuviere justo temor de serlo, podrá suspender el pago si aún no lo ha hecho, mientras el vendedor le asegure la posesión o le dé garantía, salvo si hay convenio en contrario.

II. Pagar intereses

El pago de intereses por parte del comprador se establece en el artículo 1886, al señalar que: El comprador debe pagar intereses por el tiempo que medie entre la entrega del bien y el pago del precio, en los tres casos siguientes:

a) Si así se hubiere convenido;

b) Si el

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